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24 abr 2024

Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria

Qué ha cambiado (13 artículos)

Artículo 3
Antesa) Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) regulado en el artículo 5 del Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola, o en el correspondiente registro autonómico, o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) previsto en el artículo 3 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, o, las cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, siempre que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotaciones.
Ahoraa) Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) regulado en el artículo 6 del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola, o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) previsto en el artículo 3 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, o, las cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, siempre que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, dos de dichas explotaciones.
Artículo 4
Párrafo añadido
6.º Trituradoras de residuos vegetales.
Antes5.º Trituradoras de residuos de cosecha y poda.
Ahora5.º Trituradoras de residuos vegetales.
Párrafo añadido
6.º Equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales.
Eliminado4. La maquinaria sustituida deberá cumplir los siguientes requisitos:
Antesa) Ser un tractor agrícola, máquina automotriz, o máquina arrastrada y suspendida a vehículo tractor, del mismo tipo que la adquirida, o elemento de distribución de purín por platos, abanico o cañón en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín. En el caso de equipos de manipulación y carga se admitirá como alternativa de substitución un tractor con pala cargadora.
Ahora4. La maquinaria substituida deberá cumplir los siguientes requisitos:
Párrafo añadido
a) Ser un tractor agrícola, máquina automotriz, o máquina arrastrada y suspendida a vehículo tractor, del mismo tipo que la adquirida, o elemento de distribución de purín por platos, abanico o cañón en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín. En el caso de equipos de manipulación y carga se admitirá como alternativa de substitución un tractor con pala cargadora. En el caso de trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales, se admitirá como alternativa de sustitución cultivadores, gradas, arados de cincel (chisels) o arados intercepas.
Antesc) Ser entregada en un centro autorizado conforme al Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil, y a la Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil, modificada por la Instrucción V-122 Baja electrónica de los vehículos al final de su vida útil.
Ahorac) Ser entregada en un centro autorizado conforme al Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Antes3.º En el caso de sembradoras, cisternas para aplicación de purines, equipos de aplicación de productos fitosanitarios y abonadoras, deberán haber mantenido la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante, al menos desde el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
Ahora3.º En el caso de sembradoras, cisternas para aplicación de purines, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, abonadoras, trituradoras de residuos vegetales y equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales cultivadores, gradas, arados de cincel (chisels) o arados intercepas deberán haber mantenido la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante, al menos desde el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
Eliminadoe) La antigüedad de la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante de la ayuda solamente se exceptuará en los casos de transmisión o cambio de titularidad de la explotación, fallecimiento, invalidez permanente o jubilación de su anterior titular, o si se trata de un joven agricultor que haya tenido una incorporación en los últimos cinco años a contar desde el 1 de enero del año de la convocatoria. También se admitirá que la maquinaria dada de baja haya pasado de ser titularidad de uno de los miembros de una cooperativa, SAT u otras agrupaciones agrarias, a ser titularidad de la sociedad, o viceversa, con posterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria, siempre y cuando el anterior titular sí cumpliera con el requisito de la antigüedad de la inscripción.
Antesf) En el caso de tractores de más de 40 años sin estructura de protección homologada, cuya titularidad no se puede cambiar en el ROMA de acuerdo con el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, se permitirá que la máquina a achatarrar conste con la titularidad del anterior propietario, siempre y cuando se encuentre en una de las excepciones contempladas en el punto e), o se trate de un familiar de primer grado, y se demuestre documentalmente, mediante una autorización, que tiene la conformidad del anterior propietario, con una autorización según el modelo del anexo VII.
Ahorae) La antigüedad de la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante de la ayuda solamente se exceptuará en los casos de transmisión o cambio de titularidad de la explotación, fallecimiento, invalidez permanente o jubilación de su anterior titular, o si se trata de un joven agricultor que haya tenido una incorporación en los últimos cinco años a contar desde el 1 de enero del año de la convocatoria. En estos casos la maquinaria podrá estar inscrita a nombre del solicitante con posterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria y deberá justificarse alguna de las excepciones contempladas. El equipo para achatarrar debe estar a nombre del solicitante en la fecha de la solicitud.
Párrafo añadido
También se admitirá que la maquinaria dada de baja haya pasado de ser titularidad de uno de los miembros de una cooperativa, SAT u otras sociedades, a ser titularidad de la sociedad, o viceversa, con posterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria, siempre y cuando el anterior titular sí cumpliera con el requisito de la antigüedad de la inscripción.
Párrafo añadido
f) En el caso de tractores de más de 40 años sin estructura de protección homologada, cuya titularidad no se puede cambiar en el ROMA de acuerdo con el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, se permitirá que la máquina a achatarrar conste con la titularidad del anterior propietario, siempre y cuando se encuentre en una de las excepciones contempladas en el punto e), o se trate de un familiar de primer grado, y se demuestre documentalmente, mediante una autorización, que tiene la conformidad del anterior propietario, con una autorización según el modelo del anexo VII. No se exigirá la conformidad del anterior propietario en caso de que la causa relacionada en el punto e) sea el fallecimiento de éste.
Artículo 5
Antese) La cuantía de la subvención se incrementará en 3.000 euros, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados y entregados en un centro autorizado de descontaminación de vehículos (CADV), establecidos mediante el Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, de descontaminación de vehículos al final de su vida útil, cuando sean tractores inscritos en el ROMA antes de las fechas de exigibilidad de la obligación de tener estructuras de protección homologadas para cada grupo y subgrupo de tractor, tal y como figuran en el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, en su anexo I, por el que se regula, técnicamente, el equipamiento de los tractores agrícolas con bastidores o cabinas oficialmente homologadas. Para los tractores estrechos (grupo 3), se entenderá como fecha de exigibilidad el 2 de julio de 1993.
Ahorae) La cuantía de la subvención se incrementará en 3.000 euros, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados y entregados en un centro autorizado de descontaminación de vehículos (CADV), establecidos mediante el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, cuando sean tractores inscritos en el ROMA antes de las fechas de exigibilidad de la obligación de tener estructuras de protección homologadas para cada grupo y subgrupo de tractor, tal y como figuran en el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, en su anexo I, por el que se regula, técnicamente, el equipamiento de los tractores agrícolas con bastidores o cabinas oficialmente homologadas. Para los tractores estrechos (grupo 3), se entenderá como fecha de exigibilidad el 2 de julio de 1993.
Antes5. Sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, para sustituir equipos de aplicación por platos, abanico o cañón, trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda, así como otras máquinas, equipos o dispositivos que se establezcan según el artículo 4.1.d) y e):
Ahora5. Sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, para sustituir equipos de aplicación por platos, abanico o cañón, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales, así como otras máquinas, equipos o dispositivos que se establezcan según el artículo 4.1.d) y e):
Antesb) La subvención no podrá superar los 20.000 euros en el caso de las sembradoras y las cisternas para purines, los 6.000 euros en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 euros en las trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda.
Ahorab) La subvención no podrá superar los 20.000 euros en el caso de las sembradoras y las cisternas para purines, los 6.000 euros en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 euros en las trituradoras de residuos vegetales y equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales.
Artículo 7
Antesc) Los beneficiarios incluidos en el artículo 3.1.a), deberán incorporar en su solicitud el código REGA, REGEPA o correspondiente registro autonómico, de la explotación de que es titular el solicitante, o, en el caso de cooperativas, SAT u otras agrupaciones agrarias, códigos REGA, REGEPA o correspondiente registro autonómico, de, al menos, tres explotaciones de las que sus socios o miembros sean titulares.
Ahorac) Los beneficiarios incluidos en el artículo 3.1.a) deberán incorporar en su solicitud el código REGA o REA de la explotación de que es titular el solicitante, o, en el caso de cooperativas, SAT u otras agrupaciones agrarias o sociedades, códigos REGA o REA, de, al menos, dos explotaciones de las que sus socios o miembros sean titulares.
Antesd) En el caso de máquinas arrastradas y suspendidas a achatarrar no inscritas en el ROMA, documentación acreditativa de la titularidad del equipo o máquina, o, si no se dispone de la misma, se aportará el modelo cumplimentado recogido en el anexo I.
Ahorad) En el caso de máquinas no inscritas en el ROMA porque no se encuentran entre las máquinas de obligatoria inscripción recogidas en las letras a) a j) del anexo II del Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo, documentación acreditativa de la titularidad del equipo o máquina, o, si no se dispone de la misma, se aportará el modelo cumplimentado recogido en el anexo I.
Párrafo añadido
q) Declaración responsable de uso 100 % biocombustible si se acoge a la bonificación recogida en el artículo 5.2.d) para tractores 100 % biocombustible.
Artículo 10
AntesAsimismo, si a requerimiento del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación no se proporcionara en el plazo concedido el justificante de que los tractores o máquinas a renovar fueron entregados a un centro autorizado de descontaminación de vehículos, regulados en el Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, o, en el caso de las máquinas no identificadas en el registro ROMA, no se entregara el modelo del anexo II correspondiente a dichas máquinas, se perderá el derecho a la subvención concedida, con la obligación de reembolsar las cantidades percibidas, incrementadas con los intereses de demora legales.
