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10 abr 2025
Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias
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INSTRUCCIÓN IF-02▾
Párrafo añadido
Nota: Adicionalmente a los refrigerantes recogidos en esta tabla, podrán también ser utilizados los recogidos en la norma UNE-EN 378-1, siempre que estos no supongan una minoración de las condiciones de seguridad.
INSTRUCCIÓN IF-04▾
EliminadoINSTRUCCIÓN IF-04
EliminadoUTILIZACIÓN DE LOS DIFERENTES REFRIGERANTES
EliminadoÍNDICE
Eliminado1. Generalidades.
Eliminado2. Criterios para la selección del refrigerante.
Eliminado3. Utilización de los refrigerantes en función del emplazamiento de la instalación.
Eliminado3.1 Requisitos generales.
Eliminado3.2 Carga máxima admisible de refrigerante en general.
Eliminado3.3 Limitación de carga por inflamabilidad.
Eliminado3.3.1 Observaciones generales.
Eliminado3.3.1.1 Protección contra riesgos de incendio y explosión.
Eliminado3.3.1.2 Protección del sistema de refrigeración o calefacción secundario.
Eliminado3.3.2 Sistema frigorífico ubicado en el exterior.
Eliminado3.3.3 Requisitos para envolventes ventiladas.
Eliminado3.3.4 Bases de cálculo del volumen de locales ocupados.
Eliminado3.3.5 Aplicación práctica tabla A del apéndice 1 de esta instrucción.
Eliminado4. Prescripciones especiales.
Eliminado4.1 Utilización de sistemas directos de refrigeración en locales industriales.
Eliminado4.2 Instalación de equipos frigoríficos que no requieran sala de máquinas.
Eliminado4.3 Sistemas situados en envolventes ventilados colocados en espacio ocupado.
Eliminado5. Instalaciones especiales.
Eliminado5.1 Máquinas de absorción cuya instalación utiliza NH3-Agua.
Eliminado5.2 Sistema frigorífico en cascada y circuitos secundarios que emplean fluidos con cambio de fase líquido / gas.
Eliminado5.2.1 Generalidades.
Eliminado5.2.2 Presiones de diseño mínimas.
Eliminado5.2.3 Instalaciones que utilizan R-744 (CO2).
Eliminado5.2.3.1 Características principales del R-744.
Eliminado5.2.3.2 Peligros más significativos.
Eliminado5.2.3.3 Precauciones a tener en consideración.
Eliminado5.2.3.4 Detectores de fugas.
Eliminado5.2.4 Materiales para instalaciones con refrigerante CO2.
Eliminado5.3 Pistas de patinaje sobre hielo.
Eliminado5.3.1 Pistas de patinaje cubiertas.
Eliminado5.3.2 Pistas de patinaje al aire libre e instalaciones para actividades deportivas similares.
EliminadoApéndice 1. Tablas A y B Carga máxima de refrigerante en el sistema.
EliminadoApéndice 2. Estimación de la máxima carga de refrigerante admisible.
EliminadoApéndice 3. Estimación de la máxima carga admisible por inflamabilidad para sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor, en la aplicación para confort humano.
EliminadoApéndice 4. Alternativa para la gestión del riesgo de refrigeración situados en espacios ocupados.
EliminadoApéndice 5. Aplicación práctica tablas A y B del apéndice 1 de esta instrucción.
Eliminado**1. Generalidades.**
EliminadoCuando en una instalación frigorífica se utilicen refrigerantes de diferentes grupos se deberán aplicar los requisitos correspondientes a cada uno de estos grupos.
EliminadoSe prohíben las descargas deliberadas a la atmósfera de refrigerantes nocivos para el medio ambiente.
EliminadoCuando se elija un refrigerante se deberá tener en cuenta su influencia sobre el efecto invernadero y el agotamiento de la capa de ozono estratosférico.
EliminadoLos refrigerantes serán únicamente manipulados por empresas habilitadas.
Eliminado**2. Criterios para la selección del refrigerante.**
Eliminado2.1 Los refrigerantes deberán elegirse teniendo en cuenta su potencial influencia sobre el medio ambiente en general, así como sus posibles efectos sobre el medio ambiente local y su idoneidad como refrigerante para un sistema determinado. Cuando se seleccione un refrigerante deberán considerarse, respecto a la valoración del riesgo, los siguientes factores (relación no exhaustiva y sin prioridades):
Eliminadoa) Efectos medioambientales (medio ambiente global).
Eliminadob) Carga de refrigerante.
Eliminadoc) Aplicación del sistema de refrigeración.
Eliminadod) Diseño del sistema de refrigeración.
Eliminadoe) Construcción del sistema de refrigeración.
Eliminadof) Cualificación profesional.
Eliminadog) Mantenimiento.
Eliminadoh) Eficiencia energética.
Eliminadoi) Seguridad e higiene, por ejemplo, toxicidad, inflamabilidad (entorno local).
EliminadoLa influencia de un refrigerante en el medio ambiente atmosférico depende de la aplicación, tipo y estanqueidad del sistema, la carga y manipulación del refrigerante, de su eficiencia energética, y del potencial de éste para crear o añadir riesgos contra el medio ambiente.
Eliminado2.2 Se elegirán los refrigerantes con mejor eficiencia energética en el sistema. Para una eficiencia energética similar se escogerán aquellos con los valores PCA más bajos posibles (apéndice 1 de la tabla A de la IF-02).
EliminadoEstá prohibido el empleo de refrigerantes CFC y HCFC en instalaciones nuevas o existentes (valor PAO>0).
Eliminado2.3 Cuando sea necesario utilizar refrigerantes con un PCA superior a cero, se deberá procurar que la carga sea la menor posible.
Eliminado2.4 Si el calentamiento atmosférico es el único impacto medio ambiental, cuando el requisito de máxima eficacia energética no pueda cumplirse simultáneamente con el de menor carga de refrigerante se deberá valorar cual es el criterio preferente mediante el análisis del ciclo de vida o análisis TEWI recogido en IF-02.
EliminadoSe deberá considerar que instalaciones con carga de refrigerante significativamente menor de la necesaria pueden verse afectadas en su eficiencia energética, contribuyendo indirectamente al efecto invernadero.
EliminadoLos sistemas indirectos reducen la carga de refrigerante y aseguran una mayor estanqueidad del sistema; sin embargo, el rendimiento energético generalmente es inferior al de los sistemas directos si no se toman medidas adicionales.
Eliminado2.5 El sistema deberá ser diseñado e instalado para que sea estanco.
EliminadoSe deberá prestar particular atención a los siguientes factores que podrían afectar a la estanqueidad del sistema:
Eliminadoa) Tipo de compresor.
Eliminadob) Tipo de uniones.
Eliminadoc) Tipo de válvulas.
Eliminado2.6 Los refrigerantes deberán seleccionarse teniendo en cuenta la facilidad para su posible reutilización o destrucción.
Eliminado**3. Utilización de los refrigerantes en función del emplazamiento de la instalación.**
EliminadoDe acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del capítulo II del presente Reglamento, la utilización de los diferentes refrigerantes se determinará considerando: el sistema directo o indirecto (artículo 6.1), su tipo de emplazamiento (1, 2, 3 o 4 según artículo 6.2), el local donde se empleen (A, B y C según artículo 7), y en todo caso se efectuará conforme a las prescripciones siguientes:
Eliminado3.1 Requisitos generales.
EliminadoDe acuerdo con los cuatro tipos existentes de emplazamiento para los sistemas de refrigeración (1, 2, 3 y 4), la localización apropiada deberá seleccionarse de acuerdo con el RSIF, en el que se tienen en cuenta los posibles riesgos.
EliminadoLas tablas A y B del apéndice 1 de esta IF-04 muestran las combinaciones permitidas y las no permitidas. Las permitidas pero sujetas a restricciones están indicadas por los números de los apartados o subapartados especificando la restricción de la carga de refrigerante.
EliminadoAlgunos equipos o instalaciones frigoríficas y de acondicionamiento de aire funcionan tanto para enfriar como para calentar, invirtiendo el flujo entre el compresor y los intercambiadores de calor, por medio de una válvula inversora especial (bomba de calor reversible, desescarche por inversión de ciclo, por gases calientes, etc.). En estos casos los sectores de alta y baja presión del sistema podrán cambiar dependiendo del modo en que opere la unidad.
EliminadoNo podrán colocarse tuberías de refrigerante en zonas de paso exclusivo, como vestíbulos, entradas y escaleras; tampoco podrán ser colocadas en huecos con elevadores u objetos móviles. Como excepción, podrán cruzar un vestíbulo si no hay uniones en la sección correspondiente, debiendo estar protegidas por un tubo o conducto rígido de metal.
EliminadoAlgunas combinaciones parecen entrar en conflicto o ser innecesarias, p.e. en «sistemas directos con todas las partes que contienen refrigerante en una sala de máquinas» parece que todo el refrigerante puede quedar confinado en la sala de máquinas; sin embargo, esta definición se aplicaría a sistemas con conductos, con pulverización de tipo abierto o incluso a sistemas situados en el exterior, ya que en caso de fuga el refrigerante puede escapar directamente a un recinto ocupado. Los sistemas indirectos que no están situados en una sala de máquinas son otra combinación que puede parecer innecesaria, sin embargo, las bombas de calor agua-agua pertenecen claramente a esta categoría.
Eliminado3.2 Carga máxima admisible de refrigerante en general.
EliminadoPara determinar las limitaciones de carga de refrigerante en un sistema dado, se tendrá que clasificar el mismo según cuatro aspectos:
Eliminadoa) Categoría de toxicidad del refrigerante.
Eliminadob) Categoría de inflamabilidad.
Eliminadoc) Clasificación del local según su accesibilidad, de acuerdo con artículo 7.
Eliminadod) Tipo de emplazamiento según el artículo 6.2.
EliminadoEl método se desarrolla en el apéndice 2 de esta IF-04.
Eliminado3.3 Limitaciones de carga por inflamabilidad en sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor para confort humano.
EliminadoEl Apéndice 3 de esta IF trata de las limitaciones de carga como consecuencia de la inflamabilidad específicamente en los sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor para el confort humano. Por un lado, para partes de los sistemas ubicados en locales habitados conteniendo refrigerantes de la clase de seguridad A2L y por otro en los equipos no fijos, compactos y sellados en fábrica igualmente para el acondicionamiento de aire y la bomba de calor destinados al confort humano.
Eliminado3.3.1 Observaciones generales.
Eliminado3.3.1.1 Protección contra riesgos de incendio y explosión.
EliminadoLos sistemas que utilicen refrigerantes inflamables se construirán de forma que cualquier pérdida de refrigerante no pueda fluir o estancarse de modo que pueda ocasionar un riesgo de incendio o explosión en áreas que contengan equipos, componentes o aparatos que sean potenciales fuentes de ignición y puedan estar funcionando en el momento de la fuga.
EliminadoA este respecto, se considera que los sistemas frigoríficos que se ajustan al Real Decreto 144/2016, de 8 de abril, por el que se establecen los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a los aparatos y sistemas de protección para usos en atmósferas potencialmente explosivas en función del tipo de zona se ajustan a esta cláusula.
EliminadoLas fuentes de ignición incluyen superficies calientes que excedan los límites de temperatura establecidos, llamas y gases calientes que no queden aislados de manera adecuada y aparatos eléctricos que puedan producir arco o chispa. Otros tipos de fuentes potenciales de ignición se pueden ver en la norma UNE-EN 1127-1.
EliminadoLa temperatura de las superficies que puedan estar expuesta, en caso de fuga de los refrigerantes pertenecientes a las clases A2, A2L, B2L, A3, B2, B3, no será superior a la temperatura de auto-ignición del refrigerante en cuestión, reducida en 100 K. Las temperaturas de autoignición se indican en la tabla A de la IF-02.
EliminadoLos componentes y aparatos no se considerarán una posible fuente de ignición si se cumple al menos una de las siguientes condiciones:
Eliminadoa) El sistema está situado de forma que queda fuera de la zona potencialmente inflamable, en la que el refrigerante fugado podría fluir o estancarse, o
Eliminadob) La zona se ventila de forma permanente o previamente al inicio de la alimentación eléctrica a los equipos, con un caudal de aire tal que la concentración de refrigerante en la zona de la fuente no puede exceder el 50% del LII, o
Eliminadoc) Los equipos están protegidos en forma adecuada para su funcionamiento en zona 2, zona 1 o zona 0, en función de la definición que para estas se da en la norma UNE- EN 60079-10-1, o
Eliminadod) Equipos eléctricos en los que la máxima energía posible de una chispa o arco dentro de su circuito no pueda encender la concentración más inflamable del refrigerante utilizado.
EliminadoLa desconexión y la conexión eléctricas de los conectores incorporados en los componentes no se considera funcionamiento normal. Donde haya un enchufe y toma de corriente, se considerarán parte del equipo. Desconectar o conectar el enchufe de/a la toma de corriente se considera que es parte de la operación normal a menos que se requiera el uso de una herramienta especial.
EliminadoCuando un sistema tenga puertas o paneles extraíbles, etc., la evaluación tendrá en cuenta la extensión de las zonas inflamables cuando se abren las puertas o paneles, antes o después de una fuga, si se espera que se pueden abrir en el funcionamiento normal. Si la evaluación demuestra que una zona potencialmente inflamable puede extenderse más allá de los límites de los equipos, esta información se facilitará en la documentación para el equipo en la que el aparato está en funcionamiento, la liberación de refrigerante se inicia al mismo tiempo que el aparato se alimenta eléctricamente.
EliminadoComponentes separados, tales como termostatos, que se cargan con menos de 0,5 gr de un gas inflamable no son considerados como riesgo de incendio o explosión en caso de fuga del gas del propio componente.
EliminadoLos requisitos generales para los tipos de protección se indican en la norma UNE-EN 60079-0. Los tipos de protección detallados en las distintas partes de la norma UNE-EN 60079 se basan en grupos de gases específicos, que pueden no representar los refrigerantes pertenecientes a las categorías 2 y 2L, debido a las diferentes características de inflamabilidad. En tal caso debería llevarse a cabo, con el refrigerante en cuestión una prueba específica (ver UNE- EN 60079-0 + A11, clausula 4).
Eliminado3.3.1.2 Protección del sistema de refrigeración o calefacción secundario.
EliminadoSi es posible que en un intercambiador de calor circuito primario/circuito secundario, queden cerradas válvulas en el lado del secundario, de forma que pueda producirse un incremento de presión en el intercambiador, deberá protegerse este por medio de un dispositivo de alivio de presión fijado a una presión no superior a PS del lado secundario.
EliminadoSi la carga de refrigerante del sistema es superior a 500 kg, deberán tomarse medidas para detectar e informar sobre la presencia de refrigerante en cualquier circuito asociado que contenga agua u otros fluidos secundarios (p.e. un detector de refrigerante).
EliminadoCuando el fluido empleado pertenezca a las clases de seguridad B1, A2L, A2, B2, B2L, A3 o B3 y la carga sea superior a 500 kg, se tomarán las disposiciones adecuadas para impedir que una fuga de refrigerante se difunda a áreas servidas por el fluido de transferencia de calor secundario debido a un fallo de la pared del evaporador o condensador.
EliminadoSin pretender un carácter limitativo, se pueden tomar las siguientes precauciones:
Eliminadoa) Separador automático de aire, montado en el circuito secundario, en el tubo de salida del evaporador o el condensador y a un nivel más alto que el intercambiador de calor. El separador de aire/refrigerante debe permitir una evacuación de flujo suficiente para descargar el refrigerante que puede ser liberado a través del intercambiador de calor. La descarga del separador tendrá lugar en un extractor o al exterior.
Eliminadob) Intercambiador de calor de doble pared, entre el primario y secundario, a fin de evitar, en caso de fuga, que el refrigerante pase al circuito secundario.
Eliminadoc) Mantener constantemente una presión superior en el secundario que en el primario, en el área común.
Eliminado3.3.2 Sistema frigorífico ubicado en el exterior.
EliminadoLos sistemas situados a la intemperie se situarán de forma que en caso de escape, el refrigerante no penetre en edificios colindantes para evitar refrigerante del escape que fluye en un edificio o pongan en peligro a las personas y bienes. El refrigerante de escape no deberá ser capaz de penetrar en orificios de aireación, puertas, trampillas o aberturas similares.
EliminadoPara los sistemas de refrigeración instalados en exteriores en los que haya la posibilidad que el gas descargado pueda estancarse, p.e en un subterráneo, la instalación deberá cumplir con los requisitos para la detección de gases y ventilación de las salas de máquinas. Para los refrigerantes de las categorías 2L, 2 y 3 se deberán tener en consideración los requisitos relativos a las fuentes de ignición.
Eliminado3.3.3 Requisitos para envolventes ventiladas.
EliminadoCuando se empleen envolventes ventiladas para contener sistemas que usen refrigerantes inflamables pertenecientes a las clases de seguridad A2L, B2L, A2, B2, A3 y B3, además de aplicar las prescripciones del apartado 3.2, habrá que emplear las siguientes medidas:
EliminadoSe deberá proporcionar un flujo de aire entre la envolvente ventilada y el exterior. Se deberá especificar el tamaño del conducto de ventilación y número de curvas, además de la máxima caída de presión en Pascal (Pa). No habrá fuentes de ignición ubicadas en el conducto como motores, elementos de control que pueda producir chispas.
EliminadoSe mantendrá una depresión en el interior de la envolvente de 20 Pa como mínimo y el caudal de aire al exterior, no deberá ser restringido por cualquiera de los componentes, y vendrá dado por:
EliminadoQmin = 15 x S x (mc/ρ) ≥ 2 m3/h, donde
EliminadoQmin es el caudal volumétrico de la ventilación (m3/ h);
Eliminado15 = factor a aplicar para 4 minutos de pérdida en caso de una fuga importante (1/h);
EliminadoS = 4 (factor de seguridad);
Eliminadomc= masa de carga de refrigerante (kg);
Eliminadoρ = densidad del refrigerante a presión atmosférica y +25 °C (kg/m³).
EliminadoEl sistema de ventilación debe operará de acuerdo con una de las siguientes opciones:
Eliminadoa) Funcionará permanentemente, monitorizándose continuamente el caudal de aire y el sistema de refrigeración será puesto en modo seguro dentro de los 10 segundos posteriores al descenso del caudal por debajo del mínimo. El modo seguro (garantiza que no se producirá una explosión) se mantendrá hasta que se restablezca el flujo de aire.
Eliminadob) El sistema de ventilación se pondrá en marcha mediante un sensor de gas refrigerante antes de que se alcance el 25% del LII (véase Tabla A de la IF-02). El sensor estará adecuadamente colocado atendiendo a la densidad del refrigerante. La función del sensor y la ventilación se verificará a intervalos regulares de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Cuando se detecte un fallo, se dará la alarma correspondiente y el sistema pasará a modo seguro quedando el ventilador conectado hasta que el fallo se haya resuelto.
EliminadoSe deberá llevar a cabo un ensayo de tipo o ensayos individuales para evaluar el cumplimiento de los requisitos para el sistema de ventilación.
Eliminado3.3.4 Bases de cálculo del volumen de locales ocupados.
EliminadoEl espacio en cuestión será todo local en el cual se ubique cualquier parte del sistema de refrigeración conteniendo refrigerante o al que pueda llegar el refrigerante en caso de fugas.
EliminadoPara el cálculo de las cantidades máximas de refrigerante se usará el volumen ocupado cerrado más pequeño.
EliminadoPara determinar la citada carga máxima también se podrá emplear como volumen de cálculo, el volumen total de todos los locales en donde se emplacen componentes del sistema frigorífico que contengan refrigerante, siempre y cuando se utilice aire para su calefacción y refrigeración y que el caudal de este aire de impulsión a cada uno de los locales sea en todo momento igual o superior al 25% del nominal. Si el local o locales disponen de sistemas de ventilación mecánica y se garantiza que estén en funcionamiento cuando haya presencia de personas, se podrá considerar el efecto de la renovación del aire para determinar el volumen del cálculo. Espacios múltiples con aperturas apropiadas (que no puedan ser cerradas) entre los diferentes espacios individuales o que estén intercomunicados por sistemas comunes de ventilación, retorno o extracción de aire, en donde no se encuentren ni evaporador ni condensador, se tratarán como un solo espacio. Donde el evaporador o condensador estén situados dentro de un conducto de aire que atiende a varios espacios, se usara para el cálculo el volumen del menor de estos espacios.
EliminadoSi el suministro de aire a un determinado espacio no puede reducirse por debajo del 10 % de su caudal máximo mediante un reductor de caudal adecuado, este espacio será el que se debe de tomar como el menor de los espacios ocupados por humanos.
EliminadoPara los refrigerantes de la clase de seguridad A1 se tomara como volumen de cálculo la totalidad de los locales o espacios enfriados o calentados por aire procedente de un sistema, si el suministro de aire a cada local no puede reducirse por debajo del 25% de su caudal nominal a plena marcha: Con refrigerantes del grupo de seguridad A1, el efecto debido a la renovación de aire pueden ser considerados en el cálculo del volumen si el espacio dispone de un sistema de ventilación mecánico que funcione siempre que el espacio este ocupado.
EliminadoCuando el evaporador o el condensador estén montados dentro de una red de conductos de suministro de aire y el sistema alimente a un edificio de varios pisos sin particiones, se considerará el volumen de la planta más pequeña.
EliminadoCuando los espacios anexos a los de posible ocupación humana no son, por construcción o diseño, estancos al aire deben considerarse como parte del espacio ocupado por personas. Por ejemplo: falsos techos, pasadizos de acceso, conductos, tabiques móviles y puertas con rejillas de ventilación.
EliminadoDonde la unidad interior o tuberías de refrigerante relacionadas con ella, estén emplazadas en un local en el cual la carga total exceda la máxima permitida, se tomarán medidas especiales para asegurar al menos el mismo nivel de seguridad. Véase apéndice 4 de esta IF-04.
Eliminado**4. Prescripciones especiales.**
Eliminado4.1 Utilización de sistemas directos de refrigeración en locales industriales (Categoría C).
