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31 dic 2025 · ModificaciónGenerado con IA

Asturias supervisará continuamente a las entidades de su sector público

La Intervención General comprobará desde la creación hasta la extinción de cada entidad si siguen vigentes los motivos de su creación, si es financieramente sostenible y si concurre una causa de disolución. Un reglamento desarrollará cómo se planifican, ejecutan y evalúan estas actuaciones.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 56▾
Párrafo añadido
8 bis. Todas las entidades integrantes del sector público autonómico definido en el artículo 4 estarán sujetas desde su creación hasta su extinción a la supervisión continua de la Consejería competente en materia de hacienda, a través de la Intervención General, que verificará, al menos, lo siguiente:
Párrafo añadido
a) La subsistencia de las circunstancias que justificaron su creación.
Párrafo añadido
b) Su sostenibilidad financiera.
Párrafo añadido
c) La concurrencia de la causa de disolución referida al incumplimiento de los fines que justificaron su creación o que su subsistencia no resulte el medio más idóneo para lograrlos.
Párrafo añadido
Las actuaciones de planificación, ejecución y evaluación que integran la supervisión continua serán objeto de regulación reglamentaria y se determinarán, conforme a la normativa aplicable, por la Intervención General.
Disposición adicional segunda▾

El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.