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29 dic 2023
Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 40▾
EliminadoArtículo 40. Autorizaciones a la Dirección General de Presupuestos y Finanzas y a la Intervención General para implementar medidas de reducción de gastos.
Antes1. Cuando la evolución de la situación económica de la Comunidad aconseje la adopción de medidas restrictivas del gasto, la Dirección General de Presupuestos y Finanzas podrá practicar las retenciones que sean necesarias en cualesquiera créditos del presupuesto.
AhoraArtículo 40. Autorizaciones a la Dirección General competente en materia de presupuestos y a la Intervención General para implementar medidas de reducción de gastos.
Párrafo añadido
1. Cuando, debido a la evolución de la situación económica de la Comunidad o por razones de gestión del presupuesto, en particular de los gastos con financiación afectada, se precise la adopción de medidas restrictivas del gasto, la Dirección General competente en materia de presupuestos podrá practicar las retenciones temporales que sean necesarias en cualesquiera créditos del presupuesto.
Antes3. En ambos casos, dichos centros directivos solicitarán de la titular de la Consejería de Economía y Hacienda la pertinente autorización que, una vez otorgada, será comunicada al Consejo de Gobierno en la primera reunión que éste celebre.
AhoraEn este supuesto, la Intervención General solicitará del titular de la Consejería competente en materia de hacienda la pertinente autorización, que, una vez otorgada, será comunicada al Consejo de Gobierno en la primera reunión que este celebre.