EliminadoEn edificios con locales de diferentes clasificaciones, cuando los locales industriales estén situados en pisos distintos del primero y de la planta baja, cuando contengan algún sistema directo de refrigeración deberán estar totalmente separados del resto del edificio por construcciones resistentes y puertas de seguridad, y dotados de suficientes salidas de emergencia directas al exterior. En caso contrario serán considerados como locales comerciales.
Eliminado4.2 Instalación de equipos frigoríficos que no requieran sala de máquinas.
Eliminado4.2.1 Cuando en caso de fuga de refrigerante la concentración del mismo en el local en que esté emplazado el equipo no supere los límites prácticos indicados en el apéndice 1 tabla A de la IF-02, y la potencia de accionamiento de los motores de los compresores sea inferior a 100 kW, será admisible la instalación de los equipos fuera de una sala de máquinas, en cuyo caso se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
Eliminadoa) En pasillos y vestíbulos de locales no industriales, cuando se utilicen refrigerantes del grupo L1, sólo podrán colocarse equipos frigoríficos compactos y semicompactos.
Eliminadob) Todos los equipos frigoríficos deberán estar provistos de carcasas de protección o estarán ubicados de tal forma que sean inaccesibles a personas no autorizadas.
Eliminadoc) Queda prohibida la instalación de equipos frigoríficos en los pasillos, escaleras, y sus rellanos, entradas y salidas de edificios, siempre que dificulten la libre circulación de las personas.
Eliminadod) Los componentes frigoríficos situados a la intemperie deberán ser apropiados para ello. Estos no deberán estar accesibles a personas no autorizadas. Cuando los componentes frigoríficos vayan instalados sobre cubierta se deberá prestar especial cuidado para que el refrigerante en caso de escape no penetre en el edificio ni ponga en peligro a las personas.
Eliminado4.2.2 Cuando la carga específica sea superior a la permitida, además de cumplir lo establecido en el 4.2.1, se podrá colocar el equipo en una sala de máquinas no específica, debiendo en tal caso cumplirse además las condiciones que se detallan a continuación:
Eliminadoa) El local esté separado mediante puertas estancas del resto.
Eliminadob) Se limite el acceso al personal autorizado.
Eliminadoc) Se disponga de un detector de refrigerante.
Eliminadod) No haya en el entorno superficies caldeadas a temperaturas superiores a 400 ºC.
Eliminadoe) Exista un sistema de ventilación forzada.
EliminadoEn este local se podrán emplazar otros equipos si son compatibles con los requisitos de seguridad del sistema de refrigeración y tendrá la consideración de sala de máquinas.
EliminadoEn las salas de máquinas específicas solo se podrán ubicar el sistema de refrigeración al completo o partes del mismo.
Eliminado4.3 Sistemas situados en envolventes ventilados colocados en espacio ocupado.
EliminadoLos equipos situados en el interior de envolventes ventilados dispondrán de un conducto construido de acuerdo con las especificaciones indicadas por el fabricante del sistema. Construidos de metal de acuerdo con la UNE-EN 1507 y soportados según la UNE-EN 12236. Una vez montados se sellarán todas las costuras y juntas para evitar posibles escapes de gas. La resistencia al fuego del conducto y de la envolvente será la misma que la exigida para los materiales, espesores y ejecución de los cerramientos y puertas de las salas de máquinas, por el Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales, aprobado por Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre.
EliminadoEl volumen del local en el cual se coloque el sistema con envolvente deberá ser al menos 10 veces superior al de la envolvente y disponer de suficientes entradas de aire para garantizar la renovación del aire sin contaminación procedente del exterior. Asimismo, el aire extraído del interior de la envolvente se evacuará al exterior, de forma que no haya la posibilidad de que sea aspirado nuevamente al interior del local.
Eliminado**5. Instalaciones especiales.**
Eliminado5.1 Máquinas de absorción cuya instalación utiliza NH3-Agua.
EliminadoTratándose de una instalación frigorífica que utiliza un refrigerante del grupo L2 deberán seguirse todas las prescripciones del presente Reglamento.
Eliminado5.2 Sistemas frigoríficos en cascada y circuitos secundarios que emplean fluidos con cambio de fase líquido / gas.
Eliminado5.2.1 Generalidades.
EliminadoEn este capítulo se describen los requisitos adicionales a los ya indicados en el presente Reglamento que deberán de cumplir todos los componentes que forman los circuitos del escalón de baja en instalaciones en cascada y los que trabajan con fluidos secundarios que utilizan sustancias volátiles, fundamentalmente el CO2.
Eliminado5.2.2 Presiones de diseño mínimas.
EliminadoLos componentes de los circuitos indicados en el apartado anterior no tendrán que cumplir con los criterios expuestos en la tabla 1 de la IF-06 con respecto a presiones mínimas de diseño, siempre y cuando se garanticen las siguientes condiciones:
Eliminadoa) Refrigerantes con PCA > 1. Se podrá adoptar una presión de diseño (PS) igual o superior a 1.5 veces la presión de funcionamiento prevista en las condiciones de diseño de la planta, tomando alguna de las siguientes medidas:
Eliminadoi) Si se trata de un circuito de carga limitada se diseñará de tal forma que bajo ninguna circunstancia su presión interna pueda superar la presión de diseño PS.
Eliminadoii) Se dispondrá de un equipo frigorífico capaz de mantener la presión del refrigerante en el circuito por debajo de PS durante los periodos de paro de la instalación. Este equipo estará alimentado por una fuente de energía independiente de forma que se pueda garantizar su funcionamiento en cualquier circunstancia.
Eliminadoiii) Antes de parar la instalación se trasladará todo el refrigerante hacia un recipiente con capacidad de resistir la presión calculada aplicando los criterios de la tabla 1 de la IF-06 o la presión crítica del correspondiente gas multiplicada por el cociente entre la temperatura máxima previsible y la temperatura crítica, ambas en temperaturas absolutas.
Eliminadob) Que se emplee un fluido con el menor impacto posible para el medio ambiente (PAO = 0 y PCA = 1) y que su descarga al aire libre no suponga riesgo ni para las personas ni para la naturaleza, por ejemplo, el CO2. Este refrigerante podrá dejarse escapar al exterior en caso de emergencia y cuando la presión supere el punto de consigna de los dispositivos de seguridad o sea necesario vaciar la instalación antes de su desmontaje.
EliminadoNo obstante, para evitar pérdidas regulares de refrigerante, o cuando sea necesario arrancar máquinas de elevada presión, se dotará a las instalaciones de un equipo auxiliar frigorífico de mantenimiento de la presión, que además pueda reducir las pérdidas de refrigerante en el caso de fallo de la energía eléctrica, o se adoptará una solución equivalente.
EliminadoLa presión de diseño mínima en el lado de baja presión de estos circuitos, tanto si se trata de instalaciones en cascada como si el CO2se utiliza como fluido secundario, será como mínimo de 25 bar o un 20% superior a la prevista de funcionamiento (la mayor de éstas); mientras que en el lado de alta de este mismo escalón será de 40 bar salvo que el desescarche se realice por gas caliente, en cuyo caso deberá ser de 50 bar. Cuando el desescarche se realice mediante gas caliente los componentes del sector de baja que se sometan a la presión de desescarche deberán tener una presión de diseño de 50 bar, es decir, los propios evaporadores, la tubería, válvulas de paso y demás componentes del circuito que puedan estar en contacto con el gas caliente; el resto de tubería de líquido, aspiración y vaciado, así como válvulas, automatismos y separador de bombas del sector de baja podrán estar diseñados y protegidos en función de la presión máxima de servicio establecida para el sector de baja.
EliminadoEn caso de que se utilice otro tipo de desescarche éste se realizará de forma que no pueda quedar CO2líquido atrapado en el evaporador.
Eliminadoc) En cualquier caso, las presiones de diseño de los componentes de estas instalaciones serán necesariamente superiores a las presiones máximas de trabajo calculadas para que puedan absorber:
Eliminadoi) Los aumentos de presión por acumulación de incondensables.
Eliminadoii) El margen para el ajuste de los mecanismos limitadores de presión.
Eliminadoiii) El margen para el tarado de las válvulas de seguridad.
Eliminado5.2.3 Instalaciones que utilizan R-744 (CO2).
Eliminado5.2.3.1 Características principales del R-744.
EliminadoAunque es un compuesto no tóxico, exposiciones a valores mayores que el 3% ocasionan una sensación de malestar, provocando hiperventilación, taquicardia, dolor de cabeza, vértigo, sudoración y desorientación. Exposiciones a concentraciones superiores al 10% pueden conducir a la pérdida de la conciencia y la muerte; concentraciones mayores al 30% provocan rápidamente la muerte. Los efectos se incrementan con los trabajos pesados, del alto consumo metabólico.
EliminadoEn presencia de agua puede formar ácido carbónico, con el consiguiente riesgo de ataque químico, por ello deberá emplearse en las instalaciones frigoríficas, únicamente anhídrido carbónico seco.
EliminadoReacciona con el R-717 formando carbamato amónico, el cual es un polvo blanco que puede obstruir las tuberías y los orificios, sin embargo, es soluble en agua y se disocia en amoníaco y anhídrido carbónico por encima de +60 ºC.
Eliminado5.2.3.2 Peligros más significativos.
Eliminadoa) Durante el funcionamiento y con la instalación parada todos los elementos del circuito estarán a presiones superiores a la atmosférica.
Eliminadob) Al despresurizar o al trasvasar en estado líquido existe el peligro de bloqueo por solidificación del CO2que ocurrirá a presiones inferiores a 5.2 bar absolutos.
Eliminadoc) Uno de los principales peligros en el empleo del CO2es su eventual concentración en espacios confinados.
Eliminadod) La entrada de CO2líquido en los compresores causa graves daños que provocarán roturas y escapes de CO2a la atmósfera.
Eliminadoe) El CO2líquido tiene un coeficiente de dilatación térmica muy elevado. Su presión, si queda atrapado en tuberías y accesorios, subirá rápidamente al aumentar la temperatura ambiente y supondrá un grave riesgo de rotura (usualmente muy brusca) de los componentes. Incluso podrá provocar que trozos de tuberías y otras piezas mecánicas se proyecten a gran velocidad. En ciertas circunstancias esto podrá suceder también en su forma gaseosa.
Eliminadof) En presencia de agua podrá formar ácido carbónico con el consiguiente riesgo de ataque químico.
Eliminado5.2.3.3 Precauciones a tener en consideración.
Eliminadoa) Antes de cargar el CO2en las instalaciones se hará un vacío hasta una presión de 675 Pa o inferior y se mantendrá al menos durante 6 horas sin que se aprecie aumentos de presión por entrada de aire o evaporación de residuos de agua. El objetivo será conseguir que los circuitos sean estancos y estén secos antes de cargar el CO2.
Eliminadob) La presencia de agua en el circuito frigorífico con refrigerante CO2es muy perjudicial. Por este motivo se deberá mantener en todo momento un contenido de agua inferior al máximo que puedan absorber los vapores de refrigerante saturados de humedad (sin que haya por tanto saturación de agua). Para lograrlo, además de utilizar en la carga de la instalación CO2seco, se instalarán filtros deshidratadores y se realizarán controles anuales del contenido del agua en fase líquida, los cuales se podrán llevar a efecto durante las revisiones periódicas establecidas.
Eliminadoc) En espacios confinados se tomarán medidas que garanticen la ventilación adecuada de éstos antes de la entrada de personas en los mismos.
Eliminadod) Cualquier manipulación de todo componente requerirá despresurización previa.
Eliminadoe) Se prohíbe soldar o calentar con llama cualquier componente de los circuitos de CO2salvo que previamente hayan sido convenientemente vaciados y llenados con aire o nitrógeno exento de oxígeno.
Eliminadof) En superficies exteriores de tuberías, depósitos y demás componentes de acero de las instalaciones con CO2se producen con facilidad corrosiones debilitando el espesor y con ellos su resistencia mecánica. Por ejemplo, por condensaciones en las partes de bajas temperaturas con superficies no protegidas. Para evitarlo se aislarán las tuberías frías y se pintarán todas las superficies manteniéndolas en buen estado durante toda la vida útil de las plantas.
Eliminadog) Debido a los problemas de corrosiones y considerando que las tuberías necesarias en las instalaciones de CO2son relativamente de pequeño diámetro será preferible el uso de tuberías de cobre o acero inoxidable, salvo que se adopten medidas que eviten dichas corrosiones.
Eliminadoh) Siempre que se vaya a entrar en un recipiente que haya contenido R-744 o en un recinto dónde, por efecto de la apertura de una parte del circuito, se haya podido formar una concentración peligrosa, se deberá tener en consideración la reglamentación existente sobre trabajo en espacios confinados (véase nota técnica de prevención NTP223 editada por el Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo).
Eliminadoi) Se adoptarán las disposiciones adecuadas para evitar que el refrigerante líquido quede encerrado entre componentes o dentro de los mismos de forma que un incremento de temperatura no pueda dar lugar a una rotura de la tubería o del componente, por ejemplo, mediante una válvula de alivio, válvula manual precintada o procedimiento similar que evite con garantía dicho riesgo.
Eliminadoj) Todas las bombas de refrigerante que puedan independizarse mediante válvulas de cierre deberán disponer de válvulas de alivio.
Eliminadok) La tubería de impulsión de las bombas de refrigerante llevará una válvula de alivio independiente de otros automatismos.
Eliminadol) Se adoptarán medidas para evitar que, la apertura de parte del circuito que habitualmente funciona a temperaturas inferiores a 0 ºC (aun perteneciendo al lado de alta del escalón de baja), ocasione condensaciones internas.
Eliminadom) Las tuberías de salida de las válvulas de seguridad o de alivio con descarga al exterior del circuito estarán diseñadas y montadas de manera que se evite el riesgo de bloqueo por formación de CO2sólido.
Eliminado5.2.3.4 Detectores de fugas para CO2
EliminadoEn las salas de máquinas y en los locales de más de 30 m3en los que se utilice este refrigerante, cuando la carga total de R-744 en la instalación dividida por el volumen del local arroje un valor superior al límite práctico indicado en la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, deberá montarse, a una altura inferior a 1 metro sobre el nivel del suelo, un detector de gas con los niveles de actuación siguientes:
Eliminado5 000 p.p.m. (V/V), valor límite inferior de alarma.
Eliminado10 000 p.p.m. (V/V), valor límite superior de alarma.
EliminadoEn el valor límite inferior se activará una alarma y se procederá a ventilar el recinto. En el valor límite superior se prohibirá la estancia a personas salvo que estén protegidas con equipos de respiración autónomo.
Eliminado5.2.4 Materiales para instalaciones con refrigerante CO2.
Eliminadoa) Por la coincidencia de las altas presiones y bajas temperaturas de utilización, en las tuberías de interconexión de los componentes de los sistemas que trabajen con CO2, deberán emplearse materiales con una resiliencia adecuada a las temperaturas de trabajo (aceros especiales, aceros inoxidables o cobre).
Eliminadob) Puesto que el cobre es también compatible con la mayoría de los refrigerantes empleados en el sector de baja, es utilizable en el montaje de tuberías. No obstante, las altas presiones asociadas a éstos refrigerantes aconsejan establecer unos espesores mínimos, los cuales estarán de acuerdo con la ecuación:
Eliminado
EliminadoDonde:
EliminadoT = Espesor pared (mm).
EliminadoD = Diámetro exterior del tubo (mm).
EliminadoP = Presión máxima admisible en bar (relativa).
EliminadoF = Resistencia en N/mm2para el tubo de cobre recocido.
EliminadoEl espesor mínimo no será inferior en ningún caso a 0.7 mm.
EliminadoO bien se habrán determinado de acuerdo con un código internacionalmente reconocido o una norma armonizada, debiéndose destacar las siguientes consideraciones:
Eliminadoi) Cualquiera que sea la resistencia a la tracción y/o el límite elástico indicados en las características mecánicas del mismo, habrá que considerar los valores correspondientes al material recocido, tal como se establece en los diversos códigos y normas, debido al procedimiento de soldadura fuerte utilizado con el cobre.
Eliminadoii) Asimismo, habrá que tener en consideración las tolerancias constructivas del tubo empleado, minorando la misma del espesor a analizar.
Eliminadoiii) En los sistemas transcríticos habrá que cerciorarse previamente de que el procedimiento de cálculo es adecuado para el rango de presiones que tienen lugar.
EliminadoEl cálculo justificativo de la selección de los espesores se reflejará en la memoria o el proyecto, por el instalador frigorista o por el técnico competente según se trate. Con cualquier refrigerante que permita el uso del cobre, se aplicarán estos mismos criterios de diseño y justificación documental.
Eliminado5.3 Pistas de patinaje sobre hielo.
EliminadoLas pistas de patinaje deberán ser consideradas como locales de tipo B. Deberá haber en ellas suficientes salidas de emergencia, tal y como se indica en el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
EliminadoSe podrán utilizar todo tipo de sistemas indirectos.
EliminadoEn los sistemas con partes del circuito conteniendo refrigerante, separados herméticamente de la ocupación general, se podrán utilizar refrigerantes de los grupos de seguridad L1 y L2 con ODP = 0.
Eliminado5.3.1 Pistas de patinaje cubiertas.
EliminadoLos sistemas se podrán considerar como indirectos, si las partes conteniendo refrigerante están separadas de la zona ocupada por público por un suelo de hormigón armado adecuado, sellado herméticamente. En tal caso, deberán satisfacerse los siguientes requisitos:
Eliminadoa) Contará con recipientes de refrigerante que puedan contener la carga total de refrigerante.
Eliminadob) En la zona de la pista, las tuberías y colectores estarán soldados, sin bridas y empotrados en el suelo de hormigón.
Eliminadoc) Las tuberías y colectores de distribución laterales estarán dispuestos en una galería técnica independiente, adecuadamente ventilada y hermética hacia la zona de público, comunicada con la sala de máquinas.
Eliminadod) El sector de baja será diseñado para la misma presión que la del sector de alta.
Eliminado5.3.2 Pistas de patinaje al aire libre e instalaciones para actividades deportivas similares.
EliminadoTodo el equipo, las tuberías y los elementos frigoríficos, deberán estar completamente protegidos frente a intervenciones no autorizadas y dispuestos de tal forma que sean accesibles para su inspección. Serán de aplicación los requisitos establecidos en el apartado 5.3.1.
EliminadoAPÉNDICE 1
EliminadoTablas A y B
EliminadoTabla A
EliminadoRequisitos de límite de carga para refrigerantes basados en su toxicidad
Eliminado| Categoría de toxicidad | Categoría del local por accesibilidad | Tipo de ubicación de los sistemas | | |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| 1 | 2 | 3 | 4 | |
| A | A | Límite toxicidad x volumen del local o apéndice 4. | Sin límites de carga (a) | Los requisitos de carga por toxicidad tendrán que evaluarse según las categorías de los locales por ubicación de los sistemas 1,2 o 3 dependiendo de la ubicación de la envolvente ventilada. |
| B | Plantas superiores sin salidas de emergencia o sótanos. | Límite toxicidad x volumen del local o apéndice 4. | Sin límites de carga (a). | |
| Otros. | Sin límites de carga (a). | | | |
| C | Plantas superiores sin salidas de emergencia o sótanos. | Límite toxicidad x volumen del local o apéndice 4. | | |
| Otros. | Sin límites de carga (a). | | | |
| B | A | Para sistemas de absorción o adsorción sellados: límite de toxicidad x volumen del local y no más de 2,5 kg. Resto de sistemas: límite de toxicidad x volumen del local. | Sin límites de carga (a) | |
| B | Plantas superiores sin salidas de emergencia o sótanos. | Límite de toxicidad x volumen del local. | Carga máx. 25 kg (a). | |
| Densidad de personal inferior a 1 persona por 10m 2 . | Carga máx. 10 kg. | Sin límites de carga (a). | | |
| Otros. | Carga máx. 25 kg (a). | | | |
| C | Densidad de personal inferior a 1 persona por 10m 2 . | Carga no mayor de 50 kg (a) y salidas de emergencia existentes. | Sin límites de carga (a). | |
| Otros. | Carga máx. 10 kg (a). | Carga máx. 25 kg (a). | | |
| a) Para aire exterior aplicar límite de toxicidad por volumen del local punto 3.3.2 de IF-04 y para salas de máquinas IF-07. | | | | |
EliminadoTabla B
EliminadoRequisitos de límite de carga para sistemas de refrigeración basados en la inflamabilidad
Eliminado| Categoría de inflamabilidad | Categoría del local por accesibilidad | Tipo de ubicación de los sistemas | | | |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| 1 | 2 | 3 | 4 | | |
| 2L | A | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no superior a m 2 a x1,5 o según apéndice 4 pero no superior a m 3 b x1,5. | Sin límite de carga c | Carga de refrigerante no superior a m 3 b x 1,5 |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero no más de m 2 a x 1,5 o según apéndice 4 y no superior a m 3 b x 1,5. | | | | |
| B | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no superior a m 2 a x1,5 o según apéndice 4 pero no superior a m 3 b 1,5. | | | |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero no más de m 2 a x 1,5 o según apéndice 4 y no superior a m 3 b x 1,5. | 20% x LII x volumen del local y no más de 25 kg c o según apéndice 4 pero no más de m 3 b x 1,5. | | | |
| C | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no superior a m 2 a x1,5 o según apéndice 4 pero no superior a m 3 b x1,5. | | | |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero no más de m 2 a x 1,5 o según apéndice 4 y no superior a m 3 b x 1,5. | 20% xLII x volumen del local y no más de 25 kg o según apéndice 4 pero no más de m 3 b x 1,5. | | | |
| Inferior a 1 persona por cada 10 m 2 . | 20% del LII x volumen del local y no más de 50 kg c o según apéndice 4 y no más de m 3 b x 1,5. | Sin límites de carga c . | | | |
| 2 | A | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no más de m 2 a . | Sin restricciones c | Carga de refrigerante no superior a m 3 b |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero máximo m 2 a . | | | | |
| B | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no más de m 2 a . | | | |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero máximo m 2 a . | | | | |
| C | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no más de m 2 a . | | | |
| Otras aplicaciones. | Sótanos. | 20% x LII x volumen del local pero máximo m 2 a . | | | |
| Plantas superiores. | 20% del LII x volumen del local pero máx 10 kg c . | 20% del LII x volumen del local pero máx 25 kg c . | | | |
| a) m2= 26 m3x LII. b) m3= 130 m3x LII. c) Para aire exterior aplicar límite de toxicidad por volumen del local punto 3.3.2 de IF-04 y para salas de máquinas IF-07. | | | | | |
| 3 | A | Confort humano. | Según apéndice 3 y no más del valor mayor de m 2 o 1,5 kg. | No más de 5kg c | Carga del refrigerante no mayor de m 3 b |
| Otras aplicaciones. | En sótanos. | Solo sistemas sellado: 20% x LII x volumen del local y no más de 1kg. | | | |
| Sobre nivel terreno. | Solo sistemas sellados 20% x LII x volumen del local y no más de 1,5kg. | | | | |
| B | Confort humano. | Según apéndice 3 y no más del valor mayor de m 2 o 1,5 kg. | No más de 10 kg c | | |
| Otras aplicaciones. | En sótanos. | 20% del LII por volumen del local y no más de 1 kg a . | | | |
| Sobre nivel terreno. | 20% del LII por volumen del local y no más de 2,5 kg. | | | | |
| C | Confort humano. | Según apéndice 3 y no más del valor mayor de m 2 o 1,5 kg. | Sin restricciones c | | |
| Otras aplicaciones. | En sótanos. | 20% del LII por volumen del local y no más de 1 kg c . | | | |
| Sobre nivel terreno. | 20% x LII x volumen del local y no más de 10 kg c . | 20% x LII x volumen del local y no más de 25 kg c . | | | |
| a) m2= 26 m3x LII. b) m3= 130 m3x LII. c) Para aire exterior aplicar límite de toxicidad por volumen del local punto 3.3.2 de IF-04 y para salas de máquinas IF-0. | | | | | |
EliminadoAPÉNDICE 2
EliminadoEstimación de la máxima carga admisible
Eliminado1. Requisitos de cargas máximas de refrigerante para sistemas frigoríficos.
