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30 jul 2025

Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 5
Párrafo añadido
d) La Subdirección General de Gestión Económica, Fondos Europeos y Contratación, que ejercerá las siguientes funciones:
Párrafo añadido
1.º La planificación, tramitación y seguimiento de la contratación administrativa y privada en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de Migraciones.
Párrafo añadido
2.º La contratación de las obras, servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los centros de migraciones.
Párrafo añadido
3.º La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuesto en el ámbito de la Secretaría de Estado de Migraciones, la ejecución del presupuesto de gastos y el seguimiento de la ejecución presupuestaria.
Párrafo añadido
4.º La gestión económica de los expedientes de gasto en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de Migraciones, así como la gestión financiera y de la tesorería, incluyendo las funciones de habilitación y las inherentes a la gestión de las cajas pagadoras adscritas a aquella.
Párrafo añadido
5.º La coordinación, seguimiento y gestión económica de los fondos provenientes de la Unión Europea en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de Migraciones.
Párrafo añadido
6.º La gestión integral de subvenciones y otros instrumentos de financiación en el ámbito de la Secretaría de Estado de Migraciones.
Párrafo añadido
Dependerá de la Subdirección General de Gestión Económica, Fondos Europeos y Contratación, la División de Contratación, con el nivel que se determine en la relación de puestos de trabajo, que ejercerá las funciones referidas a la tramitación de los contratos de obras y de servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los centros de migraciones.
Artículo 6
Antesa) La ordenación y gestión de los procedimientos de concesión de autorizaciones previstas en la normativa general sobre extranjería e inmigración u otra normativa cuya resolución corresponda a la Dirección General de Gestión Migratoria.
Ahoraa) La ordenación y gestión de los procedimientos de concesión de autorizaciones previstas en la normativa general sobre extranjería e inmigración u otra normativa cuya resolución corresponda a cualquier órgano superior o directivo del Departamento en virtud de lo previsto en el ordenamiento jurídico.
Antesc) La propuesta justificada de necesidades de medios personales, materiales e infraestructuras para la gestión de procedimientos de inmigración a los órganos competentes.
Ahorac) La propuesta justificada de necesidades de medios personales, materiales e infraestructuras, así como la propuesta de instrucciones o criterios, para la gestión de procedimientos de inmigración a los órganos competentes.
Eliminadof) La planificación, gestión y seguimiento de los inmuebles que vayan a ser destinados a futuros centros de migraciones, en coordinación con la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional.
Eliminadog) La gestión patrimonial que corresponde al Ministerio respecto de los recursos muebles e inmuebles de los centros de titularidad pública estatal del sistema de acogida de protección internacional y de los centros en los que se preste el programa de atención humanitaria sin perjuicio de lo establecido en el artículo 7.1.k) en relación con las situaciones de carácter excepcional y emergencia migratoria.
Eliminadoh) La gestión patrimonial que corresponde al Ministerio respecto de las nuevas infraestructuras destinadas a futuros centros de migraciones, su inventario, la gestión de arrendamientos y, en su caso, los procedimientos de mutación demanial, la adecuación y conservación de los citados centros e inmuebles y el mantenimiento de sus instalaciones, así como la planificación, coordinación, elaboración y dirección de los proyectos de obras que afecten a los mismos, en coordinación con la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional.
Eliminadoi) La propuesta de contratación de obras, servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los inmuebles que vayan a ser destinados a futuros centros de migraciones, la propuesta de contratación de obras de los centros de migraciones, y la tramitación de los contratos de servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los centros de migraciones.
Eliminadoj) La planificación de las actuaciones de contenido económico y de organización, informe y propuesta sobre las necesidades de recursos humanos y la coordinación de los sistemas de información al ciudadano.
Eliminadok) La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuesto en el ámbito de la Secretaría de Estado, la ejecución del presupuesto de gastos y el seguimiento de la ejecución presupuestaria.
Eliminadol) La ejecución de las medidas de financiación derivadas de planes europeos y nacionales para incrementar centros y plazas del sistema de acogida de protección internacional y del programa de atención humanitaria, en coordinación con la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional.
Eliminadom) La gestión económica de los expedientes de gasto en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado, así como la gestión financiera y de la tesorería, incluyendo las funciones de habilitación y las inherentes a la gestión de las cajas pagadoras adscritas a la Secretaría de Estado.