AhoraAsimismo, si a requerimiento del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación no se proporcionara en el plazo concedido el justificante de que los tractores o máquinas a renovar fueron entregados a un centro autorizado de descontaminación de vehículos, regulados en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, o, en el caso de las máquinas no identificadas en el registro ROMA, no se entregara el modelo del anexo II correspondiente a dichas máquinas, se perderá el derecho a la subvención concedida, con la obligación de reembolsar las cantidades percibidas, incrementadas con los intereses de demora legales.
Artículo 11
Antes2. Asimismo, los beneficiarios deberán proporcionar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación toda la información necesaria para poder realizar el seguimiento, control o evaluación de estas subvenciones, en especial el justificante de que los tractores o máquinas a renovar fueron entregados a un centro autorizado de descontaminación de vehículos, regulados en el Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, o, en el caso de las máquinas no identificadas en el registro ROMA, el modelo del anexo II correspondiente a dichas máquinas.
Ahora2. Asimismo, los beneficiarios deberán proporcionar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación toda la información necesaria para poder realizar el seguimiento, control o evaluación de estas subvenciones, en especial el justificante de que los tractores o máquinas a renovar fueron entregados a un centro autorizado de descontaminación de vehículos, regulados en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, o, en el caso de las máquinas no identificadas en el registro ROMA por no estar sujetas a la obligación de inscribirse, el modelo del anexo II correspondiente a dichas máquinas.
Artículo 12
AntesAsimismo, podrán realizarse controles in situ en los centros autorizados de descontaminación de vehículos, regulados en el Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, para comprobar el achatarramiento de la maquinaria sustituida.
AhoraAsimismo, podrán realizarse controles in situ en los centros autorizados de descontaminación de vehículos, regulados en el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, para comprobar el achatarramiento de la maquinaria substituida.
Disposición final cuarta
AntesEl presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2023.
AhoraEl presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, y será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2026.
ANEXO I
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2021/300/20731_10693707_1.png)
AhoraDon/Doña ............................................................................................................, con NIF/NIE ........................................., en su propio nombre o en representación de ............................................................, con NIF/NIE ........................................, con domicilio o sede social en (1) ....................................................................., n.º ..........., de (2) ..............................., provincia de ..............................................
Párrafo añadido
DECLARA
Párrafo añadido
Que es propietario/a de la máquina de tipo (3) ..................................................., con marca, modelo y n.º de identificación (4) ............................., ............................,
Párrafo añadido
En ..................................., a ........... de ....................... de 202....
Párrafo añadido
(Firma)
Párrafo añadido
(2) Municipio.
Párrafo añadido
(3) Sembradora a chorrillo, mono grano, combinada, etc. o trituradora de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales (desbrozadoras etc.), cultivador, grada, arado de cincel (chisels) o arado intercepa.
Párrafo añadido
(4) Si se desconoce la marca, modelo y n.º de identificación, se dejará sin rellenar este apartado, siendo necesario que se aporte una fotografía de la máquina.
ANEXO II
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2021/300/20731_10693707_2.png)
AhoraDon/Doña ............................................................................................................, con NIF/NIE ..................................................................., como representante de la empresa ..................................................................................................................... con sede social en (1) ............................................................................., n.º ..........., de (2) ..............................., provincia de ..............................................
Párrafo añadido
DECLARO
Párrafo añadido
Que la máquina (3) ............................................................................................., con marca, modelo y n.º de identificación (4) ............................., ............................, es propiedad de Don/Doña ................................................................................ / de la empresa .............................................................................................................., con NIF ........................................, según manifiesta y que ha sido achatarrada en las instalaciones de esta empresa con fecha ..............................................
Párrafo añadido
En ..................................., a ........... de ....................... de 202....
Párrafo añadido
Firma y sello de la empresa
Párrafo añadido
(2) Municipio.
Párrafo añadido
(3) Sembradora, trituradora de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales (desbrozadoras etc.), cultivador, grada, arado de cincel (chisel) o arado intercepa.
Párrafo añadido
(4) Si se desconoce la marca, modelo y n.º de identificación, se dejará sin rellenar este apartado y se aportará una fotografía de la máquina antes de su retirada al Centro Autorizado de Tratamiento.
ANEXO III
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2021/300/20731_10693707_3.png)
AhoraDon/Doña ............................................................................................................, con NIF/NIE ..................................................................., como representante de la empresa ..................................................................................................................... con sede social en (1) ............................................................................., n.º ..........., de (2) .............................., provincia de .............................. país ..............................
Párrafo añadido
CERTIFICA
Párrafo añadido
Que la cisterna para la distribución de purín, marca (3) ....................................., modelo (4) ..................................................., con número de identificación del vehículo (5) ..................................................., ha sido equipada con el siguiente dispositivo para la aplicación localizada del purín:
Párrafo añadido
Marca ..................................................
Párrafo añadido
Modelo .................................................
Párrafo añadido
Número de identificación .....................................................................................
Párrafo añadido
Dispone del siguiente sistema de distribución (marcar el que corresponda):
Párrafo añadido
 Esparcidor de purines distrib. localizada por mangueras.
Párrafo añadido
 Esparcidor de purines distrib. inyección por rejas.
Párrafo añadido
 Esparcidor de purines distrib. inyección por discos.
Párrafo añadido
En ..................................., a ........... de ....................... de 202....
Párrafo añadido
Firma y sello de la empresa
Párrafo añadido
(2) Municipio.
Párrafo añadido
(3) Debe coincidir con el apartado D.1 de la ficha técnica.
Párrafo añadido
(4) Debe coincidir con el apartado D.3 de la ficha técnica.
Párrafo añadido
(5) Debe coincidir con el apartado E de la ficha técnica.
ANEXO V
EliminadoCertificado de retirada de sistema de distribución de purín
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2021/300/20731_10693707_5.png)
AhoraCertificado de retirada del sistema de distribución de purín
Párrafo añadido
Don/Doña ............................................................................................................, con NIF/NIE ..................................................................., como representante de la empresa ..................................................................................................................... con sede social en (1) ............................................................................., n.º ..........., de (2) .............................., provincia de .............................. país ..............................
Párrafo añadido
CERTIFICA
Párrafo añadido
Que ha retirado el sistema de distribución por (marcar el que corresponda):
Párrafo añadido
 Abanico.
Párrafo añadido
 Platos.
Párrafo añadido
 Cañón.
Párrafo añadido
Instalado en la cisterna:
Párrafo añadido
Marca (3) .........................................., modelo (3) .......................................... con número de identificación del vehículo (3) .......................................................... cuya titularidad correspondía a:
Párrafo añadido
Don/Doña ............................................................................................................, con NIF/NIE ...................................................................
Párrafo añadido
Comprometiéndose a la destrucción del mismo y no darle ningún otro uso.
Párrafo añadido
En ..................................., a ........... de ....................... de 202....
Párrafo añadido
Firma y sello de la empresa
Párrafo añadido
(2) Municipio.
Párrafo añadido
(3) Datos tomados de la ficha técnica de la cisterna.
ANEXO VII
EliminadoAutorización de solicitud de ayuda al Plan RENOVE, para tractores de más de cuarenta años sin estructura de protección cuya titularidad no puede cambiar en ROMA por el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2021/300/20731_10693707_7.png)
AhoraAutorización de solicitud de ayuda al Plan Renove, para tractores de más de 40 años sin estructura de protección cuya titularidad no puede cambiar en ROMA por el Real Decreto 448/2020, de 10 de marzo
Párrafo añadido
Nombre o razón social ....................................................................................., NIF/NIE ................................................................., como titular (1) de la siguiente máquina:
Párrafo añadido
Marca: ..............................................................................................................
Párrafo añadido
Modelo: ............................................................................................................
Párrafo añadido
Tipo (2): ............................................................................................................
Párrafo añadido
Variante (2): ......................................................................................................
Párrafo añadido
N.º Serie o bastidor: ..........................................................................................
Párrafo añadido
Número de ROMA del tractor: .............................................................................
Párrafo añadido
Autoriza a achatarrar el tractor de más de 40 años sin estructura de protección para poder optar a una subvención del Plan Renove a:
Párrafo añadido
Nombre o razón social: ........................................................................................
Párrafo añadido
NIF/NIE: ...............................................................................................................
Párrafo añadido
La causa por la que se firma esta autorización es:
Párrafo añadido
 Transmisión o cambio de titularidad de la explotación.
Párrafo añadido
 Invalidez permanente o jubilación de su anterior titular.
Párrafo añadido
 Joven agricultor.
Párrafo añadido
 Titularidad de uno de los miembros de una cooperativa, SAT u otras agrupaciones agrarias, pasa a titularidad de la sociedad o viceversa.
Párrafo añadido
 Familiar de primer grado.
Párrafo añadido
En ..................................., a ........... de ....................... de 202....
Párrafo añadido
Firma y sello (en su caso)
Párrafo añadido
(2) En Tarjeta ITV.