EliminadoLos límites prácticos para los refrigerantes (véase apéndice 1, tabla A de la IF-02), están basados en el efecto de un escape súbito de refrigerante con un tiempo de exposición breve. No se refieren a los límites de seguridad para una exposición regular diaria. Los límites prácticos serán utilizados para determinar la carga máxima admisible en función de la categoría del local, tal y como se refleja en las tablas A y B del apéndice 1, de esta instrucción.
EliminadoEl procedimiento a aplicar será el siguiente:
Eliminadoa) Determinar la clasificación del local en donde se empleen los sistemas, según articulo 7 (A, B y C) y el tipo de ubicación del sistema (1, 2, 3 y 4) según artículo 6.2.
Eliminadob) Determinar la categoría de toxicidad del refrigerante utilizado en el sistema de refrigeración que será la categoría A o B, correspondiendo al primer carácter reflejado en la clase de seguridad del Apéndice 1, Tabla A de la IF-02. El límite de toxicidad de los valores ATEL/ODL o el límite práctico indicados en de la citada Tabla A del Apéndice 1 de la IF-02, elegir el mayor de los dos.
Eliminadoc) Calcular la carga máxima para el sistema de refrigeración basada en la toxicidad, como la mayor de:
Eliminadoi. Carga máxima a partir de la tabla A del Apéndice 1 de esta IF.
Eliminadoii. 20 m3multiplicados por la carga máxima para toxicidad con sistemas de refrigeración sellados herméticamente.
Eliminadoiii. 150 gr para sistemas de refrigeración herméticamente sellados que utilicen refrigerantes de la clase de toxicidad A.
Eliminadod) Determinar la clase de inflamabilidad del refrigerante usado en el sistema, que será de las categorías 1, 2L, 2 o 3, que es el carácter indicado a continuación de la letra A o B en la columna del grupo de seguridad de la tabla A en el apéndice 1 de la IF-02, véase el LII correspondiente en la misma tabla.
Eliminadoe) Determinar la carga máxima de refrigerante utilizado en el sistema basada en la inflamabilidad, como la mayor de:
Eliminadoi. Carga máxima a partir de la tabla B del Apéndice 1 de esta IF.
Eliminadoii. m1x 1,5 para sistemas de refrigeración herméticamente sellados utilizando la categoría de inflamabilidad 2L.
Eliminadoiii. m1para sistemas de refrigeración herméticamente sellados, utilizando la categoría de inflamabilidad 2 y 3.
Eliminadoiv. 150 gr para sistemas de refrigeración herméticamente sellados.
Eliminadof) Aplicar la carga menor de refrigerante obtenida con los supuestos c) y e). Para determinar la carga máxima de refrigerante con refrigerantes de la categoría de inflamabilidad 1, no es aplicable.
EliminadoLas cargas máximas de refrigerante representados en la tabla B del apéndice 1 de esta IF-04 se les ha puesto un tope de manera que coincidan con los limites basados en los LII (límite inferior de inflamabilidad) de los refrigerantes según tabla A del apéndice 1 de la IF02.
EliminadoEn el caso de las categorías de seguridad 2 y 3 los factores básicos del tope son m1, m2y m3. Para refrigerantes de la categoría de inflamabilidad 2L, el factor básico de tope se aumenta con el factor 1,5 al reconocer la menor velocidad de propagación de la llama en estos refrigerantes lo que conduce a reducir la probabilidad y consecuencias de la ignición.
EliminadoLos factores de tope se muestran en la tabla B del apéndice 1 y son los siguientes:
Eliminadom1= 4 m3× LII
Eliminadom2= 26 m3× LII
Eliminadom3= 130 m3× LII
EliminadoEn donde los valores de los límites inferiores de inflamabilidad (LII) son los que aparecen en la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, en kg/m3. Los multiplicadores 4, 26 y 130 se basan en cargas 150 gr, 1 kg y 5 kg del refrigerante R-290.
EliminadoAPÉNDICE 3
EliminadoEstimación de la máxima carga admisible por inflamabilidad para sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor, en la aplicación para confort humano
Eliminado1. Partes conteniendo refrigerante en un espacio ocupado.
EliminadoCuando la carga de un refrigerante con inflamabilidad categoría 2L supera el valor m1x 1,5, la máxima carga de refrigerante admisible en el local se calculará con la fórmula (1). Si la carga de refrigerante con categoría de inflamabilidad 2 o 3 supera m1, la carga máxima en el local se calculará con la formula (1) o la superficie mínima el suelo Aminpara poder instalar el sistema con carga m (kg) se calculará con la fórmula (2):
Eliminadommax= 2,5 × LII5/4× h0× A1/2(1)
Eliminado*A*min=*m2/*(2,5 × LII5/4×*h*0)2(2)
EliminadoDonde:
Eliminadommáx: es la carga máxima permitida en el recinto en kg.
EliminadoA: es el área del recinto en m2.
EliminadoAmin: es la superficie mínima del suelo.
EliminadoLII: es el límite inferior de inflamabilidad en kg/m3.
Eliminadoh0: es la altura de instalación del aparato en m:
Eliminado– 0,6 m para un emplazamiento al suelo.
Eliminado– 1,8 m para un montaje en la pared.
Eliminado– 1,0 m para equipos de ventana.
Eliminado– 2,2 m para equipos de techo.
EliminadoDonde LII es el límite inferior de inflamabilidad según tabla A del apéndice 1 de la IF-02 y la masa molecular del refrigerante es superior a 42 gr/mol.
Eliminado2. Requisitos especiales para sistemas de acondicionamiento de aire o bombas de calor formados por una sola unidad compacta, no fija, sellada en fábrica y con carga limitada.
EliminadoPara unidades no fijas, selladas herméticas en fábrica formadas por una sola unidad compacta (unidad funcional en una solo envolvente) con una cantidad de carga según la ecuación (3), la carga máxima debe de cumplir con la fórmula (4), o la superficie de suelo mínima requerida Aminpara instalar el equipo con una carga de refrigerante determinada m (kg) debe cumplir con la fórmula (5).
Eliminado(4 m3) x LII < m ≤ 8 m3x LII (3)
Eliminadommax= 0,25 x A x LII x 2,2 (4)
EliminadoAmin= m/(0,25 x LII x 2,2) (5)
EliminadoDonde:
Eliminadommax.: es la carga máxima permitida en kg.
Eliminadom: es la carga de refrigerante en el sistema en kg.
EliminadoAmin: es la superficie de suelo mínima requerida en m2.
EliminadoA: es la superficie de suelo en m2.
EliminadoLII: es el límite inferior de inflamabilidad (LII) en kg/m3, indicado en la tabla A del Apéndice 1 de la IF-02.
EliminadoEl equipo puede ubicarse a cualquier altura sobre el suelo. Cuando se ponga en funcionamiento, entrará en servicio un ventilador que suministrará de manera continua el caudal de aire mínimo requerido en condiciones de marcha normales de estado estable, incluso cuando el compresor pare por termostato.
EliminadoAPÉNDICE 4
EliminadoAlternativa para la gestión del riesgo en sistemas de refrigeración situados en espacios ocupados
Eliminado1. General.
EliminadoDonde la combinación de categorías de clasificación y acceso de ubicación mostradas en las tablas A y B del apéndice 1 de la IF-04 permitan el uso de disposiciones alternativas, el diseñador puede elegir (para todos o algunos de los espacios ocupados atendidos por el equipo) calcular la carga de refrigerante permitida utilizando los valores RCL, QLMV o QLAV que figuran en la tabla A de este apéndice 4. Todos los espacios ocupados en los que se encuentre alguna parte del sistema que contenga refrigerante deberán ser tenidos en cuenta en el cálculo de la carga admisible de refrigerante. Estas disposiciones alternativas pueden usarse sólo para un espacio ocupado que cumple todas las condiciones siguientes:
Eliminadoa) Sistemas donde el refrigerante se clasifica como clase de seguridad A1 o A2L según tabla A del apéndice 1 de IF-02.
Eliminadob) Sistemas donde la carga de refrigerante no exceda de 150 kg y no exceda de 1,5 × m3para refrigerantes A2L.
Eliminadoc) Sistemas en los que la capacidad de enfriamiento (calefacción) de la unidad interior no supere el 25% de la capacidad total de enfriamiento (calefacción) de las unidades situadas en el exterior y donde las tuberías que atienden los equipos situados en el espacio ocupado en cuestión no están sobredimensionadas en relación con la capacidad del equipo.
Eliminadod) La ubicación del sistema es tipo 2.
Eliminadoe) Sistemas en los que el intercambiador de calor de la unidad interior y el control del sistema están diseñados para evitar daños debido a la formación de hielo.
Eliminadof) Sistemas donde las partes que contienen refrigerante de la unidad interior están protegidas contra la rotura del ventilador o el ventilador está diseñado para evitar que se rompa.
Eliminadog) Sistemas donde se utilizan sólo uniones permanentes en el espacio ocupado en cuestión, excepto para las juntas realizadas «in situ» para unir directamente la unidad interior a la tubería.
Eliminadoh) Sistemas donde se instalan los tubos que contienen el refrigerante en el espacio ocupado en cuestión de manera tal que estén protegidos contra daño accidental según apartado 3.3 de la IF-06 y apartado 3 de este apéndice.
Eliminadoi) Disposiciones alternativas para garantizar la seguridad se proporcionan en los apartados 2.2 y 2.3 de este apéndice.
Eliminadoj) Las puertas del espacio ocupado no son estancas.
Eliminadok) El efecto del flujo descendente se mitiga aplicando el apartado 2.4 de este apéndice.
EliminadoSiempre que se cumplan todas las condiciones anteriores, se supone que la fuga máxima en el espacio ocupado no es mayor que la resultante de un poro y la carga máxima se calcula sobre esa base.
Eliminado2. Carga permisible.
Eliminado2.1 Generalidades.
EliminadoPara los espacios ocupados de más de 250 m2, el cálculo de límites de carga utilizará 250 m2como superficie de la sala para la determinación del volumen de la habitación.
EliminadoLa carga total del sistema dividida por el volumen de la sala no debe exceder el valor de QLMV en la tabla A de este apéndice (o si la planta más baja es subterránea), el valor de RCL de tabla B a menos que se tomen las medidas apropiadas. Si el valor excede al QLMV o al RCL, se tomarán las medidas apropiadas de acuerdo con apartado 2.2 o 2.3. La medida más adecuada será la ventilación (natural o mecánica), las válvulas de cierre de seguridad y la alarma de seguridad, junto con un dispositivo de detección de gas. La alarma de seguridad por sí sola no se considerará como una medida apropiada cuando los ocupantes estén restringidos en su movimiento.
EliminadoNOTA 1. Para sistemas instalados y operados dentro de las restricciones del apartado 1 se ha minimizado el riesgo de liberación rápida de refrigerante a través de una fuga importante. Por lo tanto, el cálculo de la tasa de ventilación en este anexo se basa en una tasa máxima de fugas de 10 kg/h.
EliminadoNOTA 2. QLMV se basa en una altura de la sala de 2,2 m una abertura de 0,0032 m2(calculada a partir de una puerta de 0,8 m de ancho y una separación de 4 mm típica de las habitaciones diseñadas sin ventilación).
EliminadoNOTA 3. QLAV se basa en una concentración de oxígeno de 18,5% en volumen, suponiendo una mezcla homogénea.
EliminadoNOTA 4. En el apéndice 5 se pueden ver ejemplos del cálculo.
EliminadoTabla A
EliminadoCarga de refrigerantes admisibles
Eliminado| Refrigerante | Concentración admisible (kg/m3) RCI | QLMV (kg/m3) | QLAV (kg/m3) |
| --- | --- | --- | --- |
| R-22 | 0,21 | 0,28 | 0,50 a |
| R-134a | 0,21 | 0,28 | 0,58 a |
| R-407C | 0,27 | 0,44 | 0,49 a |
| R-410A | 0,39 | 0,42 | 0,42ª |
| R-744 | 0,072 | 0,074 | 0,18 b |
| R-32 | 0,061 | 0,063 | 0,15 c |
| R-1234yf | 0,058 | 0,060 | 0,14 c |
| R-1234ze | 0,061 | 0,063 | 0,15 c |
EliminadoaBasado en el ODL.
EliminadobBasado en una concentración del 10%.
EliminadocBasado en el 50% del LII.
EliminadoPara los refrigerantes no enumerados en la tabla A, la QLAV será el menor entre:
EliminadoPara R-744 una fracción de volumen de 10% (debido al efecto anestésico agudo);
EliminadoODL;
Eliminado50% de LII para refrigerantes de clase 2L.
EliminadoPara los refrigerantes no enumerados en la tabla A, la fórmula (6) se utilizará para el cálculo de QLMV:
EliminadoQMLV =*s*│*x = RCL*×*ṁ*(6)
EliminadoDonde:
Eliminado*s*│*x = RCL*= Es el punto en el tiempo normalizado s, cuando la concentración x = RCL, se encuentra resolviendo.
Eliminado
Eliminadox = Es la masa de refrigerante en la habitación (kg/m3).
Eliminados = Es el tiempo transcurrido desde que se inició la fuga dividido por el volumen de la habitación (s/m3).
Eliminadom = Es la tasa de fugas del sistema de refrigeración (0,00278 kg/s).
EliminadoA = Es el área de abertura (m2) necesaria para dar la tasa mínima de ventilación típica de recintos sin diseño para ventilación, 0,004 m x 0,8 m = 0,0032 m2.
Eliminadoc = Es el coeficiente de flujo igual a 1.
Eliminadoρ = Es la densidad de la mezcla de aire y refrigerante (kg/m3) donde
Eliminado
Eliminadoρa= Es la densidad del aire (kg/m3) (calculada sobre la base de la masa molar de aire = 29 e ISO 817).
Eliminadoρr= Es la densidad del refrigerante (kg/m3) (calculada sobre la base de la masa molar e ISO 817).
Eliminadoh = Es la altura del techo (m).
EliminadoEl QLMV de los refrigerantes con masa molecular entre 50 gr/mol y 125 gr/mol puede determinarse mediante interpolación lineal de los valores indicados en la tabla B.
EliminadoCuando lo anterior da un QLMV indefinido o un QLMV por encima de QLAV, se utilizará QLMV igual a QLAV.
EliminadoTabla B
EliminadoTabla de interpolación para calcular el QLMV
Eliminado| RCL | | Masa molar | | |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| 50 | 75 | 100 | 125 | |
| 0,05 | 0,051 | 0,051 | 0,051 | 0,051 |
| 0,10 | 0,106 | 0,108 | 0,108 | 0,109 |
| 0,15 | 0,168 | 0,173 | 0,175 | 0,176 |
| 0,20 | 0,242 | 0,254 | 0,260 | 0,264 |
| 0,25 | 0,336 | 0,367 | 0,383 | 0,394 |
| 0,30 | 0,470 | 0,564 | 0,633 | 0,689 |
| 0,35 | 0,724 | – | – | – |
Eliminado2.2 Ocupaciones excepto en la planta sótano del edificio.
EliminadoCuando la carga de refrigerante dividida por el volumen de la sala no excede la QLMV, no se requieren medidas adicionales.
EliminadoCuando el valor sea mayor que el QLMV, pero menor o igual que el valor QLAV, se aplicarán al menos una de las medidas descritas en los apartados 3 y 4 de este apéndice. Cuando el valor exceda a la QLAV, se aplicarán al menos dos de las medidas especificadas.
Eliminado2.3 Ocupaciones en la planta sótano del edificio.
EliminadoCuando la carga de refrigerante dividida por el volumen de la sala es superior al valor de RCL de la tabla A, pero menor o igual que el valor de QLMV, se aplicará al menos una de las medidas descritas en los siguientes apartados: 3 y 4 de este apéndice, colocación de un detector de acuerdo con el apartado 3 de la IF-16. Cuando el valor exceda al QLMV, se aplicarán al menos dos de las medidas especificadas. El valor no excederá el valor de QLAV.
Eliminado2.4 Efecto del descenso del flujo.
EliminadoIncluso si no hay un sistema de refrigeración en la planta inferior, en los emplazamientos donde la carga del sistema mayor en el edificio, dividida por el volumen total del piso más bajo, exceda del valor de QLMV, se montará una ventilación mecánica de acuerdo con el apartado 3.3 de este apéndice.
Eliminado3. Requisitos para las disposiciones alternativas.
Eliminado3.1 General.
EliminadoEstas medidas adicionales sólo se aplican a los sistemas descritos en este apéndice.
EliminadoEn el caso de que una unidad interior este ubicada en el interior o la tubería pase a través de un espacio ocupado con un volumen de tal tamaño que la carga total exceda la carga permitida según el apartado 2, o se superen los límites prácticos, las disposiciones alternativas descritas en este apartado 3 pueden ser aplicadas para garantizar la seguridad.
Eliminado3.2 Espacio ocupado.
EliminadoSi la unidad interior está situada a una altura inferior a 1,8 m del suelo, se preverá un ventilador de la unidad interior, un recirculador o una ventilación mecánica para evitar el riesgo de que el refrigerante se estanque en caso de fuga, funcionará continuamente o será activado por un detector. Si se prevé, a nivel del suelo, una abertura que permita la dilución del ambiente, tal como un hueco debajo de la puerta, es aceptable colocar el equipo bajo sin mezcla con el aire.
EliminadoEl espacio donde se instala la unidad interior podrá estar clasificado como Categoría A según el artículo 7 del presente Reglamento. Las unidades interiores no se deben usar en una habitación sellada sin ventilación al exterior de la misma. El equipo y las tuberías de interior deberán estar montados y protegidos de forma que no pueda producirse una rotura accidental de los mismos, por sucesos tales como movimiento de muebles o actividades de reconstrucción.
Eliminado3.3 Ventilación.
Eliminado3.3.1 Generalidades.
EliminadoLas estimaciones según apartados 2.2 y 2.3 pueden requerir el empleo de ventilación como medida de seguridad.
EliminadoLa ventilación debe hacerse hacia un lugar donde haya suficiente aire para diluir la fuga de refrigerante tal como al aire libre o a un gran espacio ocupado. El lugar de interior utilizado para proporcionar el aire de ventilación debe tener un volumen suficiente, incluyendo el volumen de la habitación en la que esté instalada la unidad interior, para asegurar que no se supera la carga límite mínima ventilación (QLMV). La ventilación interior se realizará en una habitación que tenga el volumen suficiente para satisfacer el valor de QLMV en total con el volumen de espacio ocupado. No se tendrá en cuenta la ventilación natural al aire libre.
EliminadoLos valores de QLMV se encuentran en este mismo apéndice.
Eliminado3.3.2 Aberturas de renovación (para diluir la concentración) mediante convección natural.
EliminadoLas aberturas para renovación de aire se proporcionarán tanto en la parte superior como en la inferior. Para estas aberturas de renovación, la suma de las áreas a nivel superior y la suma de las áreas a nivel inferior deberán ser por lo menos el área determinada de la fórmula (7). Esta área se puede dividir en dos o más aberturas en cada localización alta y baja, que estarán a su vez situadas cerca del techo y del suelo respectivamente. Si el techo está suspendido y la pared no llega al mismo en habitaciones contiguas, entonces la abertura superior no es necesaria.
Eliminado(7)
EliminadoDonde:
EliminadoA = Es el área de abertura necesaria en m2.
Eliminadom = Es la carga de refrigerante expresada en kg.
EliminadoV = Es el volumen de la habitación, expresado en m3.
EliminadoQLMV= Es carga límite con mínima ventilación en kg/m3.
EliminadoEl borde inferior de la abertura inferior deberá estar a una altura de 0,2 m o menos del suelo. El borde superior de la abertura superior debe ser igual o superior al borde superior de la abertura de la puerta.
EliminadoVentilación mecánica.
Eliminado3.3.2.1 Caudal de aire requerido.
EliminadoPara Q × RCL/10 < 1, el caudal de aire real, no nominal, de la ventilación mecánica debe ser al menos la cantidad que satisface la fórmula (8). Para Q × RCL / 10 ≥ 1, el caudal de aire se determinará de acuerdo con la fórmula (9)
Eliminado(8)
Eliminado(9)
EliminadoDonde:
Eliminadom = Es la carga de refrigerante en kg.
