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7 jun 2025

Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 13
AntesLas citadas bases se aprobarán por Decreto del Presidente o por Orden, en el resto de los casos, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y previo informe del servicio jurídico-administrativo de la Consejería competente, y serán objeto de publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
AhoraPodrá omitirse la consulta pública previa a la elaboración de las bases reguladoras. Las citadas bases se aprobarán por Decreto del Presidente o por Orden, en el resto de los casos, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido, y previo informe del servicio jurídico-administrativo de la Consejería competente, y serán objeto de publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».