Eliminadon) La planificación, tramitación y seguimiento de la contratación administrativa y privada en el ámbito de competencias de la Secretaría de Estado.
Eliminadoñ) La coordinación interna y seguimiento de los fondos provenientes de la Unión Europea gestionados por la Secretaría de Estado.
Eliminadoo) La gestión económica de los fondos de la Unión Europea en materia de asilo, migración, integración e inclusión.
Eliminadop) La gestión de subvenciones y otros instrumentos de financiación y gestión para la colaboración con entidades públicas y privadas para la defensa de los derechos humanos de las personas migrantes que garantice la convivencia y la cohesión social y para la realización de programas vinculados al retorno voluntario y a la reagrupación familiar de personas migrantes.
Antesq) La gestión de subvenciones y la tramitación de otros instrumentos de financiación y gestión para la colaboración con entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con la acogida e inclusión de solicitantes de asilo, refugiados y otros beneficiarios de protección internacional y, en su caso, apátridas y personas acogidas al régimen de protección temporal.
Ahoraf) El análisis y prospección de las autorizaciones en materia de extranjería e inmigración.
Párrafo añadido
g) El estudio y propuesta de mejoras en los procedimientos, programas y proyectos en el marco de la gestión colectiva de contrataciones en origen y de los procedimientos de autorizaciones de residencia y trabajo, en coordinación con otros Departamentos y con las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento jurídico.
Párrafo añadido
h) La proposición de programas y proyectos destinados a las personas migrantes con autorización de estancia o de residencia.
Párrafo añadido
i) La identificación de proyectos o programas que permitan la financiación de las actuaciones previstas en este artículo, en coordinación con la Subdirección General de Gestión Económica, Fondos Europeos y Contratación.
Párrafo añadido
j) El seguimiento y el establecimiento de los indicadores de evaluación de los procedimientos, programas y proyectos que se ejecuten de acuerdo con las previsiones de este artículo.
Eliminadob) La Subdirección General de Infraestructuras para las Migraciones, a la que le corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos f), g), h), e i), en lo no referido a la tramitación de los contratos de servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los centros de migraciones, del apartado 1.
Eliminadoc) La Subdirección General de Gestión y Fondos Europeos, a la que le corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos i) en lo referido a la tramitación de los contratos de servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los centros de migraciones, j), k), l), m), n), ñ), o), p) y q) del apartado 1.
AntesDepende de la Subdirección General de Gestión y Fondos Europeos, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, la División de Contratación, que ejercerá las funciones enumeradas en el párrafo n) en lo referido a la tramitación de los contratos de servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los centros de migraciones, e i) del apartado 1 cuya competencia ostente la Subdirección General referida.
Ahorab) La Subdirección General de Estrategia Migratoria a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos f), g), h), i) y j) del apartado 1).
Artículo 7
Antesf) Sin perjuicio de las competencias en materia de financiación de la Dirección General de Gestión Migratoria, y en coordinación con ella, la planificación, gestión, seguimiento y evaluación de los instrumentos de financiación de los programas de atención humanitaria y del sistema de acogida de protección internacional, especialmente la gestión mediante acción concertada.
Ahoraf) La planificación, seguimiento y evaluación de los instrumentos de financiación de los programas de atención humanitaria y del sistema de acogida de protección internacional, especialmente la gestión mediante acción concertada, responsabilidad de la Subdirección General de Gestión Económica, Fondos Europeos y Contratación.
Eliminadoi) La planificación y gestión de los centros de migraciones dependientes de la Secretaría de Estado de Migraciones, así como de las derivaciones desde estos centros a otros recursos o programas, en coordinación con la Dirección General de Gestión Migratoria.
Eliminadoj) La remisión a la Dirección General de Gestión Migratoria de las necesidades de contratación de obras que afecten a los centros de migraciones dependientes de la Secretaría de Estado de Migraciones y las propuestas de contratación de servicios y suministros necesarios para su funcionamiento.
Antesk) En coordinación con la Dirección General de Gestión Migratoria, la planificación, gestión y seguimiento de actuaciones de intervención urgente para situaciones de carácter excepcional y emergencia migratoria, en colaboración, en su caso, con las comunidades autónomas, delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, corporaciones locales, así como con entidades públicas y privadas.