EliminadoV = Es el volumen de la habitación, expresado en m3.
Eliminado10 = Es la tasa máxima de fuga esperada, en kg/h.
EliminadoQ = Es el caudal de aire de ventilación en m3/h.
EliminadoRCL = Es la concentración límite de refrigerante en kg/m3.
Eliminadoln = Logaritmo natural.
EliminadoLa ecuación (9) puede también ser empleada en lugar de la (8), sin embargo, como consecuencia de la simplificación, proporciona un valor de flujo de aire más alto.
Eliminado3.3.2.2 Aberturas de ventilación mecánica.
EliminadoEl borde inferior de la abertura de ventilación mecánica debe ser lo más bajo posible y no más de 0,2 m del suelo.
EliminadoLas aberturas de extracción deben estar situadas a una distancia suficiente de las aberturas de admisión para evitar la recirculación en el espacio ocupado. Además de las aberturas para la extracción del aire, las aberturas de entrada de aire deberán tener la misma superficie libre que las de extracción.
Eliminado3.3.2.3 Funcionamiento de la ventilación mecánica.
EliminadoLa ventilación mecánica debe estar funcionando permanentemente o debe ser conectada por un detector según apartado 3 de la IF-16.
Eliminado3.4 Válvulas de cierre para seguridad.
Eliminado3.4.1 Generalidades.
EliminadoSi se emplean válvulas de cierre como seguridad como medida preventiva, de acuerdo con el apartado 2 de este apéndice, se colocarán en una posición apropiada en un circuito de refrigeración. En caso de fuga de refrigerante, las válvulas deberán cerrar de manera que la cantidad de refrigerante fugada al espacio ocupado sea inferior al valor de QLMV.
EliminadoSe utilizará el valor RCL, que se facilita en la tabla A de este apéndice, en lugar de QLMV para el piso subterráneo más bajo del edificio. Las válvulas aislarán el circuito de refrigeración del espacio ocupado mediante el control de un detector de acuerdo con el apartado 3 de la IF-16. El fabricante o el instalador del equipo proporcionará los datos necesarios para calcular la cantidad de refrigerante que puede penetrar en el espacio ocupado, en caso de fuga. Los datos deben incluir al menos la cantidad de refrigerante que puede fugarse considerando el tiempo de respuesta del sensor y el controlador que activa las válvulas, así como la cantidad residual de refrigerante que quedará en cada sección del sistema de refrigeración después de que las válvulas se hayan cerrado. Estas cantidades se tendrán en cuenta para determinar la cantidad de refrigerante que se fugó al espacio ocupado. Los datos deberán incluir la ubicación de la válvula en el sistema de refrigeración y la posición de los detectores en los recintos que lo requieran. Estos datos se incluirán en la documentación de instalación de acuerdo con apartado 2 de la IF-09.
Eliminado3.4.2 Ubicación.
EliminadoLas válvulas de cierre deberán estar ubicadas fuera del espacio ocupado y estarán colocadas para permitir el acceso para el mantenimiento por una empresa autorizada.
Eliminado3.4.3 Diseño.
EliminadoLas válvulas se diseñarán para cerrar en el caso de fallo de energía eléctrica, p.e. Válvulas de solenoide de retorno de resorte.
EliminadoLas válvulas en el circuito de refrigeración deben poder cortar el flujo de refrigerante en caso de una fuga del mismo sin afectar indebidamente la circulación de refrigerante en funcionamiento normal.
Eliminado4. Alarmas de seguridad.
Eliminado4.1 General.
EliminadoSi se emplean alarmas para avisar de una fuga en la sala de máquinas o en el espacio ocupado, la alarma avisará de una fuga de refrigerante de acuerdo con el apartado 4.3. La alarma será activada por la señal del detector de acuerdo con el apartado 3 de IF-16. La alarma también alertará a una persona autorizada para que tome las medidas apropiadas.
Eliminado4.2 Potencia del sistema de alarma.
EliminadoEn los casos en que se instale un sistema de alarma, la fuente de alimentación del sistema de alarma deberá ser independiente de la ventilación mecánica u otros sistemas de refrigeración que el sistema de alarma esté protegiendo.
EliminadoUn sistema de reserva que utilice baterías puede ser usado para el sistema de alarma.
Eliminado4.3 Advertencia del sistema de alarma.
EliminadoEl sistema de alarma avisará de forma audible y visible, como un zumbador fuerte (15 dB (A) por encima del nivel de fondo) y una luz intermitente.
EliminadoPara una sala de máquinas, el sistema de alarma debe advertir tanto dentro como fuera de la sala de máquinas. La alarma fuera de la sala de máquinas puede instalarse en un lugar supervisado.
EliminadoPara un espacio ocupado, el sistema de alarma debe advertir al menos dentro del espacio ocupado.
EliminadoEn locales de Categoría A según art. 7 del presente Reglamento, el sistema de alarma también avisará en un lugar supervisado, como la ubicación del portero nocturno, así como en el espacio ocupado.
EliminadoAPÉNDICE 5
EliminadoAplicación práctica tablas a y b del apéndice 1 de esta instrucción
EliminadoEjemplo 1. Acondicionador de aire con R-410A.
EliminadoDestinado a un dormitorio de una residencia privada, con una superficie de 16 m2y una altura de 2,7 m.
EliminadoEstudio clasificación:
Eliminadoa) Categoría de toxicidad del refrigerante A.
Eliminadob) Categoría de inflamabilidad 1.
Eliminadoc) Clasificación del local: categoría A.
Eliminadod) Tipo de emplazamiento: tipo 2, con compresor y condensador en exterior.
EliminadoLos requisitos de seguridad corresponden a la casilla clase de seguridad A1 de la tabla A de la IF-04. El límite práctico, de acuerdo con la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, es de 0,44 kg/m3, por lo que la carga admisible de refrigerante será de:
EliminadoCarga máxima = 0,44 x 16 x 2,7 = 19 kg
EliminadoEjemplo 2. Sistema con R-290 para refrigeración de vitrinas situadas en un colmado.
EliminadoDimensiones del local 55 m2de superficie y 3,5 m de altura.
EliminadoEstudio clasificación:
Eliminadoa) Categoría de toxicidad del refrigerante A.
Eliminadob) Categoría de inflamabilidad 3.
Eliminadoc) Clasificación del local: categoría B.
Eliminadod) Tipo de emplazamiento: tipo 1, con evaporador y compresor situados en el interior y condensador al exterior.
EliminadoLos requisitos de seguridad corresponden a la casilla clase de seguridad B1 de la tabla B categoría de encendido 3. El límite práctico, de acuerdo con la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, es de 0,008 kg/m3, por lo que la carga admisible de refrigerante será de:
EliminadoCarga máxima = 0,008 x 55 x 3,5 = 1,54 kg
EliminadoNo obstante, de acuerdo con la citada casilla clase de seguridad B1, el sistema debe ser herméticamente sellado y la carga máxima admisible es de 1,5 kg.
EliminadoEjemplo 3. Sistema con R-717 destinado a una fábrica de pizzas congeladas.
EliminadoCompresores y recipientes estarán ubicados en sala de máquinas especial, condensadores al aire libre.
EliminadoEstudio clasificación:
Eliminadoa) Categoría de toxicidad del refrigerante B.
Eliminadob) Categoría de inflamabilidad 2L.
Eliminadoc) Clasificación del local: categoría C.
Eliminadod) Tipo de emplazamiento: tipo 2, con evaporador interior, compresor y condensador en sala de máquinas especial.
EliminadoLos requisitos de seguridad corresponden a la casilla C2 de la tabla de refrigerante A del apéndice 1 por lo que se refiere a toxicidad y a C2 de la tabla B para la inflamabilidad.
EliminadoSi la densidad de personal es inferior a 1 persona/10 m2no hay límite de carga en ninguno de los dos casos. Si es mayor, entonces:
EliminadoPor toxicidad no se deben superar los 25 kg.
EliminadoPor inflamabilidad no se debe superar los 0,116 x 20/100 = 0,0232 kg/m3.
EliminadoEjemplo 4. Unidad de climatización por conductos con una carga de R-32 de 8,5 kg.
EliminadoDestinado a un restaurante con una superficie de 75 m2y una altura de 2,5 m.
EliminadoEstudio clasificación:
Eliminadoa) Categoría de toxicidad del refrigerante A.
Eliminadob) Categoría de inflamabilidad 2L.
Eliminadoc) Clasificación del local: categoría A.
EliminadoTipo de emplazamiento: tipo 2, con compresor y condensador en exterior.
EliminadoEl límite de carga máxima basado en la toxicidad es el correspondiente a la casilla A2 de la tabla A de la IF-04. El límite de toxicidad (ATEL/ODL), de acuerdo con la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, es de 0,30 kg/m3, por lo que la carga admisible de refrigerante, por su toxicidad, será de:
EliminadoLímite de carga por toxicidad = 0,30 x 75 x 2,5 = 56,25 kg.
EliminadoA continuación, se debe calcular el límite de carga máxima basado en la inflamabilidad, según criterios de la casilla A2, confort humano, de la tabla B de la IF-04. En este caso, corresponde aplicar el apéndice 3 por tratarse de una bomba de calor para confort humano. Cuando la carga de un refrigerante con inflamabilidad categoría 2L supera el valor m1x 1,5, la máxima carga de refrigerante admisible en el local se calculará con la formula (1), por lo que primeramente debemos calcular m1.
Eliminadom1× 1,5 = 4 × LII × 1,5 < 8,5 kg
EliminadoEn este caso, m1x 1,5 es inferior a la carga de la unidad, por lo que debemos aplicar la siguiente fórmula:
Eliminadommax= 2,5 × LII5/4× h0× A1/2
Eliminadommáx= es la carga máxima permitida en el recinto en kg.
EliminadoA = es el área del recinto en m2. En este ejemplo, 75 m2.
EliminadoLII = es el límite inferior de inflamabilidad en kg/m3. Para R-32, 0,307 kg/m3.
Eliminadoh0 =es la altura de instalación del aparato en m. En este caso, por tratarse de una unidad de techo el valor será 2,2.
Eliminadommax= 2,5 × 0,3075/4× 2,2 × 751/2
EliminadoPor lo que la carga máxima, debido a la inflamabilidad del refrigerante, la ubicación de la unidad interior y el área mínima a considerar, es 10,85 kg.
EliminadoEn este caso el límite de carga por inflamabilidad es inferior al límite máximo por toxicidad, por lo que el límite máximo de carga de la instalación es 10,85 kg de R-32.
EliminadoEjemplo 5. Sistema aire acondicionado.
EliminadoPara un sistema de aire acondicionado que tiene:
EliminadoUna carga de 300 g de R-290;
EliminadoLII de R-290 es igual a 0,038 kg / m3;
EliminadoLa carga es superior a 152 g (4 m3× LII), por lo que el tamaño mínimo de la sala se calculará en función de la ubicación de instalación.
EliminadoTabla 5.1
EliminadoUbicación de la instalación - Volumen mínimo de la sala
Eliminado| Situación | Altura | Superficie mínima [m2] | Volumen mínimo para 2,2 m de altura [m3] |
| --- | --- | --- | --- |
| Suelo | 0,6 | 142,1 | 312,6 |
| Montaje pared | 1,8 | 15,8 | 34,7 |
| Montaje ventana | 1,0 | 51,2 | 112,5 |
| Montaje techo | 2,2 | 10,6 | 23,3 |
EliminadoEjemplo 6. Sistema aire acondicionado.
EliminadoPara una habitación con una superficie de 30 m2, la carga máxima permitida de R-290 para un aparato de aire acondicionado montado en una ventana es de 230 g.
EliminadoEjemplo 7. Sistema con R-134a con medidas adicionales.
EliminadoUn sistema con 90 kg de R-134a se instala en un espacio de 300 m3.
Eliminado90 kg en 300 m3es igual a 0,3 kg / m3.
Eliminado0,3 kg / m3supera el QLMV de 0,28 kg / m3.
Eliminado0,3 kg / m3está por debajo del QLAV de 0,58 kg / m3.
EliminadoLa instalación del sistema está permitida siempre que se prevea al menos una de las medidas de seguridad descritas en los apartados 3 y 4 del apéndice 4.
EliminadoEjemplo 8. Sistema R-410A con medidas adicionales.
EliminadoUn sistema con refrigerante R-410A se instala en volúmenes de sala como se especifica en la Tabla 5.2.
EliminadoEl sistema es un sistema directo con tipo de emplazamiento 2.
EliminadoTabla 5.2
EliminadoEstimación de la carga máxima
Antes| Ejemplo | Volumen local | Carga máxima según Apéndice 4 apartado 1 | Carga máxima según QLMV (Volumen x QLMV) | Carga máxima según QLAV (Volumen x QLAV) | Conclusión |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| 1 | 1 000 m 3 | 150 kg | 420 kg | 420 kg | La carga máxima es 150 kg. |
| 2 | 100 m 3 | 150 kg | 42 kg | 42 kg | La carga máxima es: Opción 1: 42 kg. Opción 2: 150 kg si se adoptan dos medidas adicionales (apartado 2 de apéndice 4). |
AhoraINSTRUCCIÓN IF-04
Párrafo añadido
UTILIZACIÓN DE LOS DIFERENTES REFRIGERANTES
Párrafo añadido
ÍNDICE
Párrafo añadido
1. Generalidades.
Párrafo añadido
2. Criterios para la selección del refrigerante.
Párrafo añadido
3. Utilización de los refrigerantes en función del emplazamiento de la instalación.
Párrafo añadido
3.1 Requisitos generales.
Párrafo añadido
3.2 Carga máxima admisible de refrigerante en general.
Párrafo añadido
3.3 Limitación de carga por inflamabilidad.
Párrafo añadido
3.3.1 Observaciones generales.
Párrafo añadido
3.3.1.1 Protección contra riesgos de incendio y explosión.
Párrafo añadido
3.3.1.2 Protección del sistema de refrigeración o calefacción secundario.
Párrafo añadido
3.3.2 Sistema frigorífico ubicado en el exterior.
Párrafo añadido
3.3.3 Requisitos para envolventes ventiladas.
Párrafo añadido
3.3.4 Bases de cálculo del volumen de locales ocupados.
Párrafo añadido
3.3.5 Aplicación práctica tabla A del apéndice 1 de esta instrucción.
Párrafo añadido
4. Prescripciones especiales.
Párrafo añadido
4.1 Utilización de sistemas directos de refrigeración en locales industriales.
Párrafo añadido
4.2 Instalación de equipos frigoríficos que no requieran sala de máquinas.
Párrafo añadido
4.3 Sistemas situados en envolventes ventilados colocados en espacio ocupado.
Párrafo añadido
5. Instalaciones especiales.
Párrafo añadido
5.1 Máquinas de absorción cuya instalación utiliza NH3-Agua.
Párrafo añadido
5.2 Sistema frigorífico en cascada y circuitos secundarios que emplean fluidos con cambio de fase líquido / gas.
Párrafo añadido
5.2.1 Generalidades.
Párrafo añadido
5.2.2 Presiones de diseño mínimas.
Párrafo añadido
5.2.3 Instalaciones que utilizan R-744 (CO2).
Párrafo añadido
5.2.3.1 Características principales del R-744.
Párrafo añadido
5.2.3.2 Peligros más significativos.
Párrafo añadido
5.2.3.3 Precauciones a tener en consideración.
Párrafo añadido
5.2.3.4 Detectores de fugas.
Párrafo añadido
5.2.4 Materiales para instalaciones con refrigerante CO2.
Párrafo añadido
5.3 Pistas de patinaje sobre hielo.
Párrafo añadido
5.3.1 Pistas de patinaje cubiertas.
Párrafo añadido
5.3.2 Pistas de patinaje al aire libre e instalaciones para actividades deportivas similares.
Párrafo añadido
Apéndice 1. Tablas A y B Carga máxima de refrigerante en el sistema.
Párrafo añadido
Apéndice 2. Estimación de la máxima carga de refrigerante admisible.
Párrafo añadido
Apéndice 3. Estimación de la máxima carga admisible por inflamabilidad para sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor, en la aplicación para confort humano.
Párrafo añadido
Apéndice 4. Alternativa para la gestión del riesgo de refrigeración situados en espacios ocupados.
Párrafo añadido
Apéndice 5. Aplicación práctica tablas A y B del apéndice 1 de esta instrucción.
Párrafo añadido
**1. Generalidades.**
Párrafo añadido
Cuando en una instalación frigorífica se utilicen refrigerantes de diferentes grupos se deberán aplicar los requisitos correspondientes a cada uno de estos grupos.
Párrafo añadido
Se prohíben las descargas deliberadas a la atmósfera de refrigerantes nocivos para el medio ambiente.
Párrafo añadido
Cuando se elija un refrigerante se deberá tener en cuenta su influencia sobre el efecto invernadero y el agotamiento de la capa de ozono estratosférico.
Párrafo añadido
Los refrigerantes serán únicamente manipulados por empresas habilitadas.
Párrafo añadido
**2. Criterios para la selección del refrigerante.**
Párrafo añadido
2.1 Los refrigerantes deberán elegirse teniendo en cuenta su potencial influencia sobre el medio ambiente en general, así como sus posibles efectos sobre el medio ambiente local y su idoneidad como refrigerante para un sistema determinado. Cuando se seleccione un refrigerante deberán considerarse, respecto a la valoración del riesgo, los siguientes factores (relación no exhaustiva y sin prioridades):
Párrafo añadido
a) Efectos medioambientales (medio ambiente global).
Párrafo añadido
b) Carga de refrigerante.
Párrafo añadido
c) Aplicación del sistema de refrigeración.
Párrafo añadido
d) Diseño del sistema de refrigeración.
Párrafo añadido
e) Construcción del sistema de refrigeración.
Párrafo añadido
f) Cualificación profesional.
Párrafo añadido
g) Mantenimiento.
Párrafo añadido
h) Eficiencia energética.
Párrafo añadido
i) Seguridad e higiene, por ejemplo, toxicidad, inflamabilidad (entorno local).
Párrafo añadido
La influencia de un refrigerante en el medio ambiente atmosférico depende de la aplicación, tipo y estanqueidad del sistema, la carga y manipulación del refrigerante, de su eficiencia energética, y del potencial de éste para crear o añadir riesgos contra el medio ambiente.
Párrafo añadido
2.2 Se elegirán los refrigerantes con mejor eficiencia energética en el sistema. Para una eficiencia energética similar se escogerán aquellos con los valores PCA más bajos posibles (apéndice 1 de la tabla A de la IF-02).
Párrafo añadido
Está prohibido el empleo de refrigerantes CFC y HCFC en instalaciones nuevas o existentes (valor PAO>0).
Párrafo añadido
2.3 Cuando sea necesario utilizar refrigerantes con un PCA superior a cero, se deberá procurar que la carga sea la menor posible.
Párrafo añadido
2.4 Si el calentamiento atmosférico es el único impacto medio ambiental, cuando el requisito de máxima eficacia energética no pueda cumplirse simultáneamente con el de menor carga de refrigerante se deberá valorar cual es el criterio preferente mediante el análisis del ciclo de vida o análisis TEWI recogido en IF-02.
Párrafo añadido
Se deberá considerar que instalaciones con carga de refrigerante significativamente menor de la necesaria pueden verse afectadas en su eficiencia energética, contribuyendo indirectamente al efecto invernadero.
Párrafo añadido
Los sistemas indirectos reducen la carga de refrigerante y aseguran una mayor estanqueidad del sistema; sin embargo, el rendimiento energético generalmente es inferior al de los sistemas directos si no se toman medidas adicionales.
Párrafo añadido
2.5 El sistema deberá ser diseñado e instalado para que sea estanco.
Párrafo añadido
Se deberá prestar particular atención a los siguientes factores que podrían afectar a la estanqueidad del sistema:
Párrafo añadido
a) Tipo de compresor.
Párrafo añadido
b) Tipo de uniones.
Párrafo añadido
c) Tipo de válvulas.
Párrafo añadido
2.6 Los refrigerantes deberán seleccionarse teniendo en cuenta la facilidad para su posible reutilización o destrucción.
Párrafo añadido
**3. Utilización de los refrigerantes en función del emplazamiento de la instalación.**
Párrafo añadido
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del capítulo II del presente Reglamento, la utilización de los diferentes refrigerantes se determinará considerando: el sistema directo o indirecto (artículo 6.1), su tipo de emplazamiento (1, 2, 3 o 4 según artículo 6.2), el local donde se empleen (A, B y C según artículo 7), y en todo caso se efectuará conforme a las prescripciones siguientes:
Párrafo añadido
3.1 Requisitos generales.
Párrafo añadido
De acuerdo con los cuatro tipos existentes de emplazamiento para los sistemas de refrigeración (1, 2, 3 y 4), la localización apropiada deberá seleccionarse de acuerdo con el RSIF, en el que se tienen en cuenta los posibles riesgos.
Párrafo añadido
Las tablas A y B del apéndice 1 de esta IF-04 muestran las combinaciones permitidas y las no permitidas. Las permitidas pero sujetas a restricciones están indicadas por los números de los apartados o subapartados especificando la restricción de la carga de refrigerante.
Párrafo añadido
Algunos equipos o instalaciones frigoríficas y de acondicionamiento de aire funcionan tanto para enfriar como para calentar, invirtiendo el flujo entre el compresor y los intercambiadores de calor, por medio de una válvula inversora especial (bomba de calor reversible, desescarche por inversión de ciclo, por gases calientes, etc.). En estos casos los sectores de alta y baja presión del sistema podrán cambiar dependiendo del modo en que opere la unidad.
Párrafo añadido
No podrán colocarse tuberías de refrigerante en zonas de paso exclusivo, como vestíbulos, entradas y escaleras; tampoco podrán ser colocadas en huecos con elevadores u objetos móviles. Como excepción, podrán cruzar un vestíbulo si no hay uniones en la sección correspondiente, debiendo estar protegidas por un tubo o conducto rígido de metal.
