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28 may 2024
Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 103 decies▾
Párrafo añadido
10 bis. Los alumnos matriculados en centros propios de enseñanzas artísticas superiores que reúnan determinados criterios académicos o socioeconómicos y que no sean beneficiarios de las becas generales con cargo a los presupuestos generales del Estado, pueden tener derecho a la exención o bonificación de la tasa de matrícula de las enseñanzas oficiales de grado o de máster de enseñanzas artísticas superiores. La bonificación correspondiente se tiene que calcular con el precio del crédito, y se tiene que aplicar una vez calculado el importe total de la matrícula. En ningún caso puede resultar un importe final negativo.
Párrafo añadido
Los criterios que se tienen que reunir para tener derecho a las bonificaciones así como el alcance de las exenciones o las bonificaciones tienen que ser aprobados, con carácter anual, mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno.
Artículo 399▾
EliminadoLa cuota tributaria de estas tasas se determinará de acuerdo con las siguientes tarifas:
Eliminado| Conceptos | Euros |
| --- | --- |
| A. Inscripción en registros oficiales. | |
| A.1. Inscripción en el Registro oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitarios. | |
| A.1.1. Inscripción. | 37,83 |
| A.1.2. Renovación. | 19,11 |
| A.1.3. Expedición de registro de transacciones con productos fitosanitarios de uso profesional. | 19,11 |
| A.2. Inscripción en el Registro Oficial de Comerciantes e Importadores de Productos Vegetales. | |
| A.2.1. Inscripción. | 38,34 |
| A.2.2. Renovación. | 19,11 |
| A.3. Inscripción en el Registro de Semillas y Plantas de Vivero. | |
| A.3.1. Inscripción. | 33,58 |
| A.3.2. Renovación. | 19,11 |
| A.4. Inscripción en el Registro de Maquinaria Agrícola. | |
| A.4.1. Maquinaria nueva. | 33,58 |
| A.4.2. Transferencia. | 36,48 |
| A.4.3. Duplicados, certificados y bajas temporales. | 24,02 |
| B. Inspección facultativa. | |
| B.1. Emisión de informes y expedición de certificados. | |
| B.1.1. Sin visita a la explotación. | 24,02 |
| B.1.2. Con visita a la explotación. | 57,57 |
| B.2. Seguimiento de ensayos oficiales. | 441,35 |
Eliminadoc) Las embarcaciones dedicadas al tránsito de pasajeros en excursión turística o tránsito de bahía, que son despachadas en este sentido por la autoridad competente.
EliminadoEn estos casos, el importe de la tasa es independiente de las entradas y salidas o de los días de ausencia de la embarcación mientras tenga asignado el lugar.
Eliminado2. Se consideran embarcaciones en tránsito las embarcaciones deportivas y de recreo a las que se asigna el atraque por días.
Antes3. Se consideran embarcaciones en tránsito de temporada las embarcaciones deportivas y de recreo a las que se asigna un atraque por temporada, mediante un procedimiento en el que se garantice la publicidad y la concurrencia.
AhoraLa cuota tributaria de estas tasas se tiene que determinar de acuerdo con las siguientes tarifas:
Párrafo añadido
| Concepto | Euros |
| --- | --- |
| A. Inscripción en registros oficiales. | |
| A.1 Inscripción en el Registro oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitarios. | |
| A.1.1 Inscripción. | 39,64 |
| A.1.2 Renovación. | 20,03 |
| A.1.3 Expedición de registro de transacciones con productos fitosanitarios de uso profesional. | 20,03 |
| A.2 Inscripción en el Registro oficial de comerciantes e importadores de productos vegetales. | |
| A.2.1 Inscripción. | 40,17 |
| A.2.2 Renovación. | 20,03 |
| A.3 Inscripción en el Registro de semillas y plantas de viveros. | |
| A.3.1 Inscripción. | 35,19 |
| A.3.2 Renovación. | 20,03 |
| A.4 Inscripción en el Registro de maquinaria agrícola. | |
| A.4.1 Maquinaria nueva. | 35,19 |
| A.4.2 Transferencia. | 38,22 |
| A.4.3 Duplicados, certificados y bajas temporales. | 25,17 |
| B. Inspección facultativa. | |
| B.1 Emisión de informes y expedición de certificados. | |
| B.1.1 Sin visita a la explotación. | 25,17 |
| B.2.2 Con visita a la explotación. | 60,32 |
| B.2 Seguimiento de ensayos oficiales. | 462,45 |