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31 dic 2025 · ModificaciónGenerado con IA

Andalucía amplía los criterios para considerar pública una sociedad mercantil

La Junta, sus agencias y otras entidades públicas andaluzas tendrán una sociedad mercantil en el sector público si poseen más del 50 % del capital o la mayoría de los votos, o pueden nombrar al administrador único o a más de la mitad del órgano de administración. El cambio afecta a cómo se identifica el sector público andaluz.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 5▾
Antes1. Tendrán la consideración de sociedades mercantiles del sector público andaluz aquéllas en cuyo capital sea mayoritaria la participación, directa o indirecta, de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus agencias y demás entidades de Derecho Público.
Ahora1. Tendrán la consideración de sociedades mercantiles del sector público andaluz aquellas sociedades mercantiles en las que la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y demás entidades de derecho público tengan una participación directa o indirecta en su capital social superior al cincuenta por ciento, o dispongan de la mayoría de los derechos de voto, o tengan la facultad de nombrar al administrador único o a más de la mitad de los miembros del órgano de administración.