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14 may 2024
Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 21▾
Párrafo añadido
g) Las zonas que así se determine en los instrumentos de planificación de los espacios de la Red Natura 2000.
Artículo 70▾
Antes5. Los PRUG se aprobarán mediante orden de la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural. Su periodo de vigencia será fijado en el mismo, no pudiendo ser superior a 10 años.
Ahora5. Los PRUG de los Parques Nacionales se aprobarán por decreto de la Junta de Castilla y León. Los PRUG de los parques regionales, naturales y de las reservas naturales se aprobarán mediante orden de la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural. Su periodo de vigencia será fijado en el mismo, no pudiendo ser superior a diez años.