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29 ago 2023
Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 103 unquadragies▾
Antes2. No está sujeta al pago de la tasa la jornada de escolarización básica de 9:00 h a 13:00 h para los niños de tercero de educación infantil.
Ahora2. No está sujeta al pago de la tasa la jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h para los niños del primer ciclo de educación infantil de septiembre a junio.
Artículo 103 quaterquadragies▾
EliminadoLos servicios de escolarización básica, los complementarios y los de refuerzo, cuya prestación constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Eliminado| Concepto | Cuota | |
| --- | --- | --- |
| 1. Tasas por servicios de escolarización básica. | | |
| 1.1 Jornada de escolarización básica de 9:00 h a 13:00 h (niños/as de 1r de educación infantil). | 180 €/mes | |
| 1.2 Jornada de escolarización básica de 9:00 h a 13:00 h (niños/as de 2n de educación infantil). | 175 €/mes | |
| 2. Tasas por servicios complementarios. | | |
| 2.1 Servicio de alimentación (de 12:00 h a 13:00 h). | 120 €/mes | 6 €/día |
| 2.2 Servicio de primera acogida (de 7:30 h a 7:59 h). | 30 €/mes | 1,50 €/día |
| 2.3 Servicio de acogida (de 8:00 h a 8:45 h). | 21 €/mes | 1,05 €/día |
| 2.4 Servicio de recogida de 13:15 h a 14:00 h (sin comedor). | 21 €/mes | 1,05 €/día |
| 2.5 Servicio de recogida de 14.15 h a 15.00 h. | 23 €/mes | 1,15 €/día |
| 2.6 Servicio de recogida de 15:15 h a 16:00 h. | 46 €/mes | 2,30 €/día |
| 3. Tasas por servicios de refuerzo. | | |
| 3.1 Curso de masaje (seis sesiones). | 3 €/sesión | |
| 3.2 Espacios familiares (diez sesiones semanales de dos horas). | 12 € | |
| 3.3 Taller de familias (seis sesiones mensuales de dos horas). | 12 € | |
AntesEn el supuesto de que estos importes se actualicen, la actualización será aplicable a partir del mes de septiembre del año natural en que tenga lugar.
AhoraLos servicios complementarios y los de refuerzo, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Párrafo añadido
| Concepto | Cuota | |
| --- | --- | --- |
| 1. Tasas por servicios complementarios. | | |
| 1.1 Servicio de alimentación (de 13.00 h a 14.00 h). | 120 €/mes | 6 €/día |
| 1.2 Servicio de primera acogida (de 7.30 h a 7.59 h). | 30 €/mes | 1,50 €/día |
| 1.3 Servicio de acogida (de 8.00 h a 8.45 h). | 21 €/mes | 1,05 €/día |
| 1.4 Servicio de recogida de 13.15 h a 14.00 h (sin comedor). | 21 €/mes | 1,05 €/día |
| 1.5 Servicio de recogida de 14.15 h a 15.00 h. | 23 €/mes | 1,15 €/día |
| 1.6 Servicio de recogida de 15.15 h a 16.00 h. | 46 €/mes | 2,30 €/día |
| 2. Tasas por servicios de refuerzo. | | |
| 2.1 Curso de masaje (6 sesiones). | 3 €/sesión | |
| 2.2 Espacios familiares (10 sesiones semanales de dos horas). | 12 € | |
| 2.3 Taller de familias (6 sesiones mensuales de dos horas). | 12 € | |
Párrafo añadido
Los servicios de escolarización básica para el mes de julio, la prestación de los cuales constituye el hecho imponible, quedan gravados de la siguiente manera:
Párrafo añadido
| Concepto | Cuota |
| --- | --- |
| 1. Tasas por servicios educativos. | |
| 1.1 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 1.º de educación infantil). | 180 €/mes |
| 1.2 Jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h (niños de 2.º y 3.º de educación infantil). | 175 €/mes |
Artículo 103 quinquadragies▾
Eliminado2. Tienen derecho a una bonificación del 20 % de las tasas por servicios de escolarización básica:
Eliminadoa) Las familias que tienen dos o más hijos matriculados en el centro.
Eliminadob) Las familias que tienen un hijo con necesidades educativas especiales matriculado en el centro.
Antes3. Tienen derecho a diferentes bonificaciones de las tasas por los servicios de escolarización básica las familias en situación de protección especial que prevé el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias. Se incluye dentro de los servicios educativos la jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h de los niños y las niñas de primero y segundo de educación infantil.
Ahora2. Tienen derecho a una bonificación del 20% de las tasas por servicios de escolarización básica durante el mes de julio:
Párrafo añadido
a) Las familias que tengan dos o más hijos matriculados en el centro.
Párrafo añadido
b) Las familias que tengan un hijo o hija matriculado con necesidades educativas especiales.
Párrafo añadido
3. Tienen derecho a diferentes bonificaciones de las tasas por los servicios de escolarización básica las familias en situación de protección especial que prevé el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias. Se incluye dentro de los servicios educativos la jornada de escolarización básica de 9.00 h a 13.00 h de los niños del primer ciclo de educación infantil durante el mes de julio.