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25 jun 2024

Orden de 30 junio de 1995 por la que se establece el baremo de méritos aplicable a la promoción interna de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía

Qué ha cambiado (2 artículos)

Disposición transitoria
Artículo nuevo
Disposición transitoria. Los niveles del Grado de Aptitud Física Policial vigentes, obtenidos en virtud de convocatorias publicadas conforme a la Resolución de 23 de septiembre de 1993, mantendrán su validez hasta que se resuelva la convocatoria para la realización de pruebas para la obtención de los nuevos niveles del Grado de Aptitud Física establecidos en el apartado B.3.2 del anexo de esta orden.
ANEXO I
Eliminado3.2 Estar en posesión del Grado de Aptitud Física policial acreditado con Diploma vigente:
EliminadoGrado A: 1,50.
EliminadoGrado B: 1,00.
AntesGrado C: 0,50.
Ahora3.2 Estar en posesión de Grados de Aptitud Física Policial acreditados: hasta 6,00 puntos.
Párrafo añadido
El Grado de Aptitud Física Policial comprenderá los niveles A, B, C y D, en función de la puntuación obtenida en la realización de las pruebas que se establezcan mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Policía.
Párrafo añadido
El baremo obtenido anualmente en función del nivel alcanzado será el siguiente:
Párrafo añadido
Nivel A: 0,30 puntos.
Párrafo añadido
Nivel B: 0,20 puntos.
Párrafo añadido
Nivel C: 0,15 puntos.
Párrafo añadido
Nivel D: 0,10 puntos.
Párrafo añadido
Las puntuaciones obtenidas anualmente conforme los niveles indicados se irán acumulando hasta alcanzar el máximo establecido.