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1 ago 2023

Resolución de 19 de diciembre de 2019, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión

Qué ha cambiado (5 artículos)

Artículo 27
Antes2. Las Direcciones Generales se podrán organizar en Departamentos y/o Unidades para la distribución de las competencias encomendadas a aquéllas, la realización de las actividades que les son propias y la asignación de objetivos y responsabilidades. Sin perjuicio de lo anterior podrán adscribirse Departamentos a los órganos rectores de la CNMV. Al frente de cada Departamento existirá un Director. En el caso de la Dirección General del Servicio Jurídico, existirá una Dirección General Adjunta, cuyo titular será asimismo Vicesecretario del Consejo.
Ahora2. Las Direcciones Generales se podrán organizar en Departamentos y/o Unidades para la distribución de las competencias encomendadas a aquéllas, la realización de las actividades que les son propias y la asignación de objetivos y responsabilidades. Sin perjuicio de lo anterior podrán adscribirse Departamentos a los órganos rectores de la CNMV. Al frente de cada Departamento existirá un Director. En el caso de la Dirección General del Servicio Jurídico, existirá una Dirección General Adjunta, cuyo titular será asimismo Vicesecretario del Consejo y en el caso de la Secretaría General existirá una Vicesecretaría General.
Eliminado6. Los Directores Generales de Mercados, Entidades, Política Estratégica y Asuntos Internacionales y el del Servicio Jurídico propondrán al Presidente los Directores dependientes de cada uno de ellos, a los efectos de que aquél los designe como suplentes en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
AntesEn defecto de lo previsto en el apartado anterior, los Directores Generales serán suplidos por uno de los Directores de Departamento dependientes de los mismos, de acuerdo con el orden en el que aparecen mencionados en el presente Reglamento de Régimen Interior. El Director General del Servicio Jurídico será suplido por el Director General Adjunto.
Ahora6. Los Directores Generales de Mercados, Entidades, Política Estratégica y Asuntos Internacionales, y el del Servicio Jurídico así como el Secretario General propondrán al Presidente los Directores dependientes de cada uno de ellos, a los efectos de que aquél los designe como suplentes en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
Párrafo añadido
En defecto de lo previsto en el apartado anterior, los Directores Generales serán suplidos por uno de los Directores de Departamento dependientes de los mismos, de acuerdo con el orden en el que aparecen mencionados en el presente Reglamento de Régimen Interior. El Director General del Servicio Jurídico será suplido por el Director General Adjunto y el Secretario General será suplido por el Vicesecretario General.
Artículo 30
Párrafo añadido
ñ) La supervisión del cumplimiento de los requisitos de transparencia que el artículo 118 de la Ley 6/2023 establece para los asesores de voto a que se refiere el numeral 11.º de la letra a) del apartado 1 del artículo 232 de la citada ley.
Artículo 31
Párrafo añadido
Asimismo, dependerá directamente del Director General de Entidades, la Unidad de Prevención de Blanqueo de Capitales, a la que corresponderá el ejercicio de las funciones a que se refieren las letras e), f), y g) del apartado 2 del artículo 30, en materia de prevención de blanqueo de capitales.
Antesc) Departamento de Información Financiera y Corporativa, que ejercerá las funciones a que se refieren las letras c), g), h) e i) del apartado 3 del artículo 30, y las que le correspondan de las letras l) y m) del mismo apartado.
Ahorac) Departamento de Información Financiera y Corporativa, que ejercerá las funciones a que se refieren las letras c), g), h) e i) del apartado 3 del artículo 30, y las que le correspondan de las letras l), m) y ñ) del mismo apartado.
Artículo 33
Antesd) Dirigir y organizar los servicios generales de registro, archivo, seguridad, vigilancia, comunicaciones, conservación y mantenimiento de la CNMV.
Ahorad) Dirigir y organizar los servicios generales de registro, archivo.
Eliminadof) Instruir y tramitar los expedientes de contratación administrativa.
EliminadoEn caso de vacante, ausencia o enfermedad del Secretario General, éste será sustituido por el Subdirector de la Secretaría General que el Presidente designe.
Antes2. Dependerá directamente del Vicepresidente el Departamento de Sistemas de Información, al que corresponderá:
Ahoraf) Dirigir y organizar los servicios generales de seguridad, vigilancia, comunicaciones, conservación y mantenimiento de la CNMV.
Párrafo añadido
g) Instruir y tramitar los expedientes de contratación administrativa.
Párrafo añadido
2. A la Secretaría General se adscribirá, con rango de departamento, la Vicesecretaría General a la que le corresponderá:
Párrafo añadido
a) Asistir al titular de la Secretaría General en el ejercicio de sus competencias.
Párrafo añadido
b) Ejercer las funciones enumeradas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, a través de unidades con dependencia jerárquica directa de la Vicesecretaría General sin perjuicio de la superior dirección del titular de la Secretaría General.
Párrafo añadido
c) Sustituir al titular de la Secretaría General en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
Párrafo añadido
3. Dependerá directamente del Vicepresidente el Departamento de Sistemas de Información, al que corresponderá:
Artículo 42
Párrafo añadido
m) Procedimiento de resolución de entidades de contrapartida central y de resolución preventiva de empresas de servicios de inversión.