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31 oct 2023

Orden SCB/801/2019, de 11 de julio, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de Cruz Roja Española

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 5
Eliminado6. Prevención, vigilancia y atención de situaciones de riesgo, actos culturales y deportivos, playas y aguas interiores.
Eliminado7. Salvamento, socorrismo y asistencia marítima.
Eliminado8. Teleasistencia y atención domiciliaria.
Eliminado9. Formación en el campo humanitario, sanitario, social y medio ambiental.
Eliminado10. Gestión de Centros de Atención, Centros de día, Centros Sociales y Residencias, Centros de Coordinación de Emergencias, así como gestión de programas de intervención social.
Eliminado11. Intervención social con personas afectadas por situaciones de necesidad, dependencia, enfermedad, sufrimiento, exclusión social, discapacidad, etc.
Eliminado12. Programas de atención, prevención y promoción de la salud que resulten más convenientes para la salud pública, tales como, VIH, adicciones, enfermedad crónica, inmigración, pobreza, prisión, y otros orientados a las personas que viven en situación de vulnerabilidad.
Eliminado13. Actividades de protección y mejora del medio ambiente en general.
Eliminado14. Acciones de difusión de los fines y actividades que desarrolla la Institución, y de la problemática de las personas y colectivos a los que atiende, para reducir su vulnerabilidad.
Eliminado15. Estudios, investigación, desarrollo e innovación en cualquier campo relacionado con sus fines y actividades.
Eliminado16. Al objeto de desarrollar sus actividades, podrá diseñar, elaborar y vender publicaciones y cualquier material de promoción relacionado con los fines de la Cruz Roja.
Antes17. Y, en general, cualquier otro tipo de servicio que la Institución desarrolle para el mejor cumplimiento de sus fines y que sea aprobado por el Comité Nacional o la Asamblea general.
Ahora6. Realización de actuaciones dirigidas a la atención de personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, temporal o apátridas, así como todas las actuaciones dirigidas a favor de la integración social de las personas migrantes o de solicitantes de asilo o refugio.
Párrafo añadido
7. Prevención, vigilancia y atención de situaciones de riesgo, actos culturales y deportivos, playas y aguas interiores.
Párrafo añadido
8. Salvamento, socorrismo y asistencia marítima.
Párrafo añadido
9. Teleasistencia y atención domiciliaria.
Párrafo añadido
10. Formación en el campo humanitario, sanitario, social y medio ambiental.
Párrafo añadido
11. Gestión de Centros de Atención, Centros de día, Centros Sociales y Residencias, Centros de Coordinación de Emergencias, así como gestión de programas de intervención social.
Párrafo añadido
12. Intervención social con personas afectadas por situaciones de necesidad, dependencia, enfermedad, sufrimiento, exclusión social, discapacidad, etc.
Párrafo añadido
13. Programas de atención, prevención y promoción de la salud que resulten más convenientes para la salud pública, tales como, VIH, adicciones, enfermedad crónica, inmigración, pobreza, prisión, y otros orientados a las personas que viven en situación de vulnerabilidad.
Párrafo añadido
14. Actividades de protección y mejora del medio ambiente en general.
Párrafo añadido
15. Acciones de difusión de los fines y actividades que desarrolla la Institución, y de la problemática de las personas y colectivos a los que atiende, para reducir su vulnerabilidad.
Párrafo añadido
16. Estudios, investigación, desarrollo e innovación en cualquier campo relacionado con sus fines y actividades.
Párrafo añadido
17. Al objeto de desarrollar sus actividades, podrá diseñar, elaborar y vender publicaciones y cualquier material de promoción relacionado con los fines de la Cruz Roja.
Párrafo añadido
18. Y, en general, cualquier otro tipo de servicio que la Institución desarrolle para el mejor cumplimiento de sus fines y que sea aprobado por el Comité Nacional o la Asamblea general.