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30 dic 2025

Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 31
Antes3. La mención en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial» a la que se refiere el apartado 1 incluirá las siguientes indicaciones:
Ahora3. La mención en el “Boletín Oficial de la Propiedad Industrial” a la que se refiere el apartado 1 incluirá las siguientes indicaciones:
Eliminadoh) El resumen.
Eliminadoi) El dibujo más representativo, en su caso.
Antes4. Al mismo tiempo se editará un folleto de la solicitud de patente que, además de las indicaciones incluidas en el apartado 3, contendrá la descripción, las reivindicaciones y, en su caso, los dibujos. Mencionará también el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial» en el cual se publica la solicitud de patente. Las secuencias biológicas se harán accesibles al público y así se mencionará en el folleto.
Ahora4. Al mismo tiempo se editará un folleto de la solicitud de patente que, además de las indicaciones incluidas en el apartado 3, contendrá la descripción, las reivindicaciones, en su caso, los dibujos, así como el resumen junto con el dibujo más representativo, en su caso. Mencionará también el “Boletín Oficial de la Propiedad Industrial” en el cual se publica la solicitud de patente. Las secuencias biológicas se harán accesibles al público y así se mencionará en el folleto.
Artículo 35
Antes2. La mención en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial» a que se refiere el apartado 1 incluirá las siguientes indicaciones:
Ahora2. La mención en el “Boletín Oficial de la Propiedad Industrial” a que se refiere el apartado 1 incluirá las siguientes indicaciones:
Eliminadok) El resumen.
Antes3. Al mismo tiempo se editará un folleto de la patente que, además de las menciones incluidas en el apartado anterior, se indicará el «Boletín Oficial del de la Propiedad Industrial» en el que se anunció la concesión, contendrá la descripción, las reivindicaciones y, en su caso, los dibujos tal como hubieran sido concedidos. Las secuencias biológicas se harán accesibles al público y así se mencionará en el folleto. En el folleto se hará constar que la patente se concede sin perjuicio de tercero y sin garantía del Estado en cuanto a la validez de la misma y a la utilidad del objeto sobre el que recae.
Ahora3. Al mismo tiempo se editará un folleto de la patente que, además de las menciones incluidas en el apartado anterior, se indicará el “Boletín Oficial del de la Propiedad Industrial” en el que se anunció la concesión, contendrá la descripción, las reivindicaciones, en su caso, los dibujos tal como hubieran sido concedidos, así como el resumen junto con el dibujo más representativo, en su caso. Las secuencias biológicas se harán accesibles al público y así se mencionará en el folleto. En el folleto se hará constar que la patente se concede sin perjuicio de tercero y sin garantía del Estado en cuanto a la validez de la misma y a la utilidad del objeto sobre el que recae.
Artículo 39
Antes10. La mención en el «Boletín Oficial del de la Propiedad Industrial» a que se refiere el apartado anterior incluirá las siguientes indicaciones:
Ahora10. La mención en el “Boletín Oficial del de la Propiedad Industrial” a que se refiere el apartado anterior incluirá las siguientes indicaciones:
Eliminadok) La fecha de modificación de las reivindicaciones.
Eliminadol) El resumen.
Antes11. Al mismo tiempo se editará un folleto de la patente que, además de las indicaciones incluidas en el apartado anterior, contendrá la descripción, las reivindicaciones y, en su caso, los dibujos tal como hubieran sido modificados. Las secuencias biológicas se harán accesibles al público y así se mencionará en el folleto.
Ahora11. Al mismo tiempo se editará un folleto de la patente que, además de las indicaciones incluidas en el apartado anterior, contendrá la descripción, las reivindicaciones, en su caso, los dibujos tal como hubieran sido modificados, así como el resumen y el dibujo más representativo, en su caso. Las secuencias biológicas se harán accesibles al público y así se mencionará en el folleto.
Artículo 62
Eliminadoh) La fecha de publicación de la solicitud
Antesi) Incluirá, en su caso, las modificaciones introducidas en sus reivindicaciones.
Ahorah) La fecha de publicación de la solicitud.
Párrafo añadido
i) Referencia, en su caso, a las modificaciones introducidas en sus reivindicaciones.
Eliminadok) La puesta a disposición del público de la documentación del modelo de utilidad.