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18 dic 2024

Real Decreto 308/2007, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa

Qué ha cambiado (6 artículos)

Artículo 3
Antes2. Corresponde a la Secretaría General Técnica la dirección, coordinación, inspección y evaluación de las Delegaciones de Defensa. Dichas funciones serán desarrolladas por la Vicesecretaría General Técnica.
Ahora2. Corresponde a la Secretaría General Técnica la dirección, coordinación, inspección y evaluación de las Delegaciones de Defensa. Dichas funciones serán desarrolladas por la Subdirección General de Administración Periférica.
Artículo 4
Antesc) Administración del personal militar retirado o en situación de reserva sin destino.
Ahorac) Administración del personal militar en situación de reserva sin destino, así como prestar el apoyo social de su competencia al personal militar retirado y a las personas viudas de militares.
Artículo 6
Antes2. El nombramiento se efectuará por tres años, periodo que podrá ser prorrogado por otros tres o resuelto de forma anticipada de acuerdo con lo que se dispone en la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
Ahora2. El nombramiento se efectuará por tres años, periodo que podrá ser prorrogado por otros tres o resuelto de forma anticipada de acuerdo con lo que se dispone en la ley reguladora del régimen del personal militar profesional.
Artículo 7
Antes2. El nombramiento se efectuará por tres años, periodo que podrá ser prorrogado por otros tres o resuelto de forma anticipada de acuerdo con lo que se dispone en la Ley 17/1999, de 18 de mayo.
Ahora2. El nombramiento se efectuará por tres años, periodo que podrá ser prorrogado por otros tres o resuelto de forma anticipada de acuerdo con lo que se dispone en la ley reguladora del régimen del personal militar profesional.
Artículo 10
Eliminado1. El Gestor es el responsable del área y su nombramiento corresponderá al Subsecretario de Defensa, entre Oficiales en situación de servicio activo, una vez oídos, a través del cauce que se determine, el Subdelegado y los órganos superiores y directivos del Ministerio de Defensa y los organismos públicos adscritos al mismo de los que dependa funcionalmente el área.
Antes2. El nombramiento se efectuará por tres años, período que podrá ser prorrogado o resuelto anticipadamente de acuerdo con lo que se dispone en la Ley 17/1999, de 18 de mayo.
Ahora1. El Gestor/a es la persona responsable del área y su nombramiento corresponderá a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa, entre oficiales en situación de servicio activo o reserva, una vez oídos, a través del cauce que se determine, el/la subdelegado/a y los órganos superiores y directivos del Ministerio de Defensa y los organismos públicos adscritos al mismo de los que dependa funcionalmente el área.
Párrafo añadido
2. El nombramiento se efectuará por tres años, periodo que podrá ser prorrogado o resuelto anticipadamente de acuerdo con lo que se dispone en la ley reguladora del régimen del personal militar profesional.
Artículo 11
Antes2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en aquellas Delegaciones o Subdelegaciones en las que el volumen de su actividad o el número de unidades, centros y organismos desplegados en su circunscripción así lo aconseje, podrá establecerse una asesoría jurídica propia, que tendrá en cuenta para el ejercicio de su función lo que se dispone en el artículo 11.2 del Real Decreto 1551/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.
Ahora2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en aquellas Delegaciones o Subdelegaciones en las que el volumen de su actividad o el número de unidades, centros y organismos desplegados en su circunscripción así lo aconseje, podrá establecerse una asesoría jurídica propia.