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30 sep 2026 · ModificaciónGenerado con IA

Agricultura vincula sus laboratorios nacionales de referencia a una orden específica

Los laboratorios nacionales de referencia cuya competencia corresponde al Ministerio de Agricultura serán, además de los regulados por este real decreto, los previstos en la orden que los designa en materia agroalimentaria y de sanidad de la producción primaria. El cambio concreta qué laboratorios quedan sujetos a esta regulación.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 19▾
Antes3. Aquellos laboratorios nacionales de referencia cuyo ámbito competencial recaiga en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, seguirán los procedimientos de designación establecidos a tal efecto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Ahora3. Aquellos laboratorios nacionales de referencia en el ámbito de aplicación de este real decreto cuyo ámbito competencial recaiga en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, además de lo dispuesto por este real decreto, son los previstos en la Orden por la que se designan los laboratorios nacionales de referencia en materia agroalimentaria y de sanidad de la producción primaria.