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3 jun 2026 · ModificaciónGenerado con IA

Las entregas a cuenta a los municipios se actualizan para 2026

El Real Decreto-ley actualiza para 2026 las reglas de las entregas a cuenta de los tributos estatales que reciben las entidades locales. Para calcularlas, las referencias a 2023 pasan a entenderse hechas a 2026 y las certificaciones sobre esfuerzo fiscal se referirán a 2024.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (8 artículos)

Sección 2▾
Antes[Nota del BOE: Véase el art. 7 del Real Decreto-ley 6/2025, de 17 de junio, , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2025.]
Ahora[Nota del BOE: Véase el art. 2 del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio. , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2026.]
Sección 3▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Véase el art. 2 del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio. , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2026.]
Artículo 100▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que las referencias al año 2023 que se incluyen en este artículo deben considerarse efectuadas a 2026, según establece el art. 2.2.b) del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio.]
Sección 4▾
Antes[Nota del BOE: Véase el art. 7 del Real Decreto-ley 6/2025, de 17 de junio, , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2025.]
Ahora[Nota del BOE: Véase el art. 2 del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio. , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2026.]
Sección 5▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Véase el art. 2 del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio. , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2026.]
Sección 6▸
Antes[Nota del BOE: Véase el art. 7 del Real Decreto-ley 6/2025, de 17 de junio, , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2025.]
Ahora[Nota del BOE: Véase el art. 2 del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio. , en cuanto actualiza las reglas contenidas en esta Sección para el cálculo de las entregas a cuenta de la participación en los tributos del Estado correspondiente a 2026.]
Artículo 114▸
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta, en relación a la actualización de las entregas a cuenta de la participación de las Entidades Locales en tributos del Estado correspondiente al año 2026, que la referencia al año 2023 que se incluye en este artículo debe considerarse efectuada a 2026, según establece el art. 2.4 del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio.]
Artículo 116▸
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta, en relación a la actualización de las entregas a cuenta de la participación de las Entidades Locales en tributos del Estado correspondiente al año 2026, y a efectos de la información a suministrar por las Corporaciones locales relativa al esfuerzo fiscal establecida en este artículo, que las certificaciones correspondientes se referirán al año 2024 y se deberán suministrar a los órganos competentes en la forma y plazos que éstos determinen, según establece el art. 2.3 del Real Decreto-ley 13/2026, de 2 de junio.]