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10 ago 2026 · ModificaciónGenerado con IA

La ley valenciana limita su ámbito a residentes legales comprometidos con la integración

La ley pasa a aplicarse a extranjeros con residencia legal que manifiesten voluntad efectiva de integración, sin afectar a las garantías y servicios esenciales previstos en otras normas. También prioriza la inserción sociolaboral segura, elimina los organismos específicos de integración y añade un programa de retorno voluntario.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 2▾
AntesA los efectos de la presente ley, se entenderá por persona inmigrante a todo extranjero al que no se le aplique el régimen comunitario que se encuentre en la Comunitat Valenciana en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Ahora1. La presente ley será de aplicación a las personas extranjeras que residan legalmente en la Comunitat Valenciana y manifiesten una voluntad efectiva de integración, basada en el respeto al ordenamiento jurídico español y a la identidad, las costumbres, las tradiciones y la forma de vida propias de la Comunitat Valenciana y de España.
Párrafo añadido
2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de las garantías, prestaciones y servicios esenciales cuya atención venga determinada por la legislación sectorial aplicable.
Artículo 5▾
EliminadoLos medios que esta ley establece para el cumplimiento de sus fines son jurídicos, económicos, formativos, educativos y sociales:
Eliminado1. Se favorecerá la mayor efectividad del derecho de las personas inmigrantes a la asistencia jurídica, en su caso gratuita, en los procedimientos administrativos o judiciales en los que sean parte, y se promoverá el acceso a un asesoramiento jurídico de calidad que permita el pleno conocimiento de los derechos y obligaciones que les atribuye la legislación vigente.
Eliminado2. El Consell incluirá, en el Proyecto de Ley de Presupuestos de la Generalitat, una partida específica destinada a la integración de las personas inmigrantes conforme al ámbito de actuación en que sea competente.
Eliminado3. En los programas formativos y educativos, escolares o extraescolares, se incluirá la integración de las personas inmigrantes como elemento imprescindible para facilitar el conocimiento de la diversidad cultural.
Eliminado4. La Administración Pública Valenciana constituirá órganos específicos destinados a la integración de las personas inmigrantes y potenciará la colaboración administrativa a tal fin.
Eliminado5. Se realizarán campañas públicas de sensibilización y de promoción de la integración, orientadas, de manera especial, a la eliminación de conductas xenófobas y racistas.
Antes6. La Generalitat podrá otorgar un reconocimiento especial a aquellas personas o entidades que destaquen por sus actuaciones integradoras y de fomento de la convivencia entre diversas culturas, de acuerdo con los principios y fines establecidos en la presente ley.
AhoraLos medios que esta ley establece para el cumplimiento de sus fines son jurídicos, económicos, formativos, educativos y sociales.
Párrafo añadido
1. Se favorecerá la mayor efectividad del derecho de las personas inmigrantes a la asistencia jurídica, en los procedimientos administrativos o judiciales en los que sean parte, y se promoverá el acceso a un asesoramiento jurídico de calidad que permita el pleno conocimiento de los derechos y obligaciones que les atribuye la legislación vigente.
Párrafo añadido
2. El Consell consignará en los presupuestos de la Generalitat las dotaciones económicas necesarias para la ejecución de los programas ordinarios derivados de la presente ley, priorizando los recursos públicos hacia aquellas actuaciones que fomenten la inserción sociolaboral segura de los residentes legales.
Párrafo añadido
3. Los planes formativos y de orientación escolar promoverán el conocimiento mutuo, el respeto a las normas fundamentales de convivencia y la adhesión a los valores democráticos y constitucionales, facilitando la incorporación efectiva del alumnado extranjero en el sistema educativo valenciano.
Párrafo añadido
4. La administración pública valenciana canalizará sus actuaciones de apoyo a través de sus servicios generales y de las delegaciones ordinarias competentes, optimizando los recursos existentes para evitar duplicidades institucionales y garantizar una atención administrativa eficaz.
Párrafo añadido
5. Se realizarán acciones públicas de difusión institucional orientadas a fomentar el civismo, el respeto estricto a la legalidad vigente y la prevención de cualquier forma de violencia, discriminación o vulneración de los derechos fundamentales en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Párrafo añadido
6. La Generalitat podrá otorgar un reconocimiento especial a aquellas personas o entidades que destaquen por sus actuaciones integradoras y de fomento de la convivencia entre diversas culturas, de acuerdo con los principios y fines establecidos en la presente ley, siempre y cuando se trate de entidades o personas que no fomenten la inmigración irregular y que promuevan una integración basada en el respeto al ordenamiento jurídico español y a la identidad, las costumbres, las tradiciones y la forma de vida propias de la Comunitat Valenciana y de España.
Artículo 17▾
Eliminado1. El Foro Valenciano de la Inmigración es el órgano colegiado consultivo cuya composición, organización y funcionamiento se regularán reglamentariamente.
Eliminado2. El Observatorio de la Inmigración tiene por cometido realizar informes sobre la situación de la inmigración en la Comunitat Valenciana.
Antes3. Se podrán crear otros órganos, de carácter permanente o temporal, para los fines que se establezca a favor de la integración plena de las personas inmigrantes.
Ahora**(Derogado)**
Artículo 44▾
Párrafo añadido
d) Programa de retorno voluntario.