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31 dic 2024
Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia
Ley · En vigor · Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 48▾
Eliminado2. Quienes sean titulares de los tecores y de las explotaciones cinegéticas comerciales en que se cacen especies silvestres habrán de presentar obligatoriamente, dirigido a la persona titular del órgano territorial de dirección competente en materia de conservación de la naturaleza y con una antelación mínima de dos meses al comienzo de cada temporada de caza, un plan anual de aprovechamiento cinegético que desarrolle las previsiones contempladas en el plan de ordenación cinegética para esa temporada. La persona titular de dicho órgano territorial dispondrá de un plazo de un mes para dictar y notificar la correspondiente resolución. En defecto de resolución expresa en el plazo indicado, no se entenderá aprobado.
AntesUna vez aprobado el plan, será de obligado cumplimiento.
Ahora2. Quien sea titular de los tecores y de las explotaciones cinegéticas comerciales en que se practique la caza de especies silvestres deberá presentar una solicitud de aprobación del plan anual de aprovechamiento cinegético que desarrolle las previsiones contenidas en el plan de ordenación cinegética para esa temporada.
Párrafo añadido
La solicitud, dirigida a la persona titular del órgano territorial de la dirección competente en materia de conservación de la naturaleza, irá acompañada de la propuesta del plan anual de aprovechamiento cinegético, y será presentada con una antelación mínima de dos meses al inicio de cada temporada de caza. La persona titular del citado órgano territorial dispondrá de un plazo de un mes para dictar y notificar la correspondiente resolución. Vencido el indicado plazo sin que se haya notificado la resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.
Párrafo añadido
No obstante lo anterior, cuando la falta de notificación de resolución expresa de la aprobación del plan se deba a una causa no imputable al titular del tecor o de la explotación cinegética comercial, se podrán realizar las actividades cinegéticas en los períodos, días y condiciones establecidos en la correspondiente resolución anual vigente regulada en el artículo 54 de esta ley y conforme a las previsiones del plan anual de aprovechamiento cinegético precedente, hasta que se notifique la correspondiente resolución que decida sobre la solicitud del plan anual de aprovechamiento.
Párrafo añadido
Una vez notificada la resolución de aprobación del nuevo plan, este será de obligado cumplimiento.
Artículo 59▾
Antes3. Reglamentariamente se establecerán los distintos tipos de licencias, que tendrán en cuenta si son para la práctica cinegética o la utilización de medios, la residencia de la persona titular y su edad, su plazo de validez, que podrá ser de un año o un mes, y los procedimientos de expedición de las mismas.
Ahora3. Reglamentariamente se establecerán los distintos tipos de licencias, diferenciando si tienen por objeto la práctica cinegética o la utilización de medios, y considerando la residencia de la persona titular y su edad; su plazo de validez, que podrá ser de un año, de un mes o, en el caso de las personas mayores de sesenta y cinco años, indefinida; y sus procedimientos de expedición.
Artículo 92▾
Antes4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa que ponga fin al procedimiento será de nueve meses, a contar desde la fecha de inicio del procedimiento sancionador, que corresponde con la fecha del acuerdo de incoación. Una vez transcurrido ese plazo sin que se haya notificado la resolución, se producirá la caducidad del mismo. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones.
Ahora4. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa que ponga fin al procedimiento será de un año, contado desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento administrativo sancionador. Transcurrido ese plazo sin que se haya notificado la resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones.