Saltar al contenido
← Volver
26 jun 2026 · Modificación

Cambios en la composición de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Interior

Se modifica la composición de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio del Interior, actualizando las reglas de sustitución de la presidencia. Estos cambios buscan asegurar el funcionamiento continuo del órgano encargado de la administración digital en el Ministerio.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 2
Párrafo añadido
En caso de vacante, ausencia, enfermedad, abstención, recusación u otra causa legal, la persona titular de la Presidencia será sustituida por la persona titular de la Vicepresidencia, y en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
Eliminado7.º La persona titular de la Secretaría General Técnica.
Eliminado8.º La persona titular de la Dirección General de Tráfico.
Antes9.º La persona titular de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
Ahora7.º La persona titular de la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias.
Párrafo añadido
8.º La persona titular de la Secretaría General Técnica.
Párrafo añadido
9.º La persona titular de la Dirección General de Tráfico.
Eliminado14.º La persona titular de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado.
EliminadoLos Vocales podrán designar un suplente que deberá tener categoría mínima de Subdirector/a General o asimilado/a.
Eliminadod) La persona titular de la División de coordinación de los servicios TIC comunes y transversales de la Agencia Estatal de Administración Digital que ejerza sus funciones en el ámbito del Ministerio del Interior, que asistirá con voz pero sin voto, según lo establecido en los artículos 4.4 y 5.3 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, por el que se regulan la organización y los instrumentos operativos para la Administración Digital de la Administración del Estado.
Antese) La persona titular de la Subdirección General de Innovación, Calidad e Inspección de los Servicios ejercerá las funciones de Secretaría del Pleno, con voz pero sin voto. Actuará como suplente, la persona que ostente el cargo de Subdirector/a Adjunto/a en dicha Subdirección General.
Ahora14.º La persona titular de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado (O.A.).
Párrafo añadido
15.º La persona titular del Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado.
Párrafo añadido
Las personas designadas como vocales serán sustituidas por los correspondientes suplentes con rango mínimo de Subdirector/a General o asimilado/a.
Párrafo añadido
d) La persona titular de la División de coordinación de los servicios TIC comunes y transversales de la Agencia Estatal de Administración Digital que ejerza sus funciones en el ámbito del Ministerio del Interior, que asistirá con voz pero sin voto, según lo establecido en los artículos 4.4 y 5.3 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, por el que se regulan la organización y los instrumentos operativos para la Administración Digital de la Administración del Estado. En el supuesto de que la División se encuentre vacante, o en caso de ausencia o enfermedad de su titular, asistirá la persona designada por la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Digital con rango, al menos, de Subdirector General o asimilado.
Párrafo añadido
e) La persona titular de la Subdirección General de Innovación, Calidad e Inspección de los Servicios ejercerá las funciones de Secretaría del Pleno, con voz pero sin voto. Actuará como suplente, la persona que ocupe el puesto de trabajo de Subdirector/a Adjunto/a en dicha Subdirección General.
Párrafo añadido
En caso de vacante, ausencia, enfermedad, abstención, recusación u otra causa legal, la persona titular de la Presidencia será sustituida por la persona titular de la Vicepresidencia, y en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
Eliminado7.º Un representante de la Secretaría General Técnica.
Eliminado8.º Dos representantes de la Dirección General de Tráfico.
Antes9.º Un representante de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias.
Ahora7.º Un representante de la Secretaría General de Protección Civil y Emergencias.
Párrafo añadido
8.º Un representante de la Secretaría General Técnica.
Párrafo añadido
9.º Dos representantes de la Dirección General de Tráfico.
Antes12.º La persona titular del Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado.
Ahora12.º Un representante del Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado.
Antesd) La persona titular de la División de coordinación de los servicios TIC comunes y transversales de la Agencia Estatal de Administración Digital que ejerza sus funciones en el ámbito del Ministerio del Interior, que asistirá con voz pero sin voto, según lo establecido en los artículos 4.4 y 5.3 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre.
Ahorad) La persona titular de la División de coordinación de los servicios TIC comunes y transversales de la Agencia Estatal de Administración Digital que ejerza sus funciones en el ámbito del Ministerio del Interior, que asistirá con voz pero sin voto, según lo establecido en los artículos 4.4 y 5.3 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre. En el supuesto de que la División se encuentre vacante, o en caso de ausencia o enfermedad de su titular, asistirá la persona designada por la persona titular de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Digital con rango, al menos, de Subdirector General o asimilado.
AntesLos miembros de la Comisión Permanente y sus suplentes serán designados por los órganos superiores y directivos del Ministerio, incluyendo a los responsables de las actividades más relevantes del Departamento en atención a las funciones atribuidas a la Comisión, asegurando el necesario equilibrio entre las áreas funcionales y los responsables TIC, entre funcionarios de carrera del subgrupo A1 y de nivel 29 o 30. En las Unidades administrativas cuya relación de puestos de trabajo no prevea dichos niveles, el suplente será designado por el titular de la Unidad administrativa afectada.
AhoraLos miembros de la Comisión Permanente y sus suplentes serán designados por los órganos superiores y directivos del Ministerio, excepto en el caso del miembro previsto en el párrafo d), incluyendo a los responsables de las actividades más relevantes del Departamento en atención a las funciones atribuidas a la comisión, asegurando el necesario equilibrio entre las áreas funcionales y los responsables TIC, entre funcionarios de carrera del subgrupo A1 y de nivel 29 o 30. En las Unidades administrativas cuya relación de puestos de trabajo no prevea dichos niveles, el suplente será designado por el titular de la Unidad administrativa afectada.