← Volver
13 jun 2026
Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 75▾
Antes3. Sólo pueden ser objeto de marisqueo recreativo los equinodermos, los cefalópodos, los crustáceos no decápodos y los cnidarios.
Ahora3. Solo pueden ser objeto de marisqueo recreativo los equinodermos, los cefalópodos, los crustáceos no decápodos, el cangrejo azul *(Callinectes sapidus)* y los cnidarios.