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3 nov 2023
Ley 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión
Qué ha cambiado (5 artículos)
Artículo 5▾
Eliminado1. El Consejo de Administración estará compuesto por dieciséis miembros, de los cuales quince serán elegidos para cada legislatura por el Pleno de las Cortes de Aragón, por mayoría de dos tercios, entre personas de reconocida experiencia profesional en el ámbito de la comunicación y/o los medios audiovisuales, observando una composición equilibrada entre hombres y mujeres. A tal fin, los grupos parlamentarios realizarán una propuesta en la que se hagan constar los méritos que avalen a cada uno de los candidatos que propongan.
EliminadoSi, transcurridas veinticuatro horas desde la primera votación en las Cortes de Aragón, no se alcanzase la mayoría de dos tercios, estas elegirán por mayoría absoluta a los miembros del Consejo de Administración.
AntesEl restante miembro del Consejo de Administración será designado por el Consejo Asesor de entre sus miembros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la presente Ley.
Ahora1. El Consejo de Administración estará compuesto por quince miembros que serán elegidos para cada legislatura por el Pleno de las Cortes de Aragón, por mayoría de dos tercios, entre personas con suficiente cualificación y reconocida experiencia profesional, observando una composición equilibrada entre hombres y mujeres. A tal fin, los grupos parlamentarios realizarán una propuesta en la que se haga constar los méritos que avalen a cada uno de los candidatos que propongan.
Párrafo añadido
Si transcurridas veinticuatro horas desde la primera votación en las Cortes de Aragón no se alcanzase la mayoría de dos tercios, estas elegirán por mayoría absoluta a los miembros del Consejo de Administración.
Artículo 6▾
AntesArtículo 6. Participación del Director General y partidos políticos con representación parlamentaria en el Consejo de Administración.
AhoraArtículo 6. Participación del Director General, de los partidos políticos con representación parlamentaria y del Consejo Asesor en el Consejo de Administración.
Antes2. A las reuniones del Consejo de Administración asistirá, con voz pero sin voto, el Director General, excepto cuando se traten cuestiones que le afecten personalmente, y representantes de partidos políticos que hayan obtenido representación parlamentaria en las Cortes de Aragón sin alcanzar la suficiente para constituir grupo parlamentario propio, en el número y a través del procedimiento que determinen la Mesa y Junta de Portavoces de las Cortes de Aragón para cada legislatura, siempre que no forme parte del Consejo de Administración algún miembro a propuesta de dichos partidos políticos a través del Grupo Parlamentario Mixto.»
Ahora2. A las reuniones del Consejo de Administración asistirán, con voz pero sin voto, el Director General, excepto cuando se traten cuestiones que le afecten personalmente, y los representantes de partidos políticos que hayan obtenido representación parlamentaria en las Cortes de Aragón sin alcanzar la suficiente para constituir el grupo parlamentario propio, en el número y a través del procedimiento que determinen la Mesa y la Junta de Portavoces de las Cortes de Aragón para cada legislatura, siempre que no forme parte del Consejo de Administración algún miembro a propuesta de dichos partidos políticos a través del grupo parlamentario mixto, así como un representante del Consejo Asesor.
Artículo 10▾
Antesf) Organizar la dirección y nombrar con criterios de profesionalidad al personal directivo de la Corporación y de sus sociedades tras un proceso abierto de concurrencia competitiva, previa notificación al Consejo de Administración.
Ahoraf) Organizar la dirección y nombrar con criterios de profesionalidad al personal directivo de la Corporación y de sus sociedades, previa notificación al Consejo de Administración.
Artículo 14▾
Antes2. El Consejo Asesor aprobará por mayoría absoluta sus propias normas de funcionamiento, así como la forma de designación del representante que formará parte, a todos los efectos, del Consejo de Administración.
Ahora2. El Consejo Asesor aprobará por mayoría absoluta sus propias normas de funcionamiento, así como la forma de designación del representante que formará parte del Consejo de Administración, con voz pero sin voto.
Artículo 17▾
Antes1. Los estatutos de las sociedades mencionadas en el artículo anterior establecerán el cargo de administrador único, nombrado y separado por el Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión entre profesionales del sector, tras un proceso público y transparente de concurrencia competitiva que incluirá una defensa por parte de los candidatos de su proyecto ante el Consejo de Administración, el cual deberá emitir un informe favorable a su nombramiento.
Ahora1. Los estatutos de las sociedades mencionadas en el artículo anterior establecerán el cargo de administrador único, nombrado y separado por el Director General de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión entre profesionales del sector, previa defensa por parte de los candidatos de su proyecto ante el Consejo de Administración, el cual deberá emitir un informe favorable sobre su nombramiento.