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10 sep 2024
Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional sexta▾
AntesLa Inspección de los Servicios de la Abogacía General del Estado se regirá por su normativa específica, constituida por los artículos 36 a 40 del Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal.
Ahora**(Anulada)**
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se declara la nulidad del Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, que modificaba esta disposición, por Sentencia del TS de 20 de junio de 2024.Ref. BOE-A-2024-18113]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Redacción anterior:]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: "**Disposición adicional sexta. Regulación específica de la Inspección de los Servicios de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.**]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: La Inspección de los Servicios de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado se regirá por su normativa específica, constituida por los artículos 61 a 65 del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio."]