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29 ago 2023

Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 103 unquadragies
Antes2. No está sujeta al pago de la tasa la jornada de escolarización básica de 9:00 h a 13:00 h para los niños de tercero de educación infantil.
Ahora2. No está sujeta al pago de la tasa la jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h para los niños del primer ciclo de educación infantil de septiembre a junio.
Artículo 103 quaterquadragies
EliminadoLos servicios de escolarización básica, los complementarios y los de refuerzo, cuya prestación constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Eliminado| Concepto | Cuota | | | --- | --- | --- | | 1. Tasas por servicios de escolarización básica. | | | | 1.1 Jornada de escolarización básica de 9:00 h a 13:00 h (niños/as de 1r de educación infantil). | 180 €/mes | | | 1.2 Jornada de escolarización básica de 9:00 h a 13:00 h (niños/as de 2n de educación infantil). | 175 €/mes | | | 2. Tasas por servicios complementarios. | | | | 2.1 Servicio de alimentación (de 12:00 h a 13:00 h). | 120 €/mes | 6 €/día | | 2.2 Servicio de primera acogida (de 7:30 h a 7:59 h). | 30 €/mes | 1,50 €/día | | 2.3 Servicio de acogida (de 8:00 h a 8:45 h). | 21 €/mes | 1,05 €/día | | 2.4 Servicio de recogida de 13:15 h a 14:00 h (sin comedor). | 21 €/mes | 1,05 €/día | | 2.5 Servicio de recogida de 14.15 h a 15.00 h. | 23 €/mes | 1,15 €/día | | 2.6 Servicio de recogida de 15:15 h a 16:00 h. | 46 €/mes | 2,30 €/día | | 3. Tasas por servicios de refuerzo. | | | | 3.1 Curso de masaje (seis sesiones). | 3 €/sesión | | | 3.2 Espacios familiares (diez sesiones semanales de dos horas). | 12 € | | | 3.3 Taller de familias (seis sesiones mensuales de dos horas). | 12 € | |
AntesEn el supuesto de que estos importes se actualicen, la actualización será aplicable a partir del mes de septiembre del año natural en que tenga lugar.
AhoraLos servicios complementarios y los de refuerzo, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Párrafo añadido
| Concepto | Cuota | | | --- | --- | --- | | 1. Tasas por servicios complementarios. | | | | 1.1 Servicio de alimentación (de 13.00 h a 14.00 h). | 120 €/mes | 6 €/día | | 1.2 Servicio de primera acogida (de 7.30 h a 7.59 h). | 30 €/mes | 1,50 €/día | | 1.3 Servicio de acogida (de 8.00 h a 8.45 h). | 21 €/mes | 1,05 €/día | | 1.4 Servicio de recogida de 13.15 h a 14.00 h (sin comedor). | 21 €/mes | 1,05 €/día | | 1.5 Servicio de recogida de 14.15 h a 15.00 h. | 23 €/mes | 1,15 €/día | | 1.6 Servicio de recogida de 15.15 h a 16.00 h. | 46 €/mes | 2,30 €/día | | 2. Tasas por servicios de refuerzo. | | | | 2.1 Curso de masaje (6 sesiones). | 3 €/sesión | | | 2.2 Espacios familiares (10 sesiones semanales de dos horas). | 12 € | | | 2.3 Taller de familias (6 sesiones mensuales de dos horas). | 12 € | |
Párrafo añadido
Los servicios de escolarización básica para el mes de julio, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Párrafo añadido
| Concepto | Cuota | | --- | --- | | 1. Tasas por servicios educativos. | | | 1.1 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 1.º de educación infantil). | 180 €/mes | | 1.2 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 2.º y 3.º de educación infantil). | 175 €/mes |
Artículo 103 quinquadragies
Eliminado2. Tienen derecho a una bonificación del 20 % de las tasas por servicios de escolarización básica:
Eliminadoa) Las familias que tienen dos o más hijos matriculados en el centro.
Eliminadob) Las familias que tienen un hijo con necesidades educativas especiales matriculado en el centro.
Antes3. Tienen derecho a diferentes bonificaciones de las tasas por los servicios de escolarización básica las familias en situación de protección especial que prevé el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias. Se incluye dentro de los servicios educativos la jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h de los niños y las niñas de primero y segundo de educación infantil.
Ahora2. Tienen derecho a una bonificación del 20% de las tasas por servicios de escolarización básica durante el mes de julio:
Párrafo añadido
a) Las familias que tengan dos o más hijos matriculados en el centro.
Párrafo añadido
b) Las familias que tengan un hijo o hija matriculado con necesidades educativas especiales.
Párrafo añadido
3. Tienen derecho a diferentes bonificaciones de las tasas por los servicios de escolarización básica las familias en situación de protección especial que prevé el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias. Se incluye dentro de los servicios educativos la jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h de los niños del primer ciclo de educación infantil durante el mes de julio.