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27 feb 2026

Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 90
Párrafo añadido
4. En todo caso, los espectáculos cómico-taurinos respetarán la dignidad humana, sin que puedan lesionar los derechos de las personas ni someterlas a mofa o denigración pública, en particular, de las minorías sociales, como la de las personas con discapacidad. La Autoridad gubernativa competente no podrá autorizar espectáculos cómico-taurinos que infrinjan este mandato.