← Volver
19 jun 2026 · Modificación
Se actualiza el seguimiento del mercado de carburantes en una ley ómnibus
Se modifica el artículo 28 del Real Decreto-ley 7/2026 para actualizar el seguimiento del mercado de distribución de carburantes. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá solicitar información a los agentes del sector para analizar el funcionamiento del mercado. Este cambio se produce en el marco de una ley más amplia que agrupa múltiples materias.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 28▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo de vigencia del apartado 2 según establece el apartado primero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de junio de 2026, publicado por Resolución de 17 de junio de 2026.]