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15 may 2024
Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 17▾
Eliminado5. Podrán solicitar vacantes publicadas para personal en reserva quienes tengan previsto el pase a esta situación por llegar a la edad máxima permitida en situación de activo, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de publicación de la resolución de anuncio. En su caso, los destinos no podrán asignarse antes de su pase efectivo a la situación de reserva, siendo preceptivo reunir los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
AntesAsimismo, los guardias civiles que se encuentren en las situaciones de excedencia y servicios especiales, en las modalidades que se determinen, podrán solicitar destinos para personal en activo, en las condiciones y plazos que establezca el Ministro del Interior.
Ahora5. Podrán solicitar vacantes publicadas para personal en reserva quienes tengan previsto el pase a esta situación por llegar a la edad máxima permitida en situación de activo, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de publicación de la resolución de anuncio.
Párrafo añadido
Quien tenga concedida la continuación en servicio activo podrá solicitar vacantes para personal en reserva, salvo si tiene peticiones de vacantes para personal en activo pendientes de resolución. Con la misma limitación, quienes estén en activo podrán solicitar las vacantes de reserva anunciadas durante los dos meses previos a la fecha reglamentaria de su pase a esta situación.
Párrafo añadido
En su caso, los destinos no podrán asignarse antes de su pase efectivo a la situación de reserva, siendo preceptivo reunir los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
Párrafo añadido
Asimismo, el personal de la Guardia Civil que se encuentre en las situaciones de excedencia y servicios especiales, en las modalidades que se determinen, podrá solicitar destinos para personal en activo, en las condiciones y plazos que establezca la persona titular del Ministerio del Interior.
Artículo 57▾
Párrafo añadido
7. La efectividad de los destinos asignados para personal en reserva que correspondan a solicitantes en continuación en servicio activo, o a los habilitados al estar próximos a cumplir la edad reglamentaria de pase a reserva, será la que expresamente figure en la resolución de asignación de destinos.