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14 abr 2026 · Modificación
Murcia: Se mantiene el control de ayudas a sindicatos y patronal
Se suspende la supresión del artículo 7 de la Ley de participación institucional de organizaciones sindicales y empresariales en Murcia. Esto significa que se mantiene la necesidad de justificar y controlar las compensaciones económicas y obligaciones de colaboración, asegurando la transparencia en las ayudas públicas.
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 6▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.
Artículo 7▾
Antes[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se suspende la supresión de este artículo, establecida por el art. único.2 de la Ley 2/2025, de 4 de julio,Ref. BOE-A-2025-16146, desde el 29 de octubre de 2025 para las partes del proceso y desde el 25 de noviembre de 2025 para los terceros, por providencia del TC de 18 de noviembre de 2025 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 7512-2025.Ref. BOE-A-2025-23828]
Ahora[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se suspende la supresión de este artículo, establecida por el art. único.2 de la Ley 2/2025, de 4 de julio,Ref. BOE-A-2025-16146, desde el 29 de octubre de 2025 para las partes del proceso y desde el 25 de noviembre de 2025 para los terceros, por providencia del TC de 18 de noviembre de 2025 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 7512-2025.Ref. BOE-A-2025-23828, y se mantiene la suspensión por Auto del TC 23/2026, de 11 de marzo.Ref. BOE-A-2026-8282]