Párrafo añadido
Algunas combinaciones parecen entrar en conflicto o ser innecesarias, p.e. en «sistemas directos con todas las partes que contienen refrigerante en una sala de máquinas» parece que todo el refrigerante puede quedar confinado en la sala de máquinas; sin embargo, esta definición se aplicaría a sistemas con conductos, con pulverización de tipo abierto o incluso a sistemas situados en el exterior, ya que en caso de fuga el refrigerante puede escapar directamente a un recinto ocupado. Los sistemas indirectos que no están situados en una sala de máquinas son otra combinación que puede parecer innecesaria, sin embargo, las bombas de calor agua-agua pertenecen claramente a esta categoría.
Párrafo añadido
3.2 Carga máxima admisible de refrigerante en general.
Párrafo añadido
Para determinar las limitaciones de carga de refrigerante en un sistema dado, se tendrá que clasificar el mismo según cuatro aspectos:
Párrafo añadido
a) Categoría de toxicidad del refrigerante.
Párrafo añadido
b) Categoría de inflamabilidad.
Párrafo añadido
c) Clasificación del local según su accesibilidad, de acuerdo con artículo 7.
Párrafo añadido
d) Tipo de emplazamiento según el artículo 6.2.
Párrafo añadido
El método se desarrolla en el apéndice 2 de esta IF-04.
Párrafo añadido
3.3 Limitaciones de carga por inflamabilidad en sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor para confort humano.
Párrafo añadido
El Apéndice 3 de esta IF trata de las limitaciones de carga como consecuencia de la inflamabilidad específicamente en los sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor para el confort humano. Por un lado, para partes de los sistemas ubicados en locales habitados conteniendo refrigerantes de la clase de seguridad A2L y por otro en los equipos no fijos, compactos y sellados en fábrica igualmente para el acondicionamiento de aire y la bomba de calor destinados al confort humano.
Párrafo añadido
3.3.1 Observaciones generales.
Párrafo añadido
3.3.1.1 Protección contra riesgos de incendio y explosión.
Párrafo añadido
Los sistemas que utilicen refrigerantes inflamables se construirán de forma que cualquier pérdida de refrigerante no pueda fluir o estancarse de modo que pueda ocasionar un riesgo de incendio o explosión en áreas que contengan equipos, componentes o aparatos que sean potenciales fuentes de ignición y puedan estar funcionando en el momento de la fuga.
Párrafo añadido
A este respecto, se considera que los sistemas frigoríficos que se ajustan al Real Decreto 144/2016, de 8 de abril, por el que se establecen los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a los aparatos y sistemas de protección para usos en atmósferas potencialmente explosivas en función del tipo de zona se ajustan a esta cláusula.
Párrafo añadido
Las fuentes de ignición incluyen superficies calientes que excedan los límites de temperatura establecidos, llamas y gases calientes que no queden aislados de manera adecuada y aparatos eléctricos que puedan producir arco o chispa. Otros tipos de fuentes potenciales de ignición se pueden ver en la norma UNE-EN 1127-1.
Párrafo añadido
La temperatura de las superficies que puedan estar expuesta, en caso de fuga de los refrigerantes pertenecientes a las clases A2, A2L, B2L, A3, B2, B3, no será superior a la temperatura de auto-ignición del refrigerante en cuestión, reducida en 100 K. Las temperaturas de autoignición se indican en la tabla A de la IF-02.
Párrafo añadido
Los componentes y aparatos no se considerarán una posible fuente de ignición si se cumple al menos una de las siguientes condiciones:
Párrafo añadido
a) El sistema está situado de forma que queda fuera de la zona potencialmente inflamable, en la que el refrigerante fugado podría fluir o estancarse, o
Párrafo añadido
b) La zona se ventila de forma permanente o previamente al inicio de la alimentación eléctrica a los equipos, con un caudal de aire tal que la concentración de refrigerante en la zona de la fuente no puede exceder el 50% del LII, o
Párrafo añadido
c) Los equipos están protegidos en forma adecuada para su funcionamiento en zona 2, zona 1 o zona 0, en función de la definición que para estas se da en la norma UNE- EN 60079-10-1, o
Párrafo añadido
d) Equipos eléctricos en los que la máxima energía posible de una chispa o arco dentro de su circuito no pueda encender la concentración más inflamable del refrigerante utilizado.
Párrafo añadido
La desconexión y la conexión eléctricas de los conectores incorporados en los componentes no se considera funcionamiento normal. Donde haya un enchufe y toma de corriente, se considerarán parte del equipo. Desconectar o conectar el enchufe de/a la toma de corriente se considera que es parte de la operación normal a menos que se requiera el uso de una herramienta especial.
Párrafo añadido
Cuando un sistema tenga puertas o paneles extraíbles, etc., la evaluación tendrá en cuenta la extensión de las zonas inflamables cuando se abren las puertas o paneles, antes o después de una fuga, si se espera que se pueden abrir en el funcionamiento normal. Si la evaluación demuestra que una zona potencialmente inflamable puede extenderse más allá de los límites de los equipos, esta información se facilitará en la documentación para el equipo en la que el aparato está en funcionamiento, la liberación de refrigerante se inicia al mismo tiempo que el aparato se alimenta eléctricamente.
Párrafo añadido
Componentes separados, tales como termostatos, que se cargan con menos de 0,5 gr de un gas inflamable no son considerados como riesgo de incendio o explosión en caso de fuga del gas del propio componente.
Párrafo añadido
Los requisitos generales para los tipos de protección se indican en la norma UNE-EN 60079-0. Los tipos de protección detallados en las distintas partes de la norma UNE-EN 60079 se basan en grupos de gases específicos, que pueden no representar los refrigerantes pertenecientes a las categorías 2 y 2L, debido a las diferentes características de inflamabilidad. En tal caso debería llevarse a cabo, con el refrigerante en cuestión una prueba específica (ver UNE- EN 60079-0 + A11, clausula 4).
Párrafo añadido
3.3.1.2 Protección del sistema de refrigeración o calefacción secundario.
Párrafo añadido
Si es posible que en un intercambiador de calor circuito primario/circuito secundario, queden cerradas válvulas en el lado del secundario, de forma que pueda producirse un incremento de presión en el intercambiador, deberá protegerse este por medio de un dispositivo de alivio de presión fijado a una presión no superior a PS del lado secundario.
Párrafo añadido
Si la carga de refrigerante del sistema es superior a 500 kg, deberán tomarse medidas para detectar e informar sobre la presencia de refrigerante en cualquier circuito asociado que contenga agua u otros fluidos secundarios (p.e. un detector de refrigerante).
Párrafo añadido
Cuando el fluido empleado pertenezca a las clases de seguridad B1, A2L, A2, B2, B2L, A3 o B3 y la carga sea superior a 500 kg, se tomarán las disposiciones adecuadas para impedir que una fuga de refrigerante se difunda a áreas servidas por el fluido de transferencia de calor secundario debido a un fallo de la pared del evaporador o condensador.
Párrafo añadido
Sin pretender un carácter limitativo, se pueden tomar las siguientes precauciones:
Párrafo añadido
a) Separador automático de aire, montado en el circuito secundario, en el tubo de salida del evaporador o el condensador y a un nivel más alto que el intercambiador de calor. El separador de aire/refrigerante debe permitir una evacuación de flujo suficiente para descargar el refrigerante que puede ser liberado a través del intercambiador de calor. La descarga del separador tendrá lugar en un extractor o al exterior.
Párrafo añadido
b) Intercambiador de calor de doble pared, entre el primario y secundario, a fin de evitar, en caso de fuga, que el refrigerante pase al circuito secundario.
Párrafo añadido
c) Mantener constantemente una presión superior en el secundario que en el primario, en el área común.
Párrafo añadido
3.3.2 Sistema frigorífico ubicado en el exterior.
Párrafo añadido
Los sistemas situados a la intemperie se situarán de forma que en caso de escape, el refrigerante no penetre en edificios colindantes para evitar refrigerante del escape que fluye en un edificio o pongan en peligro a las personas y bienes. El refrigerante de escape no deberá ser capaz de penetrar en orificios de aireación, puertas, trampillas o aberturas similares.
Párrafo añadido
Para los sistemas de refrigeración instalados en exteriores en los que haya la posibilidad que el gas descargado pueda estancarse, p.e en un subterráneo, la instalación deberá cumplir con los requisitos para la detección de gases y ventilación de las salas de máquinas. Para los refrigerantes de las categorías 2L, 2 y 3 se deberán tener en consideración los requisitos relativos a las fuentes de ignición.
Párrafo añadido
3.3.3 Requisitos para envolventes ventiladas.
Párrafo añadido
Cuando se empleen envolventes ventiladas para contener sistemas que usen refrigerantes inflamables pertenecientes a las clases de seguridad A2L, B2L, A2, B2, A3 y B3, además de aplicar las prescripciones del apartado 3.2, habrá que emplear las siguientes medidas:
Párrafo añadido
Se deberá proporcionar un flujo de aire entre la envolvente ventilada y el exterior. Se deberá especificar el tamaño del conducto de ventilación y número de curvas, además de la máxima caída de presión en Pascal (Pa). No habrá fuentes de ignición ubicadas en el conducto como motores, elementos de control que pueda producir chispas.
Párrafo añadido
Se mantendrá una depresión en el interior de la envolvente de 20 Pa como mínimo y el caudal de aire al exterior, no deberá ser restringido por cualquiera de los componentes, y vendrá dado por:
Párrafo añadido
Qmin = 15 x S x (mc/ρ) ≥ 2 m3/h, donde
Párrafo añadido
Qmin es el caudal volumétrico de la ventilación (m3/ h);
Párrafo añadido
15 = factor a aplicar para 4 minutos de pérdida en caso de una fuga importante (1/h);
Párrafo añadido
S = 4 (factor de seguridad);
Párrafo añadido
mc= masa de carga de refrigerante (kg);
Párrafo añadido
ρ = densidad del refrigerante a presión atmosférica y +25 °C (kg/m³).
Párrafo añadido
El sistema de ventilación debe operará de acuerdo con una de las siguientes opciones:
Párrafo añadido
a) Funcionará permanentemente, monitorizándose continuamente el caudal de aire y el sistema de refrigeración será puesto en modo seguro dentro de los 10 segundos posteriores al descenso del caudal por debajo del mínimo. El modo seguro (garantiza que no se producirá una explosión) se mantendrá hasta que se restablezca el flujo de aire.
Párrafo añadido
b) El sistema de ventilación se pondrá en marcha mediante un sensor de gas refrigerante antes de que se alcance el 25% del LII (véase Tabla A de la IF-02). El sensor estará adecuadamente colocado atendiendo a la densidad del refrigerante. La función del sensor y la ventilación se verificará a intervalos regulares de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Cuando se detecte un fallo, se dará la alarma correspondiente y el sistema pasará a modo seguro quedando el ventilador conectado hasta que el fallo se haya resuelto.
Párrafo añadido
Se deberá llevar a cabo un ensayo de tipo o ensayos individuales para evaluar el cumplimiento de los requisitos para el sistema de ventilación.
Párrafo añadido
3.3.4 Bases de cálculo del volumen de locales ocupados.
Párrafo añadido
El espacio en cuestión será todo local en el cual se ubique cualquier parte del sistema de refrigeración conteniendo refrigerante o al que pueda llegar el refrigerante en caso de fugas.
Párrafo añadido
Para el cálculo de las cantidades máximas de refrigerante se usará el volumen ocupado cerrado más pequeño.
Párrafo añadido
Para determinar la citada carga máxima también se podrá emplear como volumen de cálculo, el volumen total de todos los locales en donde se emplacen componentes del sistema frigorífico que contengan refrigerante, siempre y cuando se utilice aire para su calefacción y refrigeración y que el caudal de este aire de impulsión a cada uno de los locales sea en todo momento igual o superior al 25% del nominal. Si el local o locales disponen de sistemas de ventilación mecánica y se garantiza que estén en funcionamiento cuando haya presencia de personas, se podrá considerar el efecto de la renovación del aire para determinar el volumen del cálculo. Espacios múltiples con aperturas apropiadas (que no puedan ser cerradas) entre los diferentes espacios individuales o que estén intercomunicados por sistemas comunes de ventilación, retorno o extracción de aire, en donde no se encuentren ni evaporador ni condensador, se tratarán como un solo espacio. Donde el evaporador o condensador estén situados dentro de un conducto de aire que atiende a varios espacios, se usara para el cálculo el volumen del menor de estos espacios.
Párrafo añadido
Si el suministro de aire a un determinado espacio no puede reducirse por debajo del 10 % de su caudal máximo mediante un reductor de caudal adecuado, este espacio será el que se debe de tomar como el menor de los espacios ocupados por humanos.
Párrafo añadido
Para los refrigerantes de la clase de seguridad A1 se tomara como volumen de cálculo la totalidad de los locales o espacios enfriados o calentados por aire procedente de un sistema, si el suministro de aire a cada local no puede reducirse por debajo del 25% de su caudal nominal a plena marcha: Con refrigerantes del grupo de seguridad A1, el efecto debido a la renovación de aire pueden ser considerados en el cálculo del volumen si el espacio dispone de un sistema de ventilación mecánico que funcione siempre que el espacio este ocupado.
Párrafo añadido
Cuando el evaporador o el condensador estén montados dentro de una red de conductos de suministro de aire y el sistema alimente a un edificio de varios pisos sin particiones, se considerará el volumen de la planta más pequeña.
Párrafo añadido
Cuando los espacios anexos a los de posible ocupación humana no son, por construcción o diseño, estancos al aire deben considerarse como parte del espacio ocupado por personas. Por ejemplo: falsos techos, pasadizos de acceso, conductos, tabiques móviles y puertas con rejillas de ventilación.
Párrafo añadido
Donde la unidad interior o tuberías de refrigerante relacionadas con ella, estén emplazadas en un local en el cual la carga total exceda la máxima permitida, se tomarán medidas especiales para asegurar al menos el mismo nivel de seguridad. Véase apéndice 4 de esta IF-04.
Párrafo añadido
**4. Prescripciones especiales.**
Párrafo añadido
4.1 Utilización de sistemas directos de refrigeración en locales industriales (Categoría C).
Párrafo añadido
En edificios con locales de diferentes clasificaciones, cuando los locales industriales estén situados en pisos distintos del primero y de la planta baja, cuando contengan algún sistema directo de refrigeración deberán estar totalmente separados del resto del edificio por construcciones resistentes y puertas de seguridad, y dotados de suficientes salidas de emergencia directas al exterior. En caso contrario serán considerados como locales comerciales.
Párrafo añadido
4.2 Instalación de equipos frigoríficos que no requieran sala de máquinas.
Párrafo añadido
4.2.1 Cuando en caso de fuga de refrigerante la concentración del mismo en el local en que esté emplazado el equipo no supere los límites prácticos indicados en el apéndice 1 tabla A de la IF-02, y la potencia de accionamiento de los motores de los compresores sea inferior a 100 kW, será admisible la instalación de los equipos fuera de una sala de máquinas, en cuyo caso se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
Párrafo añadido
a) En pasillos y vestíbulos de locales no industriales, cuando se utilicen refrigerantes del grupo L1, sólo podrán colocarse equipos frigoríficos compactos y semicompactos.
Párrafo añadido
b) Todos los equipos frigoríficos deberán estar provistos de carcasas de protección o estarán ubicados de tal forma que sean inaccesibles a personas no autorizadas.
Párrafo añadido
c) Queda prohibida la instalación de equipos frigoríficos en los pasillos, escaleras, y sus rellanos, entradas y salidas de edificios, siempre que dificulten la libre circulación de las personas.
Párrafo añadido
d) Los componentes frigoríficos situados a la intemperie deberán ser apropiados para ello. Estos no deberán estar accesibles a personas no autorizadas. Cuando los componentes frigoríficos vayan instalados sobre cubierta se deberá prestar especial cuidado para que el refrigerante en caso de escape no penetre en el edificio ni ponga en peligro a las personas.
Párrafo añadido
4.2.2 Cuando la carga específica sea superior a la permitida, además de cumplir lo establecido en el 4.2.1, se podrá colocar el equipo en una sala de máquinas no específica, debiendo en tal caso cumplirse además las condiciones que se detallan a continuación:
Párrafo añadido
a) El local esté separado mediante puertas estancas del resto.
Párrafo añadido
b) Se limite el acceso al personal autorizado.
Párrafo añadido
c) Se disponga de un detector de refrigerante.
Párrafo añadido
d) No haya en el entorno superficies caldeadas a temperaturas superiores a 400 ºC.
Párrafo añadido
e) Exista un sistema de ventilación forzada.
Párrafo añadido
En este local se podrán emplazar otros equipos si son compatibles con los requisitos de seguridad del sistema de refrigeración y tendrá la consideración de sala de máquinas.
Párrafo añadido
En las salas de máquinas específicas solo se podrán ubicar el sistema de refrigeración al completo o partes del mismo.
Párrafo añadido
4.3 Sistemas situados en envolventes ventilados colocados en espacio ocupado.
Párrafo añadido
Los equipos situados en el interior de envolventes ventilados dispondrán de un conducto construido de acuerdo con las especificaciones indicadas por el fabricante del sistema. Construidos de metal de acuerdo con la UNE-EN 1507 y soportados según la UNE-EN 12236. Una vez montados se sellarán todas las costuras y juntas para evitar posibles escapes de gas. La resistencia al fuego del conducto y de la envolvente será la misma que la exigida para los materiales, espesores y ejecución de los cerramientos y puertas de las salas de máquinas, por el Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales, aprobado por Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre.
Párrafo añadido
El volumen del local en el cual se coloque el sistema con envolvente deberá ser al menos 10 veces superior al de la envolvente y disponer de suficientes entradas de aire para garantizar la renovación del aire sin contaminación procedente del exterior. Asimismo, el aire extraído del interior de la envolvente se evacuará al exterior, de forma que no haya la posibilidad de que sea aspirado nuevamente al interior del local.
Párrafo añadido
**5. Instalaciones especiales.**
Párrafo añadido
5.1 Máquinas de absorción cuya instalación utiliza NH3-Agua.
Párrafo añadido
Tratándose de una instalación frigorífica que utiliza un refrigerante del grupo L2 deberán seguirse todas las prescripciones del presente Reglamento.
Párrafo añadido
5.2 Sistemas frigoríficos en cascada y circuitos secundarios que emplean fluidos con cambio de fase líquido / gas.
Párrafo añadido
5.2.1 Generalidades.
Párrafo añadido
En este capítulo se describen los requisitos adicionales a los ya indicados en el presente Reglamento que deberán de cumplir todos los componentes que forman los circuitos del escalón de baja en instalaciones en cascada y los que trabajan con fluidos secundarios que utilizan sustancias volátiles, fundamentalmente el CO2.
Párrafo añadido
5.2.2 Presiones de diseño mínimas.
Párrafo añadido
Los componentes de los circuitos indicados en el apartado anterior no tendrán que cumplir con los criterios expuestos en la tabla 1 de la IF-06 con respecto a presiones mínimas de diseño, siempre y cuando se garanticen las siguientes condiciones:
Párrafo añadido
a) Refrigerantes con PCA > 1. Se podrá adoptar una presión de diseño (PS) igual o superior a 1.5 veces la presión de funcionamiento prevista en las condiciones de diseño de la planta, tomando alguna de las siguientes medidas:
Párrafo añadido
i) Si se trata de un circuito de carga limitada se diseñará de tal forma que bajo ninguna circunstancia su presión interna pueda superar la presión de diseño PS.
Párrafo añadido
ii) Se dispondrá de un equipo frigorífico capaz de mantener la presión del refrigerante en el circuito por debajo de PS durante los periodos de paro de la instalación. Este equipo estará alimentado por una fuente de energía independiente de forma que se pueda garantizar su funcionamiento en cualquier circunstancia.
Párrafo añadido
iii) Antes de parar la instalación se trasladará todo el refrigerante hacia un recipiente con capacidad de resistir la presión calculada aplicando los criterios de la tabla 1 de la IF-06 o la presión crítica del correspondiente gas multiplicada por el cociente entre la temperatura máxima previsible y la temperatura crítica, ambas en temperaturas absolutas.
Párrafo añadido
b) Que se emplee un fluido con el menor impacto posible para el medio ambiente (PAO = 0 y PCA = 1) y que su descarga al aire libre no suponga riesgo ni para las personas ni para la naturaleza, por ejemplo, el CO2. Este refrigerante podrá dejarse escapar al exterior en caso de emergencia y cuando la presión supere el punto de consigna de los dispositivos de seguridad o sea necesario vaciar la instalación antes de su desmontaje.
Párrafo añadido
No obstante, para evitar pérdidas regulares de refrigerante, o cuando sea necesario arrancar máquinas de elevada presión, se dotará a las instalaciones de un equipo auxiliar frigorífico de mantenimiento de la presión, que además pueda reducir las pérdidas de refrigerante en el caso de fallo de la energía eléctrica, o se adoptará una solución equivalente.
Párrafo añadido
La presión de diseño mínima en el lado de baja presión de estos circuitos, tanto si se trata de instalaciones en cascada como si el CO2se utiliza como fluido secundario, será como mínimo de 25 bar o un 20% superior a la prevista de funcionamiento (la mayor de éstas); mientras que en el lado de alta de este mismo escalón será de 40 bar salvo que el desescarche se realice por gas caliente, en cuyo caso deberá ser de 50 bar. Cuando el desescarche se realice mediante gas caliente los componentes del sector de baja que se sometan a la presión de desescarche deberán tener una presión de diseño de 50 bar, es decir, los propios evaporadores, la tubería, válvulas de paso y demás componentes del circuito que puedan estar en contacto con el gas caliente; el resto de tubería de líquido, aspiración y vaciado, así como válvulas, automatismos y separador de bombas del sector de baja podrán estar diseñados y protegidos en función de la presión máxima de servicio establecida para el sector de baja.
Párrafo añadido
En caso de que se utilice otro tipo de desescarche éste se realizará de forma que no pueda quedar CO2líquido atrapado en el evaporador.
Párrafo añadido
c) En cualquier caso, las presiones de diseño de los componentes de estas instalaciones serán necesariamente superiores a las presiones máximas de trabajo calculadas para que puedan absorber:
Párrafo añadido
i) Los aumentos de presión por acumulación de incondensables.
