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La Comunidad de Madrid extiende a las familias asimiladas a numerosas los beneficios fiscales previstos para familias numerosas en tres medidas tributarias. La extensión se aplica según la normativa autonómica que define qué familias tienen esa condición.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

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Disposición adicional tercera. Beneficios fiscales para las familias asimiladas a familia numerosa. Los beneficios fiscales para familias numerosas establecidos en los artículos 29, 32 y 38 ter serán también aplicables a las familias asimiladas a familia numerosa conforme a la normativa de la Comunidad de Madrid.