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27 mar 2024
Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria primera▾
AntesEn tanto sean asumidas las competencias de autorización con respecto de las entidades del sector público empresarial por la Dirección General de Costes de Personal, en los términos previstos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, esta Dirección General instruirá los expedientes previstos en el artículo 10.3 n) y o) en relación con el apartado 2 de dicho artículo para su autorización correspondiente.
AhoraEn tanto sean adaptadas a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, las competencias recogidas en el artículo 10.2 y 3, sobre la emisión de informe y la autorización, respecto de las entidades del sector público empresarial y fundacional definidas en los artículos 3.2 y 3.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a excepción de las adscritas al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Dirección General de Costes de Personal instruirá los expedientes previstos en el artículo 10.3.m), n) y o), que serán autorizados o informados, según proceda, por dicha Dirección General o por la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos.