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29 dic 2025 · ModificaciónGenerado con IA

Las cajas valencianas comunicarán sus emisiones a la dirección general competente

Las cajas de ahorros deberán comunicar sus emisiones de valores negociables a la dirección general competente en control e inspección financiera, en lugar de hacerlo al Instituto Valenciano de Finanzas. También se suprime el régimen de autorización o comunicación previa de su publicidad.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 49▾
Eliminado1. La publicidad realizada por las cajas de ahorros con domicilio social en la Comunidad Valenciana, que tenga contenidos económico-financieros, deberá ser sometida a la autorización previa del Instituto Valenciano de Finanzas, en los términos que se prevean reglamentariamente. La publicidad carente de tales contenidos será objeto de comunicación previa al referido Instituto.
Antes2. Las emisiones de valores negociables, tanto de las cajas de ahorros como de las sociedades que conforman su grupo consolidable, que se pretendan computar a efectos del cumplimiento de la normativa estatal sobre recursos propios, serán objeto de comunicación previa al Instituto Valenciano de Finanzas.
AhoraLas emisiones de valores negociables, tanto de las cajas de ahorros como de las sociedades que conforman su grupo consolidable, que se pretendan computar a efectos del cumplimiento de la normativa estatal sobre recursos propios, serán objeto de comunicación previa a la dirección general competente en materia de control, inspección y disciplina de las entidades financieras cuya supervisión prudencial sea competencia de la Generalitat.