Párrafo añadido
ii) El margen para el ajuste de los mecanismos limitadores de presión.
Párrafo añadido
iii) El margen para el tarado de las válvulas de seguridad.
Párrafo añadido
5.2.3 Instalaciones que utilizan R-744 (CO2).
Párrafo añadido
5.2.3.1 Características principales del R-744.
Párrafo añadido
Aunque es un compuesto no tóxico, exposiciones a valores mayores que el 3% ocasionan una sensación de malestar, provocando hiperventilación, taquicardia, dolor de cabeza, vértigo, sudoración y desorientación. Exposiciones a concentraciones superiores al 10% pueden conducir a la pérdida de la conciencia y la muerte; concentraciones mayores al 30% provocan rápidamente la muerte. Los efectos se incrementan con los trabajos pesados, del alto consumo metabólico.
Párrafo añadido
En presencia de agua puede formar ácido carbónico, con el consiguiente riesgo de ataque químico, por ello deberá emplearse en las instalaciones frigoríficas, únicamente anhídrido carbónico seco.
Párrafo añadido
Reacciona con el R-717 formando carbamato amónico, el cual es un polvo blanco que puede obstruir las tuberías y los orificios, sin embargo, es soluble en agua y se disocia en amoníaco y anhídrido carbónico por encima de +60 ºC.
Párrafo añadido
5.2.3.2 Peligros más significativos.
Párrafo añadido
a) Durante el funcionamiento y con la instalación parada todos los elementos del circuito estarán a presiones superiores a la atmosférica.
Párrafo añadido
b) Al despresurizar o al trasvasar en estado líquido existe el peligro de bloqueo por solidificación del CO2que ocurrirá a presiones inferiores a 5.2 bar absolutos.
Párrafo añadido
c) Uno de los principales peligros en el empleo del CO2es su eventual concentración en espacios confinados.
Párrafo añadido
d) La entrada de CO2líquido en los compresores causa graves daños que provocarán roturas y escapes de CO2a la atmósfera.
Párrafo añadido
e) El CO2líquido tiene un coeficiente de dilatación térmica muy elevado. Su presión, si queda atrapado en tuberías y accesorios, subirá rápidamente al aumentar la temperatura ambiente y supondrá un grave riesgo de rotura (usualmente muy brusca) de los componentes. Incluso podrá provocar que trozos de tuberías y otras piezas mecánicas se proyecten a gran velocidad. En ciertas circunstancias esto podrá suceder también en su forma gaseosa.
Párrafo añadido
f) En presencia de agua podrá formar ácido carbónico con el consiguiente riesgo de ataque químico.
Párrafo añadido
5.2.3.3 Precauciones a tener en consideración.
Párrafo añadido
a) Antes de cargar el CO2en las instalaciones se hará un vacío hasta una presión de 675 Pa o inferior y se mantendrá al menos durante 6 horas sin que se aprecie aumentos de presión por entrada de aire o evaporación de residuos de agua. El objetivo será conseguir que los circuitos sean estancos y estén secos antes de cargar el CO2.
Párrafo añadido
b) La presencia de agua en el circuito frigorífico con refrigerante CO2es muy perjudicial. Por este motivo se deberá mantener en todo momento un contenido de agua inferior al máximo que puedan absorber los vapores de refrigerante saturados de humedad (sin que haya por tanto saturación de agua). Para lograrlo, además de utilizar en la carga de la instalación CO2seco, se instalarán filtros deshidratadores y se realizarán controles anuales del contenido del agua en fase líquida, los cuales se podrán llevar a efecto durante las revisiones periódicas establecidas.
Párrafo añadido
c) En espacios confinados se tomarán medidas que garanticen la ventilación adecuada de éstos antes de la entrada de personas en los mismos.
Párrafo añadido
d) Cualquier manipulación de todo componente requerirá despresurización previa.
Párrafo añadido
e) Se prohíbe soldar o calentar con llama cualquier componente de los circuitos de CO2salvo que previamente hayan sido convenientemente vaciados y llenados con aire o nitrógeno exento de oxígeno.
Párrafo añadido
f) En superficies exteriores de tuberías, depósitos y demás componentes de acero de las instalaciones con CO2se producen con facilidad corrosiones debilitando el espesor y con ellos su resistencia mecánica. Por ejemplo, por condensaciones en las partes de bajas temperaturas con superficies no protegidas. Para evitarlo se aislarán las tuberías frías y se pintarán todas las superficies manteniéndolas en buen estado durante toda la vida útil de las plantas.
Párrafo añadido
g) Debido a los problemas de corrosiones y considerando que las tuberías necesarias en las instalaciones de CO2son relativamente de pequeño diámetro será preferible el uso de tuberías de cobre o acero inoxidable, salvo que se adopten medidas que eviten dichas corrosiones.
Párrafo añadido
h) Siempre que se vaya a entrar en un recipiente que haya contenido R-744 o en un recinto dónde, por efecto de la apertura de una parte del circuito, se haya podido formar una concentración peligrosa, se deberá tener en consideración la reglamentación existente sobre trabajo en espacios confinados (véase nota técnica de prevención NTP223 editada por el Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo).
Párrafo añadido
i) Se adoptarán las disposiciones adecuadas para evitar que el refrigerante líquido quede encerrado entre componentes o dentro de los mismos de forma que un incremento de temperatura no pueda dar lugar a una rotura de la tubería o del componente, por ejemplo, mediante una válvula de alivio, válvula manual precintada o procedimiento similar que evite con garantía dicho riesgo.
Párrafo añadido
j) Todas las bombas de refrigerante que puedan independizarse mediante válvulas de cierre deberán disponer de válvulas de alivio.
Párrafo añadido
k) La tubería de impulsión de las bombas de refrigerante llevará una válvula de alivio independiente de otros automatismos.
Párrafo añadido
l) Se adoptarán medidas para evitar que, la apertura de parte del circuito que habitualmente funciona a temperaturas inferiores a 0 ºC (aun perteneciendo al lado de alta del escalón de baja), ocasione condensaciones internas.
Párrafo añadido
m) Las tuberías de salida de las válvulas de seguridad o de alivio con descarga al exterior del circuito estarán diseñadas y montadas de manera que se evite el riesgo de bloqueo por formación de CO2sólido.
Párrafo añadido
5.2.3.4 Detectores de fugas para CO2
Párrafo añadido
En las salas de máquinas y en los locales de más de 30 m3en los que se utilice este refrigerante, cuando la carga total de R-744 en la instalación dividida por el volumen del local arroje un valor superior al límite práctico indicado en la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, deberá montarse, a una altura inferior a 1 metro sobre el nivel del suelo, un detector de gas con los niveles de actuación siguientes:
Párrafo añadido
5 000 p.p.m. (V/V), valor límite inferior de alarma.
Párrafo añadido
10 000 p.p.m. (V/V), valor límite superior de alarma.
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En el valor límite inferior se activará una alarma y se procederá a ventilar el recinto. En el valor límite superior se prohibirá la estancia a personas salvo que estén protegidas con equipos de respiración autónomo.
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5.2.4 Materiales para instalaciones con refrigerante CO2.
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a) Por la coincidencia de las altas presiones y bajas temperaturas de utilización, en las tuberías de interconexión de los componentes de los sistemas que trabajen con CO2, deberán emplearse materiales con una resiliencia adecuada a las temperaturas de trabajo (aceros especiales, aceros inoxidables o cobre).
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b) Puesto que el cobre es también compatible con la mayoría de los refrigerantes empleados en el sector de baja, es utilizable en el montaje de tuberías. No obstante, las altas presiones asociadas a éstos refrigerantes aconsejan establecer unos espesores mínimos, los cuales estarán de acuerdo con la ecuación:
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Donde:
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T = Espesor pared (mm).
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D = Diámetro exterior del tubo (mm).
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P = Presión máxima admisible en bar (relativa).
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F = Resistencia en N/mm2para el tubo de cobre recocido.
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El espesor mínimo no será inferior en ningún caso a 0.7 mm.
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O bien se habrán determinado de acuerdo con un código internacionalmente reconocido o una norma armonizada, debiéndose destacar las siguientes consideraciones:
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i) Cualquiera que sea la resistencia a la tracción y/o el límite elástico indicados en las características mecánicas del mismo, habrá que considerar los valores correspondientes al material recocido, tal como se establece en los diversos códigos y normas, debido al procedimiento de soldadura fuerte utilizado con el cobre.
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ii) Asimismo, habrá que tener en consideración las tolerancias constructivas del tubo empleado, minorando la misma del espesor a analizar.
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iii) En los sistemas transcríticos habrá que cerciorarse previamente de que el procedimiento de cálculo es adecuado para el rango de presiones que tienen lugar.
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El cálculo justificativo de la selección de los espesores se reflejará en la memoria o el proyecto, por el instalador frigorista o por el técnico competente según se trate. Con cualquier refrigerante que permita el uso del cobre, se aplicarán estos mismos criterios de diseño y justificación documental.
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5.3 Pistas de patinaje sobre hielo.
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Las pistas de patinaje deberán ser consideradas como locales de tipo B. Deberá haber en ellas suficientes salidas de emergencia, tal y como se indica en el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
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Se podrán utilizar todo tipo de sistemas indirectos.
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En los sistemas con partes del circuito conteniendo refrigerante, separados herméticamente de la ocupación general, se podrán utilizar refrigerantes de los grupos de seguridad L1 y L2 con ODP = 0.
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5.3.1 Pistas de patinaje cubiertas.
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Los sistemas se podrán considerar como indirectos, si las partes conteniendo refrigerante están separadas de la zona ocupada por público por un suelo de hormigón armado adecuado, sellado herméticamente. En tal caso, deberán satisfacerse los siguientes requisitos:
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a) Contará con recipientes de refrigerante que puedan contener la carga total de refrigerante.
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b) En la zona de la pista, las tuberías y colectores estarán soldados, sin bridas y empotrados en el suelo de hormigón.
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c) Las tuberías y colectores de distribución laterales estarán dispuestos en una galería técnica independiente, adecuadamente ventilada y hermética hacia la zona de público, comunicada con la sala de máquinas.
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d) El sector de baja será diseñado para la misma presión que la del sector de alta.
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5.3.2 Pistas de patinaje al aire libre e instalaciones para actividades deportivas similares.
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Todo el equipo, las tuberías y los elementos frigoríficos, deberán estar completamente protegidos frente a intervenciones no autorizadas y dispuestos de tal forma que sean accesibles para su inspección. Serán de aplicación los requisitos establecidos en el apartado 5.3.1.
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APÉNDICE 1
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Tablas A y B
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Tabla A
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Requisitos de límite de carga para refrigerantes basados en su toxicidad
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| Categoría de toxicidad | Categoría del local por accesibilidad | Tipo de ubicación de los sistemas | | |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| 1 | 2 | 3 | 4 | |
| A | A | Límite toxicidad x volumen del local o apéndice 4. | Sin límites de carga (a) | Los requisitos de carga por toxicidad tendrán que evaluarse según las categorías de los locales por ubicación de los sistemas 1,2 o 3 dependiendo de la ubicación de la envolvente ventilada. |
| B | Plantas superiores sin salidas de emergencia o sótanos. | Límite toxicidad x volumen del local o apéndice 4. | Sin límites de carga (a). | |
| Otros. | Sin límites de carga (a). | | | |
| C | Plantas superiores sin salidas de emergencia o sótanos. | Límite toxicidad x volumen del local o apéndice 4. | | |
| Otros. | Sin límites de carga (a). | | | |
| B | A | Para sistemas de absorción o adsorción sellados: límite de toxicidad x volumen del local y no más de 2,5 kg. Resto de sistemas: límite de toxicidad x volumen del local. | Sin límites de carga (a) | |
| B | Plantas superiores sin salidas de emergencia o sótanos. | Límite de toxicidad x volumen del local. | Carga máx. 25 kg (a). | |
| Densidad de personal inferior a 1 persona por 10m 2 . | Carga máx. 10 kg. | Sin límites de carga (a). | | |
| Otros. | Carga máx. 25 kg (a). | | | |
| C | Densidad de personal inferior a 1 persona por 10m 2 . | Carga no mayor de 50 kg (a) y salidas de emergencia existentes. | Sin límites de carga (a). | |
| Otros. | Carga máx. 10 kg (a). | Carga máx. 25 kg (a). | | |
| a) Para aire exterior aplicar límite de toxicidad por volumen del local punto 3.3.2 de IF-04 y para salas de máquinas IF-07. | | | | |
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Tabla B
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Requisitos de límite de carga para sistemas de refrigeración basados en la inflamabilidad
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| Categoría de inflamabilidad | Categoría del local por accesibilidad | Tipo de ubicación de los sistemas | | | |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| 1 | 2 | 3 | 4 | | |
| 2L | A | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no superior a m 2 a x1,5 o según apéndice 4 pero no superior a m 3 b x1,5. | Sin límite de carga c | Carga de refrigerante no superior a m 3 b x 1,5 |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero no más de m 2 a x 1,5 o según apéndice 4 y no superior a m 3 b x 1,5. | | | | |
| B | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no superior a m 2 a x1,5 o según apéndice 4 pero no superior a m 3 b 1,5. | | | |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero no más de m 2 a x 1,5 o según apéndice 4 y no superior a m 3 b x 1,5. | 20% x LII x volumen del local y no más de 25 kg c o según apéndice 4 pero no más de m 3 b x 1,5. | | | |
| C | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no superior a m 2 a x1,5 o según apéndice 4 pero no superior a m 3 b x1,5. | | | |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero no más de m 2 a x 1,5 o según apéndice 4 y no superior a m 3 b x 1,5. | 20% xLII x volumen del local y no más de 25 kg o según apéndice 4 pero no más de m 3 b x 1,5. | | | |
| Inferior a 1 persona por cada 10 m 2 . | 20% del LII x volumen del local y no más de 50 kg c o según apéndice 4 y no más de m 3 b x 1,5. | Sin límites de carga c . | | | |
| 2 | A | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no más de m 2 a . | Sin restricciones c | Carga de refrigerante no superior a m 3 b |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero máximo m 2 a . | | | | |
| B | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no más de m 2 a . | | | |
| Otras aplicaciones. | 20% x LII x volumen del local pero máximo m 2 a . | | | | |
| C | Confort humano. | Según apéndice 3 pero no más de m 2 a . | | | |
| Otras aplicaciones. | Sótanos. | 20% x LII x volumen del local pero máximo m 2 a . | | | |
| Plantas superiores. | 20% del LII x volumen del local pero máx 10 kg c . | 20% del LII x volumen del local pero máx 25 kg c . | | | |
| a) m2= 26 m3x LII. b) m3= 130 m3x LII. c) Para aire exterior aplicar límite de toxicidad por volumen del local punto 3.3.2 de IF-04 y para salas de máquinas IF-07. | | | | | |
| 3 | A | Confort humano. | Según apéndice 3 y no más del valor mayor de m 2 o 1,5 kg. | No más de 5kg c | Carga del refrigerante no mayor de m 3 b |
| Otras aplicaciones. | En sótanos. | Solo sistemas sellado: 20% x LII x volumen del local y no más de 1kg. | | | |
| Sobre nivel terreno. | Solo sistemas sellados 20% x LII x volumen del local y no más de 1,5kg. | | | | |
| B | Confort humano. | Según apéndice 3 y no más del valor mayor de m 2 o 1,5 kg. | No más de 10 kg c | | |
| Otras aplicaciones. | En sótanos. | 20% del LII por volumen del local y no más de 1 kg a . | | | |
| Sobre nivel terreno. | 20% del LII por volumen del local y no más de 2,5 kg. | | | | |
| C | Confort humano. | Según apéndice 3 y no más del valor mayor de m 2 o 1,5 kg. | Sin restricciones c | | |
| Otras aplicaciones. | En sótanos. | 20% del LII por volumen del local y no más de 1 kg c . | | | |
| Sobre nivel terreno. | 20% x LII x volumen del local y no más de 10 kg c . | 20% x LII x volumen del local y no más de 25 kg c . | | | |
| a) m2= 26 m3x LII. b) m3= 130 m3x LII. c) Para aire exterior aplicar límite de toxicidad por volumen del local punto 3.3.2 de IF-04 y para salas de máquinas IF-0. | | | | | |
Párrafo añadido
APÉNDICE 2
Párrafo añadido
Estimación de la máxima carga admisible
Párrafo añadido
1. Requisitos de cargas máximas de refrigerante para sistemas frigoríficos.
Párrafo añadido
Los límites prácticos para los refrigerantes (véase apéndice 1, tabla A de la IF-02), están basados en el efecto de un escape súbito de refrigerante con un tiempo de exposición breve. No se refieren a los límites de seguridad para una exposición regular diaria. Los límites prácticos serán utilizados para determinar la carga máxima admisible en función de la categoría del local, tal y como se refleja en las tablas A y B del apéndice 1, de esta instrucción.
Párrafo añadido
El procedimiento a aplicar será el siguiente:
Párrafo añadido
a) Determinar la clasificación del local en donde se empleen los sistemas, según articulo 7 (A, B y C) y el tipo de ubicación del sistema (1, 2, 3 y 4) según artículo 6.2.
Párrafo añadido
b) Determinar la categoría de toxicidad del refrigerante utilizado en el sistema de refrigeración que será la categoría A o B, correspondiendo al primer carácter reflejado en la clase de seguridad del Apéndice 1, Tabla A de la IF-02. El límite de toxicidad de los valores ATEL/ODL o el límite práctico indicados en de la citada Tabla A del Apéndice 1 de la IF-02, elegir el mayor de los dos.
Párrafo añadido
c) Calcular la carga máxima para el sistema de refrigeración basada en la toxicidad, como la mayor de:
Párrafo añadido
i. Carga máxima a partir de la tabla A del Apéndice 1 de esta IF.
Párrafo añadido
ii. 20 m3multiplicados por la carga máxima para toxicidad con sistemas de refrigeración sellados herméticamente.
Párrafo añadido
iii. 150 gr para sistemas de refrigeración herméticamente sellados que utilicen refrigerantes de la clase de toxicidad A.
Párrafo añadido
d) Determinar la clase de inflamabilidad del refrigerante usado en el sistema, que será de las categorías 1, 2L, 2 o 3, que es el carácter indicado a continuación de la letra A o B en la columna del grupo de seguridad de la tabla A en el apéndice 1 de la IF-02, véase el LII correspondiente en la misma tabla.
Párrafo añadido
e) Determinar la carga máxima de refrigerante utilizado en el sistema basada en la inflamabilidad, como la mayor de:
Párrafo añadido
i. Carga máxima a partir de la tabla B del Apéndice 1 de esta IF.
Párrafo añadido
ii. m1x 1,5 para sistemas de refrigeración herméticamente sellados utilizando la categoría de inflamabilidad 2L.
Párrafo añadido
iii. m1para sistemas de refrigeración herméticamente sellados, utilizando la categoría de inflamabilidad 2 y 3.
Párrafo añadido
iv. 150 gr para sistemas de refrigeración herméticamente sellados.
Párrafo añadido
f) Aplicar la carga menor de refrigerante obtenida con los supuestos c) y e). Para determinar la carga máxima de refrigerante con refrigerantes de la categoría de inflamabilidad 1, no es aplicable.
Párrafo añadido
Las cargas máximas de refrigerante representados en la tabla B del apéndice 1 de esta IF-04 se les ha puesto un tope de manera que coincidan con los limites basados en los LII (límite inferior de inflamabilidad) de los refrigerantes según tabla A del apéndice 1 de la IF02.
Párrafo añadido
En el caso de las categorías de seguridad 2 y 3 los factores básicos del tope son m1, m2y m3. Para refrigerantes de la categoría de inflamabilidad 2L, el factor básico de tope se aumenta con el factor 1,5 al reconocer la menor velocidad de propagación de la llama en estos refrigerantes lo que conduce a reducir la probabilidad y consecuencias de la ignición.
Párrafo añadido
Los factores de tope se muestran en la tabla B del apéndice 1 y son los siguientes:
Párrafo añadido
m1= 4 m3× LII
Párrafo añadido
m2= 26 m3× LII
Párrafo añadido
m3= 130 m3× LII
Párrafo añadido
En donde los valores de los límites inferiores de inflamabilidad (LII) son los que aparecen en la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, en kg/m3. Los multiplicadores 4, 26 y 130 se basan en cargas 150 gr, 1 kg y 5 kg del refrigerante R-290.
Párrafo añadido
APÉNDICE 3
Párrafo añadido
Estimación de la máxima carga admisible por inflamabilidad para sistemas de acondicionamiento de aire y bombas de calor, en la aplicación para confort humano
Párrafo añadido
1. Partes conteniendo refrigerante en un espacio ocupado.
Párrafo añadido
Cuando la carga de un refrigerante con inflamabilidad categoría 2L supera el valor m1x 1,5, la máxima carga de refrigerante admisible en el local se calculará con la fórmula (1). Si la carga de refrigerante con categoría de inflamabilidad 2 o 3 supera m1, la carga máxima en el local se calculará con la formula (1) o la superficie mínima el suelo Aminpara poder instalar el sistema con carga m (kg) se calculará con la fórmula (2):
Párrafo añadido
mmax= 2,5 × LII5/4× h0× A1/2(1)
Párrafo añadido
*A*min=*m2/*(2,5 × LII5/4×*h*0)2(2)
Párrafo añadido
Donde:
Párrafo añadido
mmáx: es la carga máxima permitida en el recinto en kg.
Párrafo añadido
A: es el área del recinto en m2.
Párrafo añadido
Amin: es la superficie mínima del suelo.
Párrafo añadido
LII: es el límite inferior de inflamabilidad en kg/m3.
Párrafo añadido
h0: es la altura de instalación del aparato en m:
Párrafo añadido
– 0,6 m para un emplazamiento al suelo.
Párrafo añadido
– 1,8 m para un montaje en la pared.
Párrafo añadido
– 1,0 m para equipos de ventana.
Párrafo añadido
– 2,2 m para equipos de techo.
Párrafo añadido
Donde LII es el límite inferior de inflamabilidad según tabla A del apéndice 1 de la IF-02 y la masa molecular del refrigerante es superior a 42 gr/mol.
Párrafo añadido
2. Requisitos especiales para sistemas de acondicionamiento de aire o bombas de calor formados por una sola unidad compacta, no fija, sellada en fábrica y con carga limitada.
Párrafo añadido
Para unidades no fijas, selladas herméticas en fábrica formadas por una sola unidad compacta (unidad funcional en una solo envolvente) con una cantidad de carga según la ecuación (3), la carga máxima debe de cumplir con la fórmula (4), o la superficie de suelo mínima requerida Aminpara instalar el equipo con una carga de refrigerante determinada m (kg) debe cumplir con la fórmula (5).
Párrafo añadido
(4 m3) x LII < m ≤ 8 m3x LII (3)
Párrafo añadido
mmax= 0,25 x A x LII x 2,2 (4)
Párrafo añadido
Amin= m/(0,25 x LII x 2,2) (5)
Párrafo añadido
Donde:
Párrafo añadido
mmax.: es la carga máxima permitida en kg.
Párrafo añadido
m: es la carga de refrigerante en el sistema en kg.
Párrafo añadido
Amin: es la superficie de suelo mínima requerida en m2.
Párrafo añadido
A: es la superficie de suelo en m2.
Párrafo añadido
LII: es el límite inferior de inflamabilidad (LII) en kg/m3, indicado en la tabla A del Apéndice 1 de la IF-02.
Párrafo añadido
El equipo puede ubicarse a cualquier altura sobre el suelo. Cuando se ponga en funcionamiento, entrará en servicio un ventilador que suministrará de manera continua el caudal de aire mínimo requerido en condiciones de marcha normales de estado estable, incluso cuando el compresor pare por termostato.
Párrafo añadido
APÉNDICE 4
Párrafo añadido
Alternativa para la gestión del riesgo en sistemas de refrigeración situados en espacios ocupados
Párrafo añadido
1. General.
Párrafo añadido
Donde la combinación de categorías de clasificación y acceso de ubicación mostradas en las tablas A y B del apéndice 1 de la Instrucción IF-04 permitan el uso de disposiciones alternativas, el diseñador puede elegir (para todos o algunos de los espacios ocupados atendidos por el equipo) calcular la carga de refrigerante permitida utilizando los valores RCL, QLMV o QLAV que figuran en la tabla A de este apéndice 4. Todos los espacios ocupados en los que se encuentre alguna parte del sistema que contenga refrigerante deberán ser tenidos en cuenta en el cálculo de la carga admisible de refrigerante. Estas disposiciones alternativas pueden usarse sólo para un espacio ocupado que cumple todas las condiciones siguientes:
Párrafo añadido
a) Sistemas donde el refrigerante se clasifica como clase de seguridad A1 o A2L según tabla A del apéndice 1 de IF-02.
Párrafo añadido
b) Sistemas donde la carga de refrigerante no exceda de 150 kg y no exceda de 1,5 × m3para refrigerantes A2L.
Párrafo añadido
c) Sistemas en los que todas las derivaciones (por ejemplo, colectores o piezas en T) y todos los cambios de diámetro (por ejemplo, reductores) en tuberías que contienen refrigerante en el espacio ocupado en cuestión están fabricados de accesorios o colectores construidos en fábrica.
Párrafo añadido
d) Sistemas que son partidos y en los que el diseño, el dimensionamiento y la selección de materiales y componentes de tuberías que contienen refrigerante instaladas sobre el terreno en el espacio ocupado en cuestión están de acuerdo con las instrucciones de los fabricantes de las unidades construidas en fábrica.
Párrafo añadido
e) Sistemas en los que no se instalan válvulas (por ejemplo, válvulas de expansión, de inversión o de servicio) o aberturas de servicio en el espacio ocupado en cuestión, con la excepción de válvulas o aberturas de servicio que formen parte de las unidades construidas en fábrica.
Párrafo añadido
f) La ubicación del sistema es tipo 2.
Párrafo añadido
g) Sistemas en los que el intercambiador de calor de la unidad interior y el control del sistema están diseñados para evitar daños debido a la formación de hielo.
Párrafo añadido
h) Sistemas donde las partes que contienen refrigerante de la unidad interior están protegidas contra la rotura del ventilador o el ventilador está diseñado para evitar que se rompa.
Párrafo añadido
i) Sistemas donde se utilizan solo uniones permanentes en el espacio ocupado en cuestión, excepto para las juntas realizadas «in situ» para unir directamente la unidad interior a la tubería.
Párrafo añadido
j) Sistemas donde se instalan los tubos que contienen el refrigerante en el espacio ocupado en cuestión de manera tal que estén protegidos contra daño accidental según apartado 3.3 de la IF-06 y apartado 3 de este apéndice.
Párrafo añadido
k) Disposiciones alternativas para garantizar la seguridad se proporcionan en los apartados 2.2 y 2.3 de este apéndice.
Párrafo añadido
l) Las puertas del espacio ocupado no son estancas.
Párrafo añadido
m) El efecto del flujo descendente se mitiga aplicando el apartado 2.4 de este apéndice.
Párrafo añadido
Siempre que se cumplan todas las condiciones anteriores, se supone que la fuga máxima en el espacio ocupado no es mayor que la resultante de un poro y la carga máxima se calcula sobre esa base.
Párrafo añadido
2. Carga permisible.
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2.1 Generalidades.
Párrafo añadido
Para los espacios ocupados de más de 250 m2, el cálculo de límites de carga utilizará 250 m2como superficie de la sala para la determinación del volumen de la habitación.
Párrafo añadido
La carga total del sistema dividida por el volumen de la sala no debe exceder el valor de QLMV en la tabla A de este apéndice (o si la planta más baja es subterránea), el valor de RCL de tabla B a menos que se tomen las medidas apropiadas. Si el valor excede al QLMV o al RCL, se tomarán las medidas apropiadas de acuerdo con apartado 2.2 o 2.3. La medida más adecuada será la ventilación (natural o mecánica), las válvulas de cierre de seguridad y la alarma de seguridad, junto con un dispositivo de detección de gas. La alarma de seguridad por sí sola no se considerará como una medida apropiada cuando los ocupantes estén restringidos en su movimiento.
Párrafo añadido
NOTA 1. Para sistemas instalados y operados dentro de las restricciones del apartado 1 se ha minimizado el riesgo de liberación rápida de refrigerante a través de una fuga importante. Por lo tanto, el cálculo de la tasa de ventilación en este anexo se basa en una tasa máxima de fugas de 10 kg/h.
Párrafo añadido
NOTA 2. QLMV se basa en una altura de la sala de 2,2 m una abertura de 0,0032 m2(calculada a partir de una puerta de 0,8 m de ancho y una separación de 4 mm típica de las habitaciones diseñadas sin ventilación).
Párrafo añadido
NOTA 3. QLAV se basa en una concentración de oxígeno de 18,5% en volumen, suponiendo una mezcla homogénea.
Párrafo añadido
NOTA 4. En el apéndice 5 se pueden ver ejemplos del cálculo.
Párrafo añadido
Tabla A
Párrafo añadido
Carga de refrigerantes admisibles
Párrafo añadido
| Refrigerante | Concentración admisible (kg/m3) RCI | QLMV (kg/m3) | QLAV (kg/m3) |
| --- | --- | --- | --- |
| R-22 | 0,21 | 0,28 | 0,50 a |
| R-134a | 0,21 | 0,28 | 0,58 a |
| R-407C | 0,27 | 0,44 | 0,49 a |
| R-410A | 0,39 | 0,42 | 0,42ª |
| R-744 | 0,072 | 0,074 | 0,18 b |
| R-32 | 0,061 | 0,063 | 0,15 c |
| R-1234yf | 0,058 | 0,060 | 0,14 c |
| R-1234ze | 0,061 | 0,063 | 0,15 c |
Párrafo añadido
aBasado en el ODL.
Párrafo añadido
bBasado en una concentración del 10%.
Párrafo añadido
cBasado en el 50% del LII.
Párrafo añadido
Para los refrigerantes no enumerados en la tabla A, la QLAV será el menor entre:
Párrafo añadido
Para R-744 una fracción de volumen de 10% (debido al efecto anestésico agudo);
Párrafo añadido
ODL;
Párrafo añadido
50% de LII para refrigerantes de clase 2L.
Párrafo añadido
Para los refrigerantes no enumerados en la tabla A, la fórmula (6) se utilizará para el cálculo de QLMV:
Párrafo añadido
QMLV =*s*│*x = RCL*×*ṁ*(6)
Párrafo añadido
Donde:
Párrafo añadido
*s*│*x = RCL*= Es el punto en el tiempo normalizado s, cuando la concentración x = RCL, se encuentra resolviendo.
Párrafo añadido

Párrafo añadido
x = Es la masa de refrigerante en la habitación (kg/m3).
Párrafo añadido
s = Es el tiempo transcurrido desde que se inició la fuga dividido por el volumen de la habitación (s/m3).
Párrafo añadido
m = Es la tasa de fugas del sistema de refrigeración (0,00278 kg/s).
Párrafo añadido
A = Es el área de abertura (m2) necesaria para dar la tasa mínima de ventilación típica de recintos sin diseño para ventilación, 0,004 m x 0,8 m = 0,0032 m2.
Párrafo añadido
c = Es el coeficiente de flujo igual a 1.
Párrafo añadido
ρ = Es la densidad de la mezcla de aire y refrigerante (kg/m3) donde
Párrafo añadido

Párrafo añadido
ρa= Es la densidad del aire (kg/m3) (calculada sobre la base de la masa molar de aire = 29 e ISO 817).
Párrafo añadido
ρr= Es la densidad del refrigerante (kg/m3) (calculada sobre la base de la masa molar e ISO 817).
Párrafo añadido
h = Es la altura del techo (m).
Párrafo añadido
El QLMV de los refrigerantes con masa molecular entre 50 gr/mol y 125 gr/mol puede determinarse mediante interpolación lineal de los valores indicados en la tabla B.
Párrafo añadido
Cuando lo anterior da un QLMV indefinido o un QLMV por encima de QLAV, se utilizará QLMV igual a QLAV.
Párrafo añadido
Tabla B
Párrafo añadido
Tabla de interpolación para calcular el QLMV
Párrafo añadido
| RCL | | Masa molar | | |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| 50 | 75 | 100 | 125 | |
| 0,05 | 0,051 | 0,051 | 0,051 | 0,051 |
| 0,10 | 0,106 | 0,108 | 0,108 | 0,109 |
| 0,15 | 0,168 | 0,173 | 0,175 | 0,176 |
| 0,20 | 0,242 | 0,254 | 0,260 | 0,264 |
| 0,25 | 0,336 | 0,367 | 0,383 | 0,394 |
| 0,30 | 0,470 | 0,564 | 0,633 | 0,689 |
| 0,35 | 0,724 | – | – | – |
Párrafo añadido
2.2 Ocupaciones excepto en la planta sótano del edificio.
Párrafo añadido
Cuando la carga de refrigerante dividida por el volumen de la sala no excede la QLMV, no se requieren medidas adicionales.
Párrafo añadido
Cuando el valor sea mayor que el QLMV, pero menor o igual que el valor QLAV, se aplicarán al menos una de las medidas descritas en los apartados 3 y 4 de este apéndice. Cuando el valor exceda a la QLAV, se aplicarán al menos dos de las medidas especificadas.
Párrafo añadido
2.3 Ocupaciones en la planta sótano del edificio.
Párrafo añadido
Cuando la carga de refrigerante dividida por el volumen de la sala es superior al valor de RCL de la tabla A, pero menor o igual que el valor de QLMV, se aplicará al menos una de las medidas descritas en los siguientes apartados: 3 y 4 de este apéndice, colocación de un detector de acuerdo con el apartado 3 de la IF-16. Cuando el valor exceda al QLMV, se aplicarán al menos dos de las medidas especificadas. El valor no excederá el valor de QLAV.
Párrafo añadido
2.4 Efecto del descenso del flujo.
Párrafo añadido
Incluso si no hay un sistema de refrigeración en la planta inferior, en los emplazamientos donde la carga del sistema mayor en el edificio, dividida por el volumen total del piso más bajo, exceda del valor de QLMV, se montará una ventilación mecánica de acuerdo con el apartado 3.3 de este apéndice.
Párrafo añadido
3. Requisitos para las disposiciones alternativas.
Párrafo añadido
3.1 General.
Párrafo añadido
Estas medidas adicionales sólo se aplican a los sistemas descritos en este apéndice.
Párrafo añadido
En el caso de que una unidad interior este ubicada en el interior o la tubería pase a través de un espacio ocupado con un volumen de tal tamaño que la carga total exceda la carga permitida según el apartado 2, o se superen los límites prácticos, las disposiciones alternativas descritas en este apartado 3 pueden ser aplicadas para garantizar la seguridad.
Párrafo añadido
3.2 Espacio ocupado.
Párrafo añadido
Si la unidad interior está situada a una altura inferior a 1,8 m del suelo, se preverá un ventilador de la unidad interior, un recirculador o una ventilación mecánica para evitar el riesgo de que el refrigerante se estanque en caso de fuga, funcionará continuamente o será activado por un detector. Si se prevé, a nivel del suelo, una abertura que permita la dilución del ambiente, tal como un hueco debajo de la puerta, es aceptable colocar el equipo bajo sin mezcla con el aire.
Párrafo añadido
El espacio donde se instala la unidad interior podrá estar clasificado como Categoría A según el artículo 7 del presente Reglamento. Las unidades interiores no se deben usar en una habitación sellada sin ventilación al exterior de la misma. El equipo y las tuberías de interior deberán estar montados y protegidos de forma que no pueda producirse una rotura accidental de los mismos, por sucesos tales como movimiento de muebles o actividades de reconstrucción.
Párrafo añadido
3.3 Ventilación.
Párrafo añadido
3.3.1 Generalidades.
Párrafo añadido
Las estimaciones según apartados 2.2 y 2.3 pueden requerir el empleo de ventilación como medida de seguridad.
Párrafo añadido
La ventilación debe hacerse hacia un lugar donde haya suficiente aire para diluir la fuga de refrigerante tal como al aire libre o a un gran espacio ocupado. El lugar de interior utilizado para proporcionar el aire de ventilación debe tener un volumen suficiente, incluyendo el volumen de la habitación en la que esté instalada la unidad interior, para asegurar que no se supera la carga límite mínima ventilación (QLMV). La ventilación interior se realizará en una habitación que tenga el volumen suficiente para satisfacer el valor de QLMV en total con el volumen de espacio ocupado. No se tendrá en cuenta la ventilación natural al aire libre.
Párrafo añadido
Los valores de QLMV se encuentran en este mismo apéndice.
Párrafo añadido
3.3.2 Aberturas de renovación (para diluir la concentración) mediante convección natural.
Párrafo añadido
Las aberturas para renovación de aire se proporcionarán tanto en la parte superior como en la inferior. Para estas aberturas de renovación, la suma de las áreas a nivel superior y la suma de las áreas a nivel inferior deberán ser por lo menos el área determinada de la fórmula (7). Esta área se puede dividir en dos o más aberturas en cada localización alta y baja, que estarán a su vez situadas cerca del techo y del suelo respectivamente. Si el techo está suspendido y la pared no llega al mismo en habitaciones contiguas, entonces la abertura superior no es necesaria.
Párrafo añadido
A = 0,0032 × m / (QLMV × V) (7)
Párrafo añadido
Donde:
Párrafo añadido
A = Es el área de abertura necesaria en m2.
Párrafo añadido
m = Es la carga de refrigerante expresada en kg.
Párrafo añadido
V = Es el volumen de la habitación, expresado en m3.
Párrafo añadido
QLMV= Es carga límite con mínima ventilación en kg/m3.
Párrafo añadido
El borde inferior de la abertura inferior deberá estar a una altura de 0,2 m o menos del suelo. El borde superior de la abertura superior debe ser igual o superior al borde superior de la abertura de la puerta.
Párrafo añadido
Ventilación mecánica.
Párrafo añadido
3.3.2.1 Caudal de aire requerido.
Párrafo añadido
Para Q × RCL/10 < 1, el caudal de aire real, no nominal, de la ventilación mecánica debe ser al menos la cantidad que satisface la fórmula (8). Para Q × RCL / 10 ≥ 1, el caudal de aire se determinará de acuerdo con la fórmula (9)
Párrafo añadido
(8)
Párrafo añadido
(9)
Párrafo añadido
Donde:
Párrafo añadido
m = Es la carga de refrigerante en kg.
Párrafo añadido
V = Es el volumen de la habitación, expresado en m3.
Párrafo añadido
10 = Es la tasa máxima de fuga esperada, en kg/h.
Párrafo añadido
Q = Es el caudal de aire de ventilación en m3/h.
Párrafo añadido
RCL = Es la concentración límite de refrigerante en kg/m3.
Párrafo añadido
ln = Logaritmo natural.
Párrafo añadido
La ecuación (9) puede también ser empleada en lugar de la (8), sin embargo, como consecuencia de la simplificación, proporciona un valor de flujo de aire más alto.
Párrafo añadido
3.3.2.2 Aberturas de ventilación mecánica.
Párrafo añadido
El borde inferior de la abertura de ventilación mecánica debe ser lo más bajo posible y no más de 0,2 m del suelo.
Párrafo añadido
Las aberturas de extracción deben estar situadas a una distancia suficiente de las aberturas de admisión para evitar la recirculación en el espacio ocupado. Además de las aberturas para la extracción del aire, las aberturas de entrada de aire deberán tener la misma superficie libre que las de extracción.
Párrafo añadido
3.3.2.3 Funcionamiento de la ventilación mecánica.
Párrafo añadido
La ventilación mecánica debe estar funcionando permanentemente o debe ser conectada por un detector según apartado 3 de la IF-16.
Párrafo añadido
3.4 Válvulas de cierre para seguridad.
Párrafo añadido
3.4.1 Generalidades.
Párrafo añadido
Si se emplean válvulas de cierre como seguridad como medida preventiva, de acuerdo con el apartado 2 de este apéndice, se colocarán en una posición apropiada en un circuito de refrigeración. En caso de fuga de refrigerante, las válvulas deberán cerrar de manera que la cantidad de refrigerante fugada al espacio ocupado sea inferior al valor de QLMV.
Párrafo añadido
Se utilizará el valor RCL, que se facilita en la tabla A de este apéndice, en lugar de QLMV para el piso subterráneo más bajo del edificio. Las válvulas aislarán el circuito de refrigeración del espacio ocupado mediante el control de un detector de acuerdo con el apartado 3 de la IF-16. El fabricante o el instalador del equipo proporcionará los datos necesarios para calcular la cantidad de refrigerante que puede penetrar en el espacio ocupado, en caso de fuga. Los datos deben incluir al menos la cantidad de refrigerante que puede fugarse considerando el tiempo de respuesta del sensor y el controlador que activa las válvulas, así como la cantidad residual de refrigerante que quedará en cada sección del sistema de refrigeración después de que las válvulas se hayan cerrado. Estas cantidades se tendrán en cuenta para determinar la cantidad de refrigerante que se fugó al espacio ocupado. Los datos deberán incluir la ubicación de la válvula en el sistema de refrigeración y la posición de los detectores en los recintos que lo requieran. Estos datos se incluirán en la documentación de instalación de acuerdo con apartado 2 de la IF-09.
Párrafo añadido
3.4.2 Ubicación.
Párrafo añadido
Las válvulas de cierre deberán estar ubicadas fuera del espacio ocupado y estarán colocadas para permitir el acceso para el mantenimiento por una empresa autorizada.
Párrafo añadido
3.4.3 Diseño.
Párrafo añadido
Las válvulas se diseñarán para cerrar en el caso de fallo de energía eléctrica, p.e. Válvulas de solenoide de retorno de resorte.
Párrafo añadido
Las válvulas en el circuito de refrigeración deben poder cortar el flujo de refrigerante en caso de una fuga del mismo sin afectar indebidamente la circulación de refrigerante en funcionamiento normal.
Párrafo añadido
4. Alarmas de seguridad.
Párrafo añadido
4.1 General.
Párrafo añadido
Si se emplean alarmas para avisar de una fuga en la sala de máquinas o en el espacio ocupado, la alarma avisará de una fuga de refrigerante de acuerdo con el apartado 4.3. La alarma será activada por la señal del detector de acuerdo con el apartado 3 de IF-16. La alarma también alertará a una persona autorizada para que tome las medidas apropiadas.
Párrafo añadido
4.2 Potencia del sistema de alarma.
Párrafo añadido
En los casos en que se instale un sistema de alarma, la fuente de alimentación del sistema de alarma deberá ser independiente de la ventilación mecánica u otros sistemas de refrigeración que el sistema de alarma esté protegiendo.
Párrafo añadido
Un sistema de reserva que utilice baterías puede ser usado para el sistema de alarma.
Párrafo añadido
4.3 Advertencia del sistema de alarma.
Párrafo añadido
El sistema de alarma avisará de forma audible y visible, como un zumbador fuerte (15 dB (A) por encima del nivel de fondo) y una luz intermitente.
Párrafo añadido
Para una sala de máquinas, el sistema de alarma debe advertir tanto dentro como fuera de la sala de máquinas. La alarma fuera de la sala de máquinas puede instalarse en un lugar supervisado.
Párrafo añadido
Para un espacio ocupado, el sistema de alarma debe advertir al menos dentro del espacio ocupado.
Párrafo añadido
En locales de Categoría A según art. 7 del presente Reglamento, el sistema de alarma también avisará en un lugar supervisado, como la ubicación del portero nocturno, así como en el espacio ocupado.
Párrafo añadido
APÉNDICE 5
Párrafo añadido
Aplicación práctica tablas a y b del apéndice 1 de esta instrucción
Párrafo añadido
Ejemplo 1. Acondicionador de aire con R-410A.
Párrafo añadido
Destinado a un dormitorio de una residencia privada, con una superficie de 16 m2y una altura de 2,7 m.
Párrafo añadido
Estudio clasificación:
Párrafo añadido
a) Categoría de toxicidad del refrigerante A.
Párrafo añadido
b) Categoría de inflamabilidad 1.
Párrafo añadido
c) Clasificación del local: categoría A.
Párrafo añadido
d) Tipo de emplazamiento: tipo 2, con compresor y condensador en exterior.
Párrafo añadido
Los requisitos de seguridad corresponden a la casilla clase de seguridad A1 de la tabla A de la IF-04. El límite práctico, de acuerdo con la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, es de 0,44 kg/m3, por lo que la carga admisible de refrigerante será de:
Párrafo añadido
Carga máxima = 0,44 x 16 x 2,7 = 19 kg
Párrafo añadido
Ejemplo 2. Sistema con R-290 para refrigeración de vitrinas situadas en un colmado.
Párrafo añadido
Dimensiones del local 55 m2de superficie y 3,5 m de altura.
Párrafo añadido
Estudio clasificación:
Párrafo añadido
a) Categoría de toxicidad del refrigerante A.
Párrafo añadido
b) Categoría de inflamabilidad 3.
Párrafo añadido
c) Clasificación del local: categoría B.
Párrafo añadido
d) Tipo de emplazamiento: tipo 1, con evaporador y compresor situados en el interior y condensador al exterior.
Párrafo añadido
Los requisitos de seguridad corresponden a la casilla clase de seguridad B1 de la tabla B categoría de encendido 3. El límite práctico, de acuerdo con la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, es de 0,008 kg/m3, por lo que la carga admisible de refrigerante será de:
Párrafo añadido
Carga máxima = 0,008 x 55 x 3,5 = 1,54 kg
Párrafo añadido
No obstante, de acuerdo con la citada casilla clase de seguridad B1, el sistema debe ser herméticamente sellado y la carga máxima admisible es de 1,5 kg.
Párrafo añadido
Ejemplo 3. Sistema con R-717 destinado a una fábrica de pizzas congeladas.
Párrafo añadido
Compresores y recipientes estarán ubicados en sala de máquinas especial, condensadores al aire libre.
Párrafo añadido
Estudio clasificación:
Párrafo añadido
a) Categoría de toxicidad del refrigerante B.
Párrafo añadido
b) Categoría de inflamabilidad 2L.
Párrafo añadido
c) Clasificación del local: categoría C.
Párrafo añadido
d) Tipo de emplazamiento: tipo 2, con evaporador interior, compresor y condensador en sala de máquinas especial.
Párrafo añadido
Los requisitos de seguridad corresponden a la casilla C2 de la tabla de refrigerante A del apéndice 1 por lo que se refiere a toxicidad y a C2 de la tabla B para la inflamabilidad.
Párrafo añadido
Si la densidad de personal es inferior a 1 persona/10 m2no hay límite de carga en ninguno de los dos casos. Si es mayor, entonces:
Párrafo añadido
Por toxicidad no se deben superar los 25 kg.
Párrafo añadido
Por inflamabilidad no se debe superar los 0,116 x 20/100 = 0,0232 kg/m3.
Párrafo añadido
Ejemplo 4. Unidad de climatización por conductos con una carga de R-32 de 8,5 kg.
Párrafo añadido
Destinado a un restaurante con una superficie de 75 m2y una altura de 2,5 m.
Párrafo añadido
Estudio clasificación:
Párrafo añadido
a) Categoría de toxicidad del refrigerante A.
Párrafo añadido
b) Categoría de inflamabilidad 2L.
Párrafo añadido
c) Clasificación del local: categoría A.
Párrafo añadido
Tipo de emplazamiento: tipo 2, con compresor y condensador en exterior.
Párrafo añadido
El límite de carga máxima basado en la toxicidad es el correspondiente a la casilla A2 de la tabla A de la IF-04. El límite de toxicidad (ATEL/ODL), de acuerdo con la tabla A del apéndice 1 de la IF-02, es de 0,30 kg/m3, por lo que la carga admisible de refrigerante, por su toxicidad, será de:
Párrafo añadido
Límite de carga por toxicidad = 0,30 x 75 x 2,5 = 56,25 kg.
Párrafo añadido
A continuación, se debe calcular el límite de carga máxima basado en la inflamabilidad, según criterios de la casilla A2, confort humano, de la tabla B de la IF-04. En este caso, corresponde aplicar el apéndice 3 por tratarse de una bomba de calor para confort humano. Cuando la carga de un refrigerante con inflamabilidad categoría 2L supera el valor m1x 1,5, la máxima carga de refrigerante admisible en el local se calculará con la formula (1), por lo que primeramente debemos calcular m1.
Párrafo añadido
m1× 1,5 = 4 × LII × 1,5 < 8,5 kg
Párrafo añadido
En este caso, m1x 1,5 es inferior a la carga de la unidad, por lo que debemos aplicar la siguiente fórmula:
Párrafo añadido
mmax= 2,5 × LII5/4× h0× A1/2
Párrafo añadido
mmáx= es la carga máxima permitida en el recinto en kg.
Párrafo añadido
A = es el área del recinto en m2. En este ejemplo, 75 m2.
Párrafo añadido
LII = es el límite inferior de inflamabilidad en kg/m3. Para R-32, 0,307 kg/m3.
Párrafo añadido
h0 =es la altura de instalación del aparato en m. En este caso, por tratarse de una unidad de techo el valor será 2,2.
Párrafo añadido
mmax= 2,5 × 0,3075/4× 2,2 × 751/2
Párrafo añadido
Por lo que la carga máxima, debido a la inflamabilidad del refrigerante, la ubicación de la unidad interior y el área mínima a considerar, es 10,85 kg.
Párrafo añadido
En este caso el límite de carga por inflamabilidad es inferior al límite máximo por toxicidad, por lo que el límite máximo de carga de la instalación es 10,85 kg de R-32.
Párrafo añadido
Ejemplo 5. Sistema aire acondicionado.
Párrafo añadido
Para un sistema de aire acondicionado que tiene:
Párrafo añadido
Una carga de 300 g de R-290;
Párrafo añadido
LII de R-290 es igual a 0,038 kg / m3;
Párrafo añadido
La carga es superior a 152 g (4 m3× LII), por lo que el tamaño mínimo de la sala se calculará en función de la ubicación de instalación.
Párrafo añadido
Tabla 5.1
Párrafo añadido
Ubicación de la instalación - Volumen mínimo de la sala
Párrafo añadido
| Situación | Altura | Superficie mínima [m2] | Volumen mínimo para 2,2 m de altura [m3] |
| --- | --- | --- | --- |
| Suelo | 0,6 | 142,1 | 312,6 |
| Montaje pared | 1,8 | 15,8 | 34,7 |
| Montaje ventana | 1,0 | 51,2 | 112,5 |
| Montaje techo | 2,2 | 10,6 | 23,3 |
Párrafo añadido
Ejemplo 6. Sistema aire acondicionado.
Párrafo añadido
Para una habitación con una superficie de 30 m2, la carga máxima permitida de R-290 para un aparato de aire acondicionado montado en una ventana es de 230 g.
Párrafo añadido
Ejemplo 7. Sistema con R-134a con medidas adicionales.
Párrafo añadido
Un sistema con 90 kg de R-134a se instala en un espacio de 300 m3.
Párrafo añadido
90 kg en 300 m3es igual a 0,3 kg / m3.
Párrafo añadido
0,3 kg / m3supera el QLMV de 0,28 kg / m3.
Párrafo añadido
0,3 kg / m3está por debajo del QLAV de 0,58 kg / m3.
Párrafo añadido
La instalación del sistema está permitida siempre que se prevea al menos una de las medidas de seguridad descritas en los apartados 3 y 4 del apéndice 4.
Párrafo añadido
Ejemplo 8. Sistema R-410A con medidas adicionales.
Párrafo añadido
Un sistema con refrigerante R-410A se instala en volúmenes de sala como se especifica en la Tabla 5.2.
Párrafo añadido
El sistema es un sistema directo con tipo de emplazamiento 2.
Párrafo añadido
Tabla 5.2
Párrafo añadido
Estimación de la carga máxima
Párrafo añadido
| Ejemplo | Volumen local | Carga máxima según Apéndice 4 apartado 1 | Carga máxima según QLMV (Volumen x QLMV) | Carga máxima según QLAV (Volumen x QLAV) | Conclusión |
| --- | --- | --- | --- | --- | --- |
| 1 | 1 000 m 3 | 150 kg | 420 kg | 420 kg | La carga máxima es 150 kg. |
| 2 | 100 m 3 | 150 kg | 42 kg | 42 kg | La carga máxima es: Opción 1: 42 kg. Opción 2: 150 kg si se adoptan dos medidas adicionales (apartado 2 de apéndice 4). |
INSTRUCCIÓN IF-09▾
AntesPara los sistemas compactos, semicompactos y de absorción herméticos, esta prueba de estanqueidad se efectuará en fábrica.
AhoraPara los sistemas compactos y de absorción herméticos, esta prueba de estanqueidad se efectuará en fábrica.
INSTRUCCIÓN IF-10▾
Antes
Ahora
INSTRUCCIÓN IF-14▾
Párrafo añadido
3.3 Las inspecciones se realizarán siguiendo los procedimientos establecidos en la norma UNE 192013 u otras normas que aporten un nivel de seguridad equivalente a esta, en todo lo que no contradiga al presente reglamento.
INSTRUCCIÓN IF-16▸
AntesLa instalación cumple con los requisitos de la norma UNE-EN 12845.
AhoraLa instalación debe cumplir los requisitos fijados en el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo.
INSTRUCCIÓN IF-21▸
Antes| Norma | Titulo |
| --- | --- |
| UNE-EN ISO 7010:2012 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A1:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A2:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A3:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A4:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A5:2015 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A6:2016 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A7:2017 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 9606-1:2017. | Cualificación de soldadores. Soldeo por fusión. Parte 1: Aceros. |
| UNE-EN ISO 9606-3:1999. | Cualificación de soldadores. Soldeo por fusión. Parte 3: Cobre y aleaciones de cobre. |
| UNE-EN ISO 13850:2016. | Seguridad de las maquinas. Función de parada de emergencia. Principios para el diseño. |
| UNE-EN ISO/IEC 17024:2012. | Evaluación de la conformidad. Requisitos generales para los organismos que realizan certificación de personas. |
| UNE-EN 378-1:2017. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 1: Requisitos básicos, definiciones, clasificación y criterios de elección. |
| UNE-EN 378-2:2017. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 2: Diseño, fabricación, ensayos, marcado y documentación. |
| UNE-EN 378-3:2017. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 3: Instalación «in situ» y protección de las personas. |
| UNE-EN 378-4:2017. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 4: Operación, mantenimiento, reparación y recuperación. |
| UNE-EN 1736:2009. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Elementos flexibles de tuberías, aisladores de vibración, juntas de dilatación y tubos no metálicos. Requisitos, diseño e instalación. |
| UNE-EN 1127-1:2012. | Atmósferas explosivas. Prevención y protección contra la explosión. Parte 1: Conceptos básicos y metodología. |
| UNE-EN 1507:2007. | Ventilación de edificios. Conductos de aire de chapa metálicos de sección rectangular. Requisitos de resistencia y estanqueidad. |
| UNE-EN 1861:1999. | Sistemas frigoríficos y bombas de calor. Esquemas sinópticos para sistemas, tuberías e instrumentación. Configuración y símbolos. |
| UNE-EN 10204:2006. | Productos metálicos. Tipos de documentos de inspección. |
| UNE-EN 10253-2:2010. | Accesorios para tuberías soldadas a tope. Parte 2: Aceros al carbono y aceros aleados férricos con control especifico. |
| UNE-EN 10253-4:2010. | Accesorios para tuberías soldadas a tope. Parte 4: Aceros inoxidables forjados austeniticos y austero-férrico con requisitos específicos de inspección. |
| UNE-EN 12178:2017. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Dispositivos indicadores de nivel de líquido. Requisitos, ensayos y marcado. |
| UNE-EN 12236:2003. | Ventilación de edificios. Soportes y apoyos de la red de conductos. Requisitos de referencia. Sistemas de refrigeración y bombas de calor. |
| UNE-EN 12263:1999. | Dispositivos interruptores de seguridad para limitar la presión. Requisitos y ensayos. |
| UNE-EN 12284:2005. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Válvulas. Requisitos, ensayos y marcado. |
| UNE-EN 12693:2009. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Compresores volumétricos para fluidos refrigerantes. |
| UNE-EN 12735-1:2016. | Cobre y aleaciones de cobre. Tubos redondos, sin soldadura, para aire acondicionado y refrigeración. Parte 1: Tubos para canalizaciones. |
| UNE-EN 12735-2:2016. | Cobre y aleaciones de cobre. Tubos redondos, sin soldadura, para aire acondicionado y refrigeración. Parte 2: Tubos para equipos. |
| UNE-EN 12845:2016. | Sistemas fijos de lucha contra incendios. Sistemas de rociadores automáticos. Diseño, instalación y mantenimiento. |
| UNE-EN 13136:2014. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Dispositivos de alivio de presión y sus tuberías de conexión. Métodos de cálculo. |
| UNE-EN 13163:2013+A2:2017. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de poliestireno expandido (EPS) Especificación. |
| UNE-EN 13164:2013+A1:2015. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de poliestireno extruído (XPS). Especificación. |
| UNE-EN 13165:2013+A2:2017. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de espuma rígida de poliuretano (PU). Especificación. |
| UNE-EN 13166:2013+A 2:2016. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de espuma fenólica (PF). Especificación. |
| UNE-EN 13167:2013+A1:2015. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de vidrio celular (CG). Especificación. |
| UNE-EN 13170:2013+A1:2015. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de corcho expandido (ICB). Especificación. |
| UNE-EN 13313:2011. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Competencia del personal. |
| UNE-EN 13480-3:2017. | Tuberías metálicas industriales. Parte 3: Diseño y calculo. |
| UNE-EN 14276-1:2007+A1:2011. | Equipos a presión para sistemas de refrigeración y bombas de calor. Parte 1: Recipientes. Requisitos generales. |
| UNE-EN 14276-2:2008+A1:2011. | Equipos a presión para sistemas de refrigeración y bombas de calor. Parte 2: Redes de tuberías. Requisitos generales. |
| UNE-EN 14509:2014. | Paneles sándwich aislantes autoportantes de doble capa metálica. Productos hechos en fábrica. Especificaciones. |
| UNE-EN 14624:2012. | Prestaciones de los detectores de fugas portátiles y de los controladores de ambiente de refrigerantes halogenados. |
| UNE-EN 60079-0:2013. | Atmósferas explosivas. Parte 0: Equipos. Requisitos generales. |
| UNE-EN 60079-0:2013/A11:2014. | Atmósferas explosivas. Parte 0: Equipos. Requisitos generales. |
| UNE-EN 60079-10-1:2016. | Atmósferas explosivas. Parte 10-1: Clasificación de emplazamientos. Atmósferas explosivas gaseosas. |
| UNE-EN 60204-1:2007. | Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales (IEC 60204-1:2005, modificada). |
| UNE-EN 60204-1:2007 CORR:2010. | Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales (IEC 60204-1:2005, modificada). |
| UNE-EN 60204-1:2007/A1:2009. | Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales (IEC 60204-1:2005, modificada). |
| UNE-EN 60335-1:2002. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 1: Requisitos generales. |
| UNE-EN 60335-1/A15:2011. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 1: Requisitos generales. |
| UNE-EN 60335-2-34:2014. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-34: Requisitos particulares para los motocompresores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A11:205. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A12:2005. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A1:2007. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A2:2009. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A13:2012. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A13:2012/AC:2013. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN ISO 12100:2012. | Seguridad de las máquinas. Principios generales para el diseño. Evaluación del riesgo y reducción del riesgo. |
| UNE 74105-1:1990. | Acústica. Métodos estadísticos para la determinación y la verificación de los valores de emisión acústica establecidos para las máquinas y equipos. Parte 1: Generalidades y definiciones. |
| UNE 157001:2014. | Criterios generales para la elaboración formal de los documentos que constituyen un proyecto técnico. |
Ahora| Norma | Titulo |
| --- | --- |
| UNE-EN ISO 7010:2012 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A1:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A2:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A3:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A4:2014 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A5:2015 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A6:2016 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 7010:2012/A7:2017 (Ratificada). | Símbolos gráficos. Colores y señales de seguridad. Señales de seguridad registradas. |
| UNE-EN ISO 9606-1:2017. | Cualificación de soldadores. Soldeo por fusión. Parte 1: Aceros. |
| UNE-EN ISO 9606-3:1999. | Cualificación de soldadores. Soldeo por fusión. Parte 3: Cobre y aleaciones de cobre. |
| UNE-EN ISO 13850:2016. | Seguridad de las maquinas. Función de parada de emergencia. Principios para el diseño. |
| UNE-EN ISO/IEC 17024:2012. | Evaluación de la conformidad. Requisitos generales para los organismos que realizan certificación de personas. |
| UNE-EN 378-1:2017+A1:2021. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 1: Requisitos básicos, definiciones, clasificación y criterios de elección. |
| UNE-EN 378-2:2017. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 2: Diseño, fabricación, ensayos, marcado y documentación. |
| UNE-EN 378-3:2017+A1:2021. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 3: Instalación «in situ» y protección de las personas. |
| UNE-EN 378-4:2017+A1:2020. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Parte 4: Operación, mantenimiento, reparación y recuperación. |
| UNE-EN 1736:2009. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Elementos flexibles de tuberías, aisladores de vibración, juntas de dilatación y tubos no metálicos. Requisitos, diseño e instalación. |
| UNE-EN 1127-1:2012. | Atmósferas explosivas. Prevención y protección contra la explosión. Parte 1: Conceptos básicos y metodología. |
| UNE-EN 1507:2007. | Ventilación de edificios. Conductos de aire de chapa metálicos de sección rectangular. Requisitos de resistencia y estanqueidad. |
| UNE-EN 1861:1999. | Sistemas frigoríficos y bombas de calor. Esquemas sinópticos para sistemas, tuberías e instrumentación. Configuración y símbolos. |
| UNE-EN 10204:2006. | Productos metálicos. Tipos de documentos de inspección. |
| UNE-EN 10253-2:2010. | Accesorios para tuberías soldadas a tope. Parte 2: Aceros al carbono y aceros aleados férricos con control especifico. |
| UNE-EN 10253-4:2010. | Accesorios para tuberías soldadas a tope. Parte 4: Aceros inoxidables forjados austeniticos y austero-férrico con requisitos específicos de inspección. |
| UNE-EN 12178:2017. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Dispositivos indicadores de nivel de líquido. Requisitos, ensayos y marcado. |
| UNE-EN 12236:2003. | Ventilación de edificios. Soportes y apoyos de la red de conductos. Requisitos de referencia. Sistemas de refrigeración y bombas de calor. |
| UNE-EN 12263:1999. | Dispositivos interruptores de seguridad para limitar la presión. Requisitos y ensayos. |
| UNE-EN 12284:2005. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Válvulas. Requisitos, ensayos y marcado. |
| UNE-EN 12693:2009. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Requisitos de seguridad y medioambientales. Compresores volumétricos para fluidos refrigerantes. |
| UNE-EN 12735-1:2016. | Cobre y aleaciones de cobre. Tubos redondos, sin soldadura, para aire acondicionado y refrigeración. Parte 1: Tubos para canalizaciones. |
| UNE-EN 12735-2:2016. | Cobre y aleaciones de cobre. Tubos redondos, sin soldadura, para aire acondicionado y refrigeración. Parte 2: Tubos para equipos. |
| UNE-EN 13136:2014. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Dispositivos de alivio de presión y sus tuberías de conexión. Métodos de cálculo. |
| UNE-EN 13163:2013+A2:2017. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de poliestireno expandido (EPS) Especificación. |
| UNE-EN 13164:2013+A1:2015. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de poliestireno extruído (XPS). Especificación. |
| UNE-EN 13165:2013+A2:2017. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de espuma rígida de poliuretano (PU). Especificación. |
| UNE-EN 13166:2013+A 2:2016. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de espuma fenólica (PF). Especificación. |
| UNE-EN 13167:2013+A1:2015. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de vidrio celular (CG). Especificación. |
| UNE-EN 13170:2013+A1:2015. | Productos aislantes térmicos para aplicaciones en la edificación. Productos manufacturados de corcho expandido (ICB). Especificación. |
| UNE-EN 13313:2011. | Sistemas de refrigeración y bombas de calor. Competencia del personal. |
| UNE-EN 13480-3:2017. | Tuberías metálicas industriales. Parte 3: Diseño y calculo. |
| UNE-EN 14276-1:2007+A1:2011. | Equipos a presión para sistemas de refrigeración y bombas de calor. Parte 1: Recipientes. Requisitos generales. |
| UNE-EN 14276-2:2008+A1:2011. | Equipos a presión para sistemas de refrigeración y bombas de calor. Parte 2: Redes de tuberías. Requisitos generales. |
| UNE-EN 14509:2014. | Paneles sándwich aislantes autoportantes de doble capa metálica. Productos hechos en fábrica. Especificaciones. |
| UNE-EN 14624:2012. | Prestaciones de los detectores de fugas portátiles y de los controladores de ambiente de refrigerantes halogenados. |
| UNE-EN 60079-0:2013. | Atmósferas explosivas. Parte 0: Equipos. Requisitos generales. |
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| UNE-EN 60335-1:2002. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 1: Requisitos generales. |
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| UNE-EN 60335-2-34:2014. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-34: Requisitos particulares para los motocompresores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A11:205. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A12:2005. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
| UNE-EN 60335-2-40:2005/A1:2007. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
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| UNE-EN 60335-2-40:2005/A13:2012. | Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-40: Requisitos particulares para bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire y deshumidificadores. |
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| UNE 157001:2014. | Criterios generales para la elaboración formal de los documentos que constituyen un proyecto técnico. |
| UNE 192013:2022 | Procedimiento para la inspección reglamentaria. Instalaciones frigoríficas. |
Párrafo añadido
Nota: En el caso de normas citadas en el Diario Oficial de la Unión Europea para la aplicación de legislación armonizada según reglamentos o directivas europeas, dichas normas (referencia y versión) prevalecerán sobre las indicadas en la presente tabla.