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29 dic 2025

Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 161
Antes3. El procedimiento, que se desarrollará reglamentariamente, se someterá a información pública por plazo de un mes y a audiencia de las entidades locales interesadas, siendo resuelto por orden de la conselleria competente en materia de administración local.
Ahora3. El procedimiento, que se desarrollará reglamentariamente, se someterá a información pública por plazo de un mes y a audiencia de las entidades locales interesadas, siendo resuelto por la dirección general competente en materia de administración local.