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El operador del sistema eléctrico recogerá datos de puntos de recarga
Ley · En vigor · Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
La ley atribuye al operador del sistema eléctrico la recogida y el tratamiento de información dinámica sobre los servicios de recarga, para mostrarla en la web del Ministerio y en una aplicación móvil. La medida afecta a la información sobre recarga que prestan empresas y entidades del sector.
El titular y el resumen están generados con inteligencia artificial y pueden contener errores. Fuente oficial: la disposición en el BOE ↗ (se abre en una pestaña nueva). Cómo los hacemos.
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 30▾
Párrafo añadido
ad) La recogida de la información de carácter dinámico prevista en el anexo III de la Orden TED/445/2023, de 28 de abril, por la que se regula la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga energética al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla; y el tratamiento de la misma, conforme a lo establecido en la legislación vigente, para su visualización, entre otros, en el portal web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y en la aplicación móvil creada para esta finalidad.