Ahorai) La planificación y gestión de los centros de migraciones dependientes de la Secretaría de Estado de Migraciones, así como de las derivaciones desde estos centros a otros recursos o programas.
Párrafo añadido
j) La planificación y propuesta de las necesidades de contratación de obras que afecten a los centros de migraciones dependientes de la Secretaría de Estado de Migraciones y las propuestas de contratación de servicios y suministros necesarios para su funcionamiento.
Párrafo añadido
k) La planificación, gestión y seguimiento de actuaciones de intervención urgente para situaciones de carácter excepcional y emergencia migratoria, en colaboración, en su caso, con las comunidades autónomas, delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, corporaciones locales, así como con entidades públicas y privadas.
Párrafo añadido
l) La planificación y gestión de los inmuebles destinados a centros de migraciones, así como el seguimiento de las actuaciones de mejora y conservación a realizar en los mismos.
Párrafo añadido
m) La gestión patrimonial que corresponde al Ministerio respecto de los recursos muebles e inmuebles de los centros de migraciones, incluyendo su inventario.
Párrafo añadido
n) La planificación, elaboración y dirección de los proyectos de obras que afecten a los centros de migraciones, en colaboración y coordinación con la Subdirección General de Gestión Económica, Fondos Europeos y Contratación.
Párrafo añadido
ñ) La ejecución de las medidas de financiación derivadas de planes europeos y nacionales para incrementar centros y plazas del sistema de acogida de protección internacional y del programa de atención humanitaria.
Párrafo añadido
d) La Subdirección General de Infraestructuras para las Migraciones, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los párrafos l), m), n) y ñ) del apartado 1.
Artículo 10
Antesi) El desarrollo de las funciones propias de la Unidad de Igualdad del Departamento, previstas en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Ahorai) El desarrollo de las funciones propias de la Unidad de Igualdad del Departamento, previstas en el artículo 77 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como la Unidad de Inclusión del personal con discapacidad, prevista en la disposición adicional decimoquinta del Real Decreto Ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
Eliminador) La colaboración con las Secretarías de Estado y la Secretaría General del departamento en la programación económica y presupuestaria relativa a los proyectos de inversión y a las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Eliminados) La coordinación y seguimiento de la ejecución de las inversiones y reformas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que correspondan al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Eliminadot) La realización de informes de seguimiento de hitos y objetivos y cumplimiento de principios transversales, e informes en relación con la gestión económico-financiera de la aplicación de fondos europeos, asociados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en los ámbitos propios del Ministerio.
Eliminadou) El seguimiento de la aplicación de medidas correctoras por parte de los órganos responsables de las medidas, en caso de desviaciones respecto al cumplimiento de hitos y objetivos y el cumplimiento de principios transversales.
Eliminadov) Punto de contacto con la Secretaría General de Fondos Europeos para el seguimiento de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que correspondan al departamento.
Eliminadow) La interlocución con otros Departamentos y con las Secretarías de Estado y Secretaría General del Ministerio, en relación con el seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Eliminadob) La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, que ejercerá las funciones señaladas en las letras f), g), h), i) y j) del apartado 3.
Antesc) La Subdirección General de Servicios y Coordinación, que ejercerá las funciones previstas en las letras k), l), m), n) y ñ) del apartado 3.
Ahorab) La Subdirección General de Recursos Humanos, que ejercerá las funciones señaladas en las letras f) en lo no referido a la gestión de los programas de prevención de riesgos laborales, y g) del apartado 3.
Párrafo añadido
c) La Subdirección General de Servicios y Coordinación, que ejercerá las funciones previstas en las m), n) salvo en lo referido a la gestión del registro general del Departamento, y ñ) del apartado 3.
Antese) La Subdirección General de Coordinación y Seguimiento de Fondos Europeos, que ejercerá las funciones enumeradas en las letras r), s), t), u), v) y w) del apartado 3.
Ahorae) La Subdirección General de Atención a la Ciudadanía e Inspección de Servicios, que ejercerá las funciones señaladas en las letras f) en lo referido a la gestión de los programas de prevención de riesgos laborales, h), i), j), k), l) y n) en lo referido a la gestión del registro general del Departamento, del apartado 3.