Saltar al contenido
← Volver
31 dic 2025 · ModificaciónGenerado con IA

La Tesorería gallega asume el pago y la recaudación de derechos públicos

La Tesorería pasa a encargarse del pago de las obligaciones de la Administración general gallega y de entidades públicas instrumentales, además de recaudar los derechos económicos de la Hacienda pública. La gestión de los ingresos propios queda sujeta a una excepción prevista en otra ley presupuestaria.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 9▾
Antesb) La administración, gestión y recaudación de sus propios derechos económicos.
Ahorab) La administración, gestión y recaudación de sus propios derechos económicos, sin perjuicio del establecido en el artículo 45 de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1997.
Artículo 88▾
Antesa) La gestión recaudatoria de los recursos y el pago de las obligaciones de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de las entidades públicas instrumentales señaladas en el artículo anterior.
Ahoraa) El pago de las obligaciones de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de las entidades públicas instrumentales señaladas en el artículo anterior y la gestión recaudatoria de los derechos económicos de la hacienda pública gallega, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.