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30 dic 2023

Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones

Qué ha cambiado (4 artículos)

Artículo 26
Antesa) En la tramitación de los proyectos de convenios, propuestas de acuerdo del Consell, o de planes o programas cuando su vigencia se extienda a un plazo superior a un ejercicio, excepto cuando se trate de proyectos de convenios mediante los cuales se instrumentan subvenciones de carácter nominativo previstas en la Ley de Presupuestos.
Ahoraa) En la tramitación de los proyectos de convenios, propuestas de acuerdo del Consell, o de planes o programas cuando su vigencia se extienda a un plazo superior a un ejercicio, excepto cuando se trate de proyectos de convenios mediante los cuales se instrumentan subvenciones de carácter nominativo previstas en la Ley de presupuestos.
Eliminado5. En todo caso, el plazo para la emisión de los informes a que se refiere este artículo será de 10 días, transcurrido el cual se entenderá emitido en forma positiva.
Antes6. En los procedimientos de creación o modificación de puestos de trabajo que afecten a su grupo o subgrupo de adscripción o a sus retribuciones complementarias, y que no supongan incremento de gasto en el capítulo I al quedar compensado con las amortizaciones que se propongan, no será necesario solicitar el informe a que se refiere el número 1 de este artículo. No obstante se comunicará a la Conselleria con competencias en materia de hacienda al objeto de que formulen las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de 20 días.
Ahora5. En los procedimientos de creación o modificación de puestos de trabajo que afecten a su grupo o subgrupo de adscripción o a sus retribuciones complementarias, y que no supongan incremento de gasto en el capítulo I al quedar compensado con las amortizaciones que se propongan, no será necesario solicitar el informe a que se refiere el número 1 de este artículo. No obstante, se comunicará a la conselleria con competencias en materia de hacienda al objeto de que formulen las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días.
Artículo 123 quáter
Antes2. Las decisiones adoptadas se plasmarán en el Plan anual de supervisión continua previsto en la letra e del apartado 1 del artículo 96 de esta ley.
Ahora2. Las decisiones adoptadas se plasmarán en el Plan anual de supervisión continua previsto en la letra d del apartado 1 del artículo 96 de esta ley.
Artículo 129
Antesa) Aprobar el Plan General de Contabilidad Pública en el que se recogerán y desarrollarán los principios contables públicos.
Ahoraa) Aprobar el Plan general de contabilidad pública en el que se recogerán y desarrollarán los principios contables públicos.
Antese) Determinar el contenido del informe previsto en el apartado 3 del artículo 134 de esta ley.
Ahorae) Determinar el contenido del informe previsto en el apartado 2 del artículo 132 de esta ley.
Disposición adicional décimo cuarta
Artículo nuevo
Disposición adicional décimo cuarta. Régimen de control interno y contabilización aplicable a gastos extrapresupuestarios. La intervención de los gastos extrapresupuestarios, se realizará una vez examinada la documentación justificativa, en el momento de la contabilización.