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15 may 2024

Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 1
Antes1. Hasta transcurridos once años desde la entrada en vigor de esta Ley, no procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o a cualquier otra persona física o jurídica la vivienda habitual de personas que se encuentren en los supuestos de especial vulnerabilidad y en las circunstancias económicas previstas en este artículo.
Ahora1. Hasta transcurridos quince años desde la entrada en vigor de esta ley, no procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o a cualquier otra persona física o jurídica la vivienda habitual de personas que se encuentren en los supuestos de especial vulnerabilidad y en las circunstancias económicas previstas en este artículo.
Eliminado[Nota del BOE: Téngase en cuenta que aunque la literalidad del apartado tres del artículo segundo del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, establece que se modifica la letra a) del apartado 1 de artículo 3, debe entenderse que se refiere a la letra a) del apartado 3 del artículo 1.]