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2 jul 2026 · ModificaciónGenerado con IA

La ley valenciana ajusta términos y referencias de la normativa animal

La norma cambia la escritura de Felis catus, sustituye Real decreto por Real Decreto y elimina la tilde de este en una referencia a la eutanasia. También modifica otros artículos cuyo texto visible no cambia, sin introducir nuevas reglas sobre animales.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (12 artículos)

Artículo 5▾
Antes– Colonias felinas: grupos de gatos comunitarios de la especie de felino doméstico *(Felis catus)* con un grado de sociabilidad variable, que viven en estado de libertad o semilibertad, bajo el cuidado y supervisión de las personas y ligados al entorno humano, y que se instalan en espacios públicos o privados.
Ahora– Colonias felinas: grupos de gatos comunitarios de la especie de felino doméstico (*Felis catus*) con un grado de sociabilidad variable, que viven en estado de libertad o semilibertad, bajo el cuidado y supervisión de las personas y ligados al entorno humano, y que se instalan en espacios públicos o privados.
Artículo 6▾

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 7▾
Antesk) La puesta en libertad en el medio natural y el abandono de individuos de cualquier especie exótica invasora regulada en el Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, o la normativa que lo sustituya o desarrolle, que se mantenga como animal de compañía, con la excepción de los que se incluyen en el Real decreto 1.118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y de pesca comercializables y se dictan normas al respecto, o la normativa que lo sustituya o desarrolle, que estarán sujetos al régimen de autorización administrativa por la conselleria competente en materia de caza y pesca.
Ahorak) La puesta en libertad en el medio natural y el abandono de individuos de cualquier especie exótica invasora regulada en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, o la normativa que lo sustituya o desarrolle, que se mantenga como animal de compañía, con la excepción de los que se incluyen en el Real Decreto 1.118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y de pesca comercializables y se dictan normas al respecto, o la normativa que lo sustituya o desarrolle, que estarán sujetos al régimen de autorización administrativa por la conselleria competente en materia de caza y pesca.
Artículo 15▾
Antes1. Se podrá realizar la eutanasia de un animal cuando éste presente una enfermedad o lesión que no tenga tratamiento curativo o paliativo. Asimismo, se permitirá su aplicación cuando, pese a disponer de tratamiento, su administración no evite el sufrimiento severo y continuado del animal. En todo caso, una persona veterinaria colegiada certificará la imposibilidad de garantizar su supervivencia con una adecuada calidad de vida.
Ahora1. Se podrá realizar la eutanasia de un animal cuando este presente una enfermedad o lesión que no tenga tratamiento curativo o paliativo. Asimismo, se permitirá su aplicación cuando, pese a disponer de tratamiento, su administración no evite el sufrimiento severo y continuado del animal. En todo caso, una persona veterinaria colegiada certificará la imposibilidad de garantizar su supervivencia con una adecuada calidad de vida.
Artículo 19▾

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 21▸

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 23▸

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 24▸

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 35▸

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 42▸

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 44▸

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.

Artículo 51▸
AntesCon el fin de garantizar la adecuada tramitación de los procedimientos sancionadores de competencia municipal, y según las competencias atribuidas por el artículo 34 de la presente Ley, los ayuntamientos podrán solicitar a las diputaciones provinciales, en el ejercicio de su función de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica, la designación de personal funcionario de la propia diputación para asumir funciones de incoación e instrucción de dichos procedimientos.
AhoraCon el fin de garantizar la adecuada tramitación de los procedimientos sancionadores de competencia municipal, y según las competencias atribuidas por el artículo 34 de la presente ley, los ayuntamientos podrán solicitar a las diputaciones provinciales, en el ejercicio de su función de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica, la designación de personal funcionario de la propia diputación para asumir funciones de incoación e instrucción de dichos procedimientos.