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Como parte de una ley ómnibus que agrupa múltiples materias, se actualiza el procedimiento para comunicar altas, bajas y cambios de datos laborales. Este cambio afecta a la forma en que empresas y autónomos gestionan su relación con la Seguridad Social.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 32
Antes2.º Las solicitudes de baja y de variaciones de datos de los trabajadores deberán presentarse dentro del plazo de los tres días naturales siguientes al del cese en el trabajo o a aquel en que la variación se produzca.
Ahora2.º Las solicitudes de baja y de variaciones de datos de los trabajadores deberán presentarse dentro del plazo de los seis días naturales siguientes al del cese en el trabajo o a aquel en el que la variación se produzca.