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21 mar 2026 · Modificación
Facilitada la instalación de energías renovables en comunidades de propietarios
Ley · En vigor · Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal
Se modifica la Ley de Propiedad Horizontal para agilizar los acuerdos necesarios para instalar sistemas de aprovechamiento de energías renovables en los edificios. Esta medida busca fomentar la eficiencia energética y facilitar la transición hacia fuentes de energía sostenibles en las viviendas.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo diecisiete▾
Antes1. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
Ahora1. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, incluyendo la aerotermia y geotermia, o de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.