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10 jul 2024
Ley 3/2014, de 11 de julio, de la Generalitat, de Vías Pecuarias de la Comunitat Valenciana
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 33▾
Eliminado4. Las personas autorizadas vendrán obligadas al pago del canon de ocupación que se determinará en la correspondiente Ley de Tasas y al depósito de una garantía que se establecerá en la autorización en función del coste de reposición o superficie ocupada en el plazo de un mes desde la notificación de la autorización.
EliminadoEn caso de que se produjesen daños y perjuicios, la Administración pública podrá ejecutar la garantía para su reparación.
AntesEn el supuesto que el promotor de la obra pública sea un órgano de la Generalitat se le exceptuará del pago del canon de ocupación y, en cuanto al depósito de garantía, éste le será exigido al adjudicatario de la obra pública encargado de su ejecución.
Ahora4. Las personas autorizadas vendrán obligadas al pago del canon de ocupación que se determinará en la correspondiente Ley de Tasas. La conselleria competente por razón de la materia podrá exigir el depósito de una garantía para la restitución, a su estado original, del dominio público afectado una vez finalizadas las obras de instalación. La cuantía de esta garantía, que se establecerá durante la instrucción del expediente en función del coste de reposición, deberá ser depositada en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión.
Párrafo añadido
En caso de que se produjesen daños y perjuicios, la Administración Pública podrá ejecutar la garantía para su reparación.
Párrafo añadido
En el supuesto que el promotor de la obra pública sea un órgano de la Generalitat se le exceptuará del pago del canon de ocupación y, en cuanto al depósito de garantía, éste le será exigido, en su caso, al adjudicatario de la obra pública encargado de su ejecución.
Artículo 34▾
Antes1. Se tramitarán como concesión demanial para ocupación del subsuelo los supuestos de infraestructuras, instalaciones u obras públicas declaradas de interés general cuya ocupación física del subsuelo de la vía pecuaria aunque limitada en el tiempo revista un carácter de mayor permanencia, que requerirá resolución de la conselleria competente por razón de la materia.
Ahora1. Se tramitarán como concesión demanial para ocupación del subsuelo los supuestos de infraestructuras, instalaciones u obras públicas consideradas de interés general cuya ocupación física del subsuelo de la vía pecuaria, aunque limitada en el tiempo revista un carácter de mayor permanencia, que requerirá resolución de la conselleria competente por razón de la materia.
AntesLa concesión demanial para ocupación del subsuelo se aprobará mediante resolución de la dirección general competente en materia de vías pecuarias en un plazo de un año desde el acuerdo de inicio por parte del director territorial competente por razón del lugar.
AhoraLa concesión demanial para ocupación del subsuelo se aprobará mediante la resolución de la dirección general competente en materia de vías pecuarias en un plazo de un año desde el acuerdo de inicio por parte de la persona titular de la dirección territorial competente por razón del lugar.
Eliminado3. Las personas autorizadas vendrán obligadas al pago de un canon que se determinará en la correspondiente Ley de Tasas y al depósito de una garantía que se establecerá en la concesión en función del coste de reposición o superficie concedida en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión.
EliminadoEn caso de que se produjesen daños y perjuicios, la Administración pública podrá ejecutar la garantía para su reparación.
AntesEn el supuesto que el promotor de la obra pública sea un órgano de la Generalitat se le exceptuará del pago de la indemnización y, en cuanto al depósito de garantía, éste le será exigido al adjudicatario de la obra pública encargado de su ejecución.
Ahora3. Las personas autorizadas vendrán obligadas al pago de un canon que se determinará en la correspondiente Ley de Tasas. La conselleria competente por razón de la materia podrá exigir el depósito de una garantía para la restitución, a su estado original, del dominio público afectado una vez finalizadas las obras de instalación. La cuantía de esta garantía, que se establecerá durante la instrucción del expediente en función del coste de reposición, deberá ser depositada en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión.
Párrafo añadido
En caso de que se produjesen daños y perjuicios, la Administración Pública podrá ejecutar la garantía para su reparación.
Párrafo añadido
En el supuesto que el promotor de la obra pública sea un órgano de la Generalitat se le exceptuará del pago de la indemnización y, en cuanto al depósito de garantía, éste le será exigido, en su caso, al adjudicatario de la obra pública encargado de su ejecución.