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4 abr 2025
Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria
Ley · En vigor · Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 18▾
AntesA los efectos de la presente Ley, se entiende por personal del Sistema Sanitario Público de Cantabria el personal de los centros e instituciones sanitarias integrados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en los organismos públicos o entidades, de naturaleza o titularidad pública, vinculadas o dependientes de la misma.
Ahora1. A los efectos de la presente ley, se entiende por personal del Sistema Sanitario Público de Cantabria el personal de la Consejería competente en materia de salud y de los organismos públicos y entidades de naturaleza o titularidad pública vinculadas o dependientes de la misma.
Párrafo añadido
2. El personal del Sistema Sanitario Público de Cantabria que ejerza profesiones sanitarias tendrá la consideración de autoridad pública, gozando de la protección reconocida a dicha condición por la legislación vigente.