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26 dic 2024
Ley 7/2018, de 26 de diciembre, de Atencion a la Salud Bucodental y de creacion del Programa de Atencion Dental Infantil - Comunidad de Madrid
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 8▾
Antes1. Los niños con diversidad funcional física o psíquica que incida en su patología oral o en su tratamiento, serán atendidos de conformidad con las disposiciones especiales que establezca la Oficina Dental Comunitaria del Servicio Madrileño de Salud, en función de la especificidad de cada situación.
Ahora1. Los niños con discapacidad que incida en su patología oral o en su tratamiento, serán atendidos de conformidad con las disposiciones especiales que establezca la Oficina Dental Comunitaria del Servicio Madrileño de Salud, en función de la especificidad de cada situación.
Artículo 16▾
Antesc) Garantizar servicios de atención dental a un nivel adecuado a los grupos de población con necesidades sanitarias o sociales especiales, según criterios sanitarios y económicos que reglamentariamente fijará el Gobierno para los colectivos, entre otros, de personas con ciertos tipos de enfermedades raras, discapacitados, embarazadas y madres lactantes, y pacientes sin recursos, especialmente ancianos edéntulos.
Ahorac) Garantizar servicios de atención dental a un nivel adecuado a los grupos de población con necesidades sanitarias o sociales especiales, según criterios sanitarios y económicos que reglamentariamente fijará el Gobierno para los colectivos, entre otros, de personas con ciertos tipos de enfermedades raras, personas con discapacidad, embarazadas y madres lactantes, y pacientes sin recursos, especialmente ancianos edéntulos.