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Bajan los umbrales de contratación pública para suministros, servicios y obras
El real decreto reduce de 443.000 a 432.000 euros el umbral para contratos de suministro y servicios, y de 5.538.000 a 5.404.000 euros el de obras. Estos importes delimitan cuándo se aplica la regulación de contratación pública correspondiente.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 1▾
Eliminadob) 443.000 de euros en los contratos de suministro y de servicios distintos de los referidos en la letra anterior, así como en los concursos de proyectos.
Eliminadoc) 5.538.000 de euros en los contratos de obras.
Antes2. Asimismo este real decreto-ley será de aplicación a los procedimientos de adjudicación de los contratos de concesión de obras y de los contratos de concesión de servicios que liciten las entidades a que se refiere el artículo 5.1, cuando refiriéndose estos contratos a una o más de las actividades recogidas en los artículos 9 a 14 de este real decreto-ley, los mismos tengan un valor estimado que sea igual o superior al umbral de 5.538.000 de euros.
Ahorab) 432.000 de euros en los contratos de suministro y de servicios distintos de los referidos en la letra anterior, así como en los concursos de proyectos.
Párrafo añadido
c) 5.404.000 de euros en los contratos de obras.
Párrafo añadido
2. Asimismo este real decreto-ley será de aplicación a los procedimientos de adjudicación de los contratos de concesión de obras y de los contratos de concesión de servicios que liciten las entidades a que se refiere el artículo 5.1, cuando refiriéndose estos contratos a una o más de las actividades recogidas en los artículos 9 a 14 de este real decreto-ley, los mismos tengan un valor estimado que sea igual o superior al umbral de 5.404.000 de euros.