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30 dic 2023

Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 56
Eliminado3. Para proceder a la generación de crédito serán requisitos indispensables:
Eliminadoa) El reconocimiento del derecho o la existencia formal del compromiso firme de aportación en el supuesto establecido en la letra a) del apartado 2 de este artículo.
Antesb) Cuando se hayan efectuado los correspondientes ingresos, en el resto de supuestos.
Ahora3. Para proceder a la generación de crédito serán requisitos indispensables, con las excepciones que, en su caso, se establezcan en la ley de presupuestos de cada ejercicio:
Párrafo añadido
a) El reconocimiento del derecho o la existencia formal del compromiso firme de aportación en el supuesto establecido en el párrafo a) del apartado 2 de este artículo.
Párrafo añadido
b) Cuando se hayan efectuado los correspondientes ingresos, en el resto de los supuestos.