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La denominación comercial de los mejillones cocidos y congelados cambiará
El Real Decreto deroga la regla que vinculaba el nombre del producto a su presentación y preparación. La derogación entra en vigor el 2 de enero de 2026, pero la regla seguirá aplicándose hasta que se aprueben las nuevas denominaciones de alimentos preparados.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 2▾
AntesEl producto se denominará según su presentación y forma de preparación.
Ahora**(Derogado)**
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que la derogación de este artículo, establecida por la disposición derogatoria única.c) del Real Decreto 1082/2025, de 3 de diciembre,Ref. BOE-A-2025-24838, entra en vigor el 2 de enero de 2026, según determina su disposición final 4. No obstante, este artículo mantendrá su vigencia hasta que surta efectos la resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se aprueben las denominaciones de alimentos en conserva o preparados prevista en el artículo 3.1 del citado Real Decreto, según establece su disposición transitoria 2.]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Redacción anterior:]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: " Artículo 2. Nombre del producto.]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: El producto se denominará según su presentación y forma de preparación."]