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10 ago 2026
Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 31▾
Eliminado2. El Programa de prevención de residuos de la Comunitat Valenciana, incluido en el Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana:
Eliminadoa) Puede establecer objetivos de prevención de residuos más exigentes que los establecidos en el apartado 1 de este artículo.
Eliminadob) Puede incluir objetivos específicos de prevención y/o reutilización para determinados productos, en especial para los aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción, de acuerdo con las particularidades y las necesidades de la Comunitat Valenciana, y en todo caso, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Antes3. Los objetivos generales y específicos de prevención de residuos o reutilización de productos establecidos en esta ley y en el Programa de prevención de residuos de la Comunitat Valenciana serán vinculantes para todos los agentes públicos y privados, así como para los instrumentos de planificación de prevención y gestión de residuos de ámbito territorial inferior al ámbito autonómico.
Ahora2. **(Suprimido)**
Párrafo añadido
3. **(Suprimido)**
Artículo 32▾
Antes1. A todos los efectos, las autoridades autonómicas y locales competentes tendrán que adoptar medidas en el ámbito de sus respectivas competencias cuyas finalidades, al menos, sean las siguientes:
Ahora1. En la aplicación y desarrollo de estas medidas no podrán imponerse a los operadores económicos requisitos, cargas administrativas, obligaciones de información o costes de cumplimiento superiores a los derivados del derecho de la Unión Europea y de la legislación básica estatal, salvo que una ley posterior justifique expresamente su necesidad por razones imperiosas de interés general y realice una evaluación de impacto económico y de cargas administrativa. A todos los efectos, las autoridades autonómicas y locales competentes tendrán que adoptar medidas en el ámbito de sus respectivas competencias cuyas finalidades, al menos, sean las siguientes:
Disposición adicional novena [sic]▾
Artículo nuevo
Disposición adicional novena [sic]. Compensación de cargas administrativas.
Toda propuesta normativa de desarrollo de esta ley que establezca nuevas cargas administrativas para las empresas deberá suprimir otras de coste equivalente o superior, e incorporar una memoria cuantificada del coste administrativo generado.