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10 jul 2025
Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre
Qué ha cambiado (2 artículos)
Disposición adicional cuarta▾
Artículo nuevo
Disposición adicional cuarta. Relación por medios electrónicos.
Los operadores deberán relacionarse exclusivamente por medios electrónicos en los trámites y procedimientos llevados a cabo con el Comisionado para el Mercado de Tabacos, de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir del 2 de enero de 2026.
Disposición adicional quinta▾
Artículo nuevo
Disposición adicional quinta. Plazo de resolución de los expedientes sancionadores del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
El plazo para resolver y notificar los expedientes sancionadores del Comisionado para el Mercado de Tabacos por infracciones de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, será de seis meses en aquellos procedimientos sancionadores que se inicien a partir de la entrada en vigor de esta disposición.