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18 jul 2024

Real Decreto 1412/2000, de 21 de julio, de creación del Consejo de Política Exterior

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 5
Antes5. Ejercerá las funciones de secretaría del Consejo Ejecutivo de Política Exterior la persona titular del Departamento de Asuntos Exteriores del Gabinete de la Presidencia del Gobierno; que será suplida en caso de ausencia, vacante o enfermedad por quien designe la persona titular del Gabinete de la Presidencia del Gobierno entre personas titulares de órganos con rango al menos de Director General adscritos a la Presidencia del Gobierno.
Ahora5. Ejercerá las funciones de secretaría del Consejo Ejecutivo de Política Exterior la persona titular de la Secretaría General de Asuntos Exteriores de la Presidencia del Gobierno; que será suplida en caso de ausencia, vacante o enfermedad por quien designe la persona titular del Gabinete de la Presidencia del Gobierno entre personas titulares de órganos con rango al menos de Director General adscritos a la Presidencia del Gobierno.