Saltar al contenido
← Volver
29 may 2023

Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición final segunda▾
EliminadoUno. Se modifica la letra c) del artículo 34 con la siguiente redacción:
Eliminado«c) Los estados de recursos y dotación con las correspondientes estimaciones de cobertura financiera y evaluación de necesidades para el ejercicio, tanto de explotación como de capital de los entes que integran el sector público institucional autonómico, así como los estados financieros que se determinen reglamentariamente.
EliminadoEn el supuesto de que un consorcio quede adscrito a la Administración de la comunidad autónoma por aplicación del criterio del territorio o de la población, de conformidad con lo señalado en la normativa reguladora del sector público, la incorporación de sus presupuestos en el presupuesto general de la comunidad autónoma se efectuará a efectos informativos.»
EliminadoDos. Se añade una letra f) al apartado 2 del artículo 41 con la siguiente redacción:
Eliminado«f) Encargos de ejecución».
EliminadoTres. Se modifica la letra a) del apartado 1 del artículo 51 con la siguiente redacción:
Eliminado«a) Expedientes de contratación, encargos de ejecución y conciertos de valor estimado superior a tres millones de euros.»
EliminadoCuatro. Se modifica el apartado 2 del artículo 89 que queda redactado de la siguiente forma:
Antes«La recaudación de derechos podrá efectuarse mediante transferencia bancaria, cheque, efectivo, tarjeta de crédito y débito, domiciliación bancaria o cualesquiera otros medios de pago, sean o no bancarios que se autoricen por el órgano competente en materia de hacienda. En las respectivas autorizaciones de apertura de cuentas se establecerán los medios de cobro a utilizar en cada caso.»
Ahora**(Derogada).**