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2 jul 2026 · Modificación
Actualización de planes de movilidad en la Comunidad Valenciana
Ley · En vigor · Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana
Se modifican los artículos 10, 11 y 12 de la Ley de Movilidad de la Comunitat Valenciana. Estos cambios, parte de una ley más amplia que agrupa múltiples temas, actualizan los requisitos para los planes municipales, supramunicipales y de nuevas áreas generadoras de alta movilidad, buscando mejorar la planificación del transporte y la accesibilidad universal.
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 10▾
Antes7. Los planes municipales de movilidad serán sometidos a información pública en los términos que reglamentariamente se establezcan, de conformidad, en cualquier caso, con lo establecido en la normativa reguladora de participación ciudadana, en particular la Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo, y su normativa de desarrollo. Tras su aprobación serán públicos y la Administración que los promueva asegurará su publicidad mediante procedimientos telemáticos. Igualmente establecerá un sistema de seguimiento de sus indicadores, procediendo a la revisión del plan en caso de que se adviertan desviaciones significativas sobre tales previsiones, cuando proceda reformular los objetivos iniciales o con motivo de cualquier otra circunstancia que altere significativamente el patrón de movilidad.
Ahora7. Los planes municipales de movilidad serán sometidos a información pública en los términos que reglamentariamente se establezcan, de conformidad, en cualquier caso, con lo establecido en la normativa reguladora de participación ciudadana, en particular la Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de participación ciudadana y fomento del asociacionismo, y su normativa de desarrollo. Tras su aprobación serán públicos y la Administración que los promueva asegurará su publicidad mediante procedimientos telemáticos. Igualmente establecerá un sistema de seguimiento de sus indicadores, procediendo a la revisión del plan en caso de que se adviertan desviaciones significativas sobre tales previsiones, cuando proceda reformular los objetivos iniciales o con motivo de cualquier otra circunstancia que altere significativamente el patrón de movilidad.
Artículo 11▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.
Artículo 12▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.