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La disposición final cuarta deja anulado el cambio que iba a dar nueva redacción al apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 159/2023. La misma disposición modifica otras previsiones de ese artículo sobre su frase inicial y la letra B de su apartado 3.

El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición final cuarta▾
EliminadoCuatro. El apartado 1 del artículo 3 queda redactado como sigue:
Eliminado«1. La superficie de suelo libre de la que deberá disponer cada lechón destetado o cerdo de producción criado en grupo, excluidas las cerdas y las cerdas jóvenes después de la cubrición, será como mínimo:
Antes| Peso vivo (En kilogramos) | Metros cuadrados | | --- | --- | | Hasta 10. | 0,2 | | Entre 10 y 20. | 0,24 | | Entre 20 y 30. | 0,3 | | Entre 30 y 50. | 0,45 | | Entre 50 y 85. | 0,65 | | Entre 85 y 110. | 0,74 | | Entre 110 y 130. | 1 | | Más de 130. | 1,3» |
AhoraCuatro. **(